/ martes 22 de febrero de 2022

El fortalecimiento de los Derechos humanos

En comentarios previos les he compartido la importancia de reconocer las obligaciones del estado como una herramienta para prevenir violaciones a derechos humanos, pero sobre todo como un mecanismo de exigibilidad y materialización de los derechos; lo anterior es consecuencia de dejar de asumir a los derechos humanos como postulador doctrinario o retórico y reconocer que es parte de una ingeniería constitucional.

Con el paso del tiempo la reforma de derechos humanos poco a poco se extiende en todas las estructuras del Estado que detona y recae en diferentes escenarios de la vida pública y de la privada, por ejemplo, en los tres poderes y seis organismos constitucionales autónomos del Estado de Tlaxcala se fortalecen diversos aspectos:

  • - Reconoce los principios de ddhh como elementos de conducción dejando atrás una visión tradicional de caracterización o idealización.
  • - Establece obligaciones conductuales del estado para materializar los derechos humanos
  • - Obliga al estado la reparación en caso de una violación a los derechos humanos.
  • - En cuanto a los sistemas de protección jurisdiccional y no jurisdiccional incide con una visión de una protección más amplia.
  • - Otorga nuevas herramientas para operar el derecho como los controles constitucionales, convencionales, armonización legislativa y el control ex oficio.
  • - Reconoce la importancia de elaborar un presupuesto con perspectiva de derechos humanos.
  • - Formula políticas públicas que en su interior reconoce las obligaciones, deberes, principios y la transversalidad de los derechos humanos.

Efectivamente la reforma a ddhh ha impactado al funcionamiento del estado desde los poderes y órganos, generando con ello una mayor ingeniería al momento de resolver de crear o de reparar. Esta perspectiva de derechos humanos no debería verse como un satélite en la dinámica de los poderes tradicionales, sino como un eje en el que se centrifica todo el actuar del Estado.

El fortalecimiento del Estado se da en la medida que todos los poderes y órganos asuman su compromiso de operar en y para los derechos humanos, desde la creación de los OPDH hay un crecimiento gradual de este fortalecimiento por ejemplo existe un órgano específico de la promoción, difusión y protección de los derechos humanos, existe un cuerpo normativo que protege los derechos humanos y que con el paso el tiempo se va perfeccionando a través de leyes, decretos, reglamentos, manuales, protocolos, entre otros. La garantía de los derechos humanos es más amplia y detallada pues la infraestructura es disponible, accesible, adaptable y de calidad, en cuanto a la promoción es una constante desde 1993 hacer saber a la persona que derecho tienen y dónde pueden acudir en caso de negárselo.

En otro orden de ideas, la tarea que tiene un organismo público de derecho humanos es inmensa, pues desde su naturaleza institucional hay una gran responsabilidad para incidir, materializar y guiar en el diseño, planeación y ejecución de las actividades del resto de los poderes y órganos, por ello, es importante abrir canales de comunicación, espacios de diálogo y consenso para crear una política institucional efectiva y eficiente de los derechos humanos.

A veintinueve años de la creación de la Comisión Estatal de Derechos Humanos en Tlaxcala persiste el compromiso y la convicción de crear una cultura en y para los derechos humanos, son veintinueve años de retos, aprendizajes y crecimiento institucional, siempre basamentados en la dignidad que existió, existe y existirá en las personas.

  • * Consejero de la Comisión Estatal de Derechos Humanos

En comentarios previos les he compartido la importancia de reconocer las obligaciones del estado como una herramienta para prevenir violaciones a derechos humanos, pero sobre todo como un mecanismo de exigibilidad y materialización de los derechos; lo anterior es consecuencia de dejar de asumir a los derechos humanos como postulador doctrinario o retórico y reconocer que es parte de una ingeniería constitucional.

Con el paso del tiempo la reforma de derechos humanos poco a poco se extiende en todas las estructuras del Estado que detona y recae en diferentes escenarios de la vida pública y de la privada, por ejemplo, en los tres poderes y seis organismos constitucionales autónomos del Estado de Tlaxcala se fortalecen diversos aspectos:

  • - Reconoce los principios de ddhh como elementos de conducción dejando atrás una visión tradicional de caracterización o idealización.
  • - Establece obligaciones conductuales del estado para materializar los derechos humanos
  • - Obliga al estado la reparación en caso de una violación a los derechos humanos.
  • - En cuanto a los sistemas de protección jurisdiccional y no jurisdiccional incide con una visión de una protección más amplia.
  • - Otorga nuevas herramientas para operar el derecho como los controles constitucionales, convencionales, armonización legislativa y el control ex oficio.
  • - Reconoce la importancia de elaborar un presupuesto con perspectiva de derechos humanos.
  • - Formula políticas públicas que en su interior reconoce las obligaciones, deberes, principios y la transversalidad de los derechos humanos.

Efectivamente la reforma a ddhh ha impactado al funcionamiento del estado desde los poderes y órganos, generando con ello una mayor ingeniería al momento de resolver de crear o de reparar. Esta perspectiva de derechos humanos no debería verse como un satélite en la dinámica de los poderes tradicionales, sino como un eje en el que se centrifica todo el actuar del Estado.

El fortalecimiento del Estado se da en la medida que todos los poderes y órganos asuman su compromiso de operar en y para los derechos humanos, desde la creación de los OPDH hay un crecimiento gradual de este fortalecimiento por ejemplo existe un órgano específico de la promoción, difusión y protección de los derechos humanos, existe un cuerpo normativo que protege los derechos humanos y que con el paso el tiempo se va perfeccionando a través de leyes, decretos, reglamentos, manuales, protocolos, entre otros. La garantía de los derechos humanos es más amplia y detallada pues la infraestructura es disponible, accesible, adaptable y de calidad, en cuanto a la promoción es una constante desde 1993 hacer saber a la persona que derecho tienen y dónde pueden acudir en caso de negárselo.

En otro orden de ideas, la tarea que tiene un organismo público de derecho humanos es inmensa, pues desde su naturaleza institucional hay una gran responsabilidad para incidir, materializar y guiar en el diseño, planeación y ejecución de las actividades del resto de los poderes y órganos, por ello, es importante abrir canales de comunicación, espacios de diálogo y consenso para crear una política institucional efectiva y eficiente de los derechos humanos.

A veintinueve años de la creación de la Comisión Estatal de Derechos Humanos en Tlaxcala persiste el compromiso y la convicción de crear una cultura en y para los derechos humanos, son veintinueve años de retos, aprendizajes y crecimiento institucional, siempre basamentados en la dignidad que existió, existe y existirá en las personas.

  • * Consejero de la Comisión Estatal de Derechos Humanos