/ jueves 11 de marzo de 2021

Espacio ITE | Acciones afirmativas

  • Denisse Hernández Blas*

En los últimos dos procesos electorales locales se ha visto un aumento en la participación ciudadana de grupos en situación de discriminación. El Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (CONAPRED) ha establecido los grupos poblacionales siguientes: adultos mayores, afrodescendientes, por creencias religiosas, etnias, migrantes y refugiados, mujeres, niñas y niños, personas con discapacidad, personas que viven con VIH, diversidad sexual, jóvenes y trabajadoras del hogar.

En materia electoral, de estos grupos referidos en situación de discriminación, se han considerado como tal a las personas indígenas, afrodescendientes, mujeres y niñas, personas con discapacidad y de la diversidad sexual para establecer acciones que permitan que estos grupos participen en la vida política y por ende en la toma de decisiones.

El Instituto Nacional de las Mujeres (INMUJERES) ha definido a las acciones afirmativas como políticas públicas cuyo objetivo es compensar las condiciones que discriminan a ciertos grupos sociales del ejercicio de sus derechos, en este caso político-electorales.

En este proceso electoral, el Instituto Tlaxcalteca de Elecciones ha implementado diversas acciones afirmativas en favor de tres sectores de esta población: mujeres, personas indígenas y jóvenes; esto, además de la prevención de la violencia política en razón de género.

Respecto a las mujeres y la prevención y erradicación de la violencia política en razón de género se estableció como requisito que las personas que soliciten registro como candidatas deben presentar un escrito bajo protesta de decir verdad en que manifiesten que no ha sido persona condenada, o sancionada mediante resolución firme por violencia familiar y/o doméstica, no haber sido persona condenada o sancionada mediante resolución firme por delitos sexuales, contra la libertad sexual o la intimidad corporal y no haber sido persona condenada o sancionada mediante resolución firme como deudor alimentario, lo que se ha denominado 3 de 3 contra la violencia.

Un segundo aspecto a considerar es la creación de dos registros, uno nacional y otro estatal, de personas sancionadas en materia de violencia política contra las mujeres en razón de género que el ITE deberá revisar al momento de realizar el registro de candidaturas.

En el tema de personas indígenas, los partidos políticos, coaliciones y candidaturas comunes, deberán postular cuando menos dos fórmulas compuestas por personas que se autoadscriban como indígenas, únicamente en la elección de diputaciones locales en 5 distritos electorales: Xaloztoc, Contla, Chiautempan, Teolocholco o San Pablo del Monte.

Respecto a la juventud, los partidos políticos del total de distritos en los que participen, deberán postular al menos en el 20% candidaturas jóvenes en la elección de diputaciones. En lo concerniente a los ayuntamientos, se debe considerar el número de munícipes por ayuntamiento; por tanto, en las que se deba registrar nueve candidaturas a munícipes, es decir, una presidencia municipal, una sindicatura y siete regidurías y sus correspondientes suplentes, se postularán al menos dos candidaturas de personas jóvenes.

En las planillas de ayuntamientos por las que se deba registrar ocho candidaturas a munícipes, es decir, una presidencia municipal, una sindicatura y seis regidurías y sus correspondientes suplentes, se postularán al menos dos candidaturas de personas jóvenes.

Finalmente, en las planillas de ayuntamientos por las que se deba registrar siete candidaturas a munícipes, es decir, una presidencia municipal, una sindicatura y cinco regidurías y sus correspondientes suplentes, se postularán al menos una persona joven. La edad de la postulación debe ser entre los 18 y 30 años.

Este ha sido un trabajo no menor, considerando que se deben realizar investigaciones y estudios que nos arrojen datos objetivos para poder determinar cómo se debe implementar estas acciones afirmativas para no vulnerar derechos del resto de las personas, buscar este equilibrio es el gran reto para los futuros procesos electorales.

  • *Consejera Electoral del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones
  • Denisse Hernández Blas*

En los últimos dos procesos electorales locales se ha visto un aumento en la participación ciudadana de grupos en situación de discriminación. El Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (CONAPRED) ha establecido los grupos poblacionales siguientes: adultos mayores, afrodescendientes, por creencias religiosas, etnias, migrantes y refugiados, mujeres, niñas y niños, personas con discapacidad, personas que viven con VIH, diversidad sexual, jóvenes y trabajadoras del hogar.

En materia electoral, de estos grupos referidos en situación de discriminación, se han considerado como tal a las personas indígenas, afrodescendientes, mujeres y niñas, personas con discapacidad y de la diversidad sexual para establecer acciones que permitan que estos grupos participen en la vida política y por ende en la toma de decisiones.

El Instituto Nacional de las Mujeres (INMUJERES) ha definido a las acciones afirmativas como políticas públicas cuyo objetivo es compensar las condiciones que discriminan a ciertos grupos sociales del ejercicio de sus derechos, en este caso político-electorales.

En este proceso electoral, el Instituto Tlaxcalteca de Elecciones ha implementado diversas acciones afirmativas en favor de tres sectores de esta población: mujeres, personas indígenas y jóvenes; esto, además de la prevención de la violencia política en razón de género.

Respecto a las mujeres y la prevención y erradicación de la violencia política en razón de género se estableció como requisito que las personas que soliciten registro como candidatas deben presentar un escrito bajo protesta de decir verdad en que manifiesten que no ha sido persona condenada, o sancionada mediante resolución firme por violencia familiar y/o doméstica, no haber sido persona condenada o sancionada mediante resolución firme por delitos sexuales, contra la libertad sexual o la intimidad corporal y no haber sido persona condenada o sancionada mediante resolución firme como deudor alimentario, lo que se ha denominado 3 de 3 contra la violencia.

Un segundo aspecto a considerar es la creación de dos registros, uno nacional y otro estatal, de personas sancionadas en materia de violencia política contra las mujeres en razón de género que el ITE deberá revisar al momento de realizar el registro de candidaturas.

En el tema de personas indígenas, los partidos políticos, coaliciones y candidaturas comunes, deberán postular cuando menos dos fórmulas compuestas por personas que se autoadscriban como indígenas, únicamente en la elección de diputaciones locales en 5 distritos electorales: Xaloztoc, Contla, Chiautempan, Teolocholco o San Pablo del Monte.

Respecto a la juventud, los partidos políticos del total de distritos en los que participen, deberán postular al menos en el 20% candidaturas jóvenes en la elección de diputaciones. En lo concerniente a los ayuntamientos, se debe considerar el número de munícipes por ayuntamiento; por tanto, en las que se deba registrar nueve candidaturas a munícipes, es decir, una presidencia municipal, una sindicatura y siete regidurías y sus correspondientes suplentes, se postularán al menos dos candidaturas de personas jóvenes.

En las planillas de ayuntamientos por las que se deba registrar ocho candidaturas a munícipes, es decir, una presidencia municipal, una sindicatura y seis regidurías y sus correspondientes suplentes, se postularán al menos dos candidaturas de personas jóvenes.

Finalmente, en las planillas de ayuntamientos por las que se deba registrar siete candidaturas a munícipes, es decir, una presidencia municipal, una sindicatura y cinco regidurías y sus correspondientes suplentes, se postularán al menos una persona joven. La edad de la postulación debe ser entre los 18 y 30 años.

Este ha sido un trabajo no menor, considerando que se deben realizar investigaciones y estudios que nos arrojen datos objetivos para poder determinar cómo se debe implementar estas acciones afirmativas para no vulnerar derechos del resto de las personas, buscar este equilibrio es el gran reto para los futuros procesos electorales.

  • *Consejera Electoral del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones