/ martes 12 de enero de 2021

Espacio TET | La participación política de los pueblos indígenas

  • Miguel Nava Xochitiotzi*

En México la participación política de los pueblos indígenas ha tenido una evolución sin precedente y una gran importancia en nuestro marco jurídico, el cual a través de diversas reformas se promueve la inclusión, la igualdad y la representación política de los miembros de los grupos originarios.

Sin embargo, dicho proceso se construyó a partir de diversos movimientos sociales e importantes esfuerzos de hombres y mujeres a lo largo de toda la República Mexicana, el cual tuvo su mayor reconocimiento a partir de 1994, cuando a través del movimiento alzado del Ejercito Zapatista, en el Estado de Chiapas se originaron una serie de instrumentos políticos y jurídicos como los acuerdos de San Andrés Larrainzar, sobre derechos y cultura indígena, que da origen a la reforma al artículo 2o de la Constitución Federal, que tuvo como objeto el garantizar el reconocimiento de estos pueblos, como parte del Estado Mexicano.

Aunado a ello a través del tiempo en las normas secundarias se incluyeron acciones que garantizan el acceso pleno a la participación política de las diversas comunidades y pueblos indígenas de nuestro país, para que estas se encuentren debidamente representadas.

No obstante, el trabajo para garantizar la materialización del estado democrático debe ser constante para la sociedad, así como para las autoridades administrativas y jurisdiccionales que se encuentran estrechamente relacionadas para lograrlo en los diversos territorios, poderes y niveles de gobierno.

En razón de lo anterior, los temas de inclusión, igualdad, representación política de los miembros de los grupos originarios, así como el garantizar la diversidad cultural de nuestra nación, toman gran relevancia en nuestro estado, el cual busca a través de sus instituciones fomentar condiciones claras y efectivas para lograr una verdadera participación política de los grupos indígenas.

Un claro ejemplo de ello son los Tribunales Electorales que, a través de sus resoluciones podemos observar la evolución de la participación política de los miembros de estos grupos vulnerables, en tres principales acciones:

Primero, la obligación que tiene el Estado y los partidos políticos de promover la democracia participativa indígena en los procesos electorales; Segundo, la obligación de los partidos políticos de garantizar que los ciudadanos de las comunidades y pueblos indígenas sean considerados en las fórmulas para candidaturas de los cargos de elección popular y; Tercero, con la creación de la Defensoría pública electoral para pueblos y comunidades indígenas, con ello se busca garantizar que estos tengan un pleno acceso a la justicia electoral.

De tal modo, que con dichas acciones el Tribunal Electoral de Tlaxcala, como autoridad jurisdiccional busca garantizar el pleno ejercicio a los derechos político electorales, de todos los ciudadanos sin excluir a nadie y así fortalecer aún más nuestros procesos democráticos que den voz a las y los tlaxcaltecas.

  • * Magistrado del Tribunal Electoral de Tlaxcala
  • Miguel Nava Xochitiotzi*

En México la participación política de los pueblos indígenas ha tenido una evolución sin precedente y una gran importancia en nuestro marco jurídico, el cual a través de diversas reformas se promueve la inclusión, la igualdad y la representación política de los miembros de los grupos originarios.

Sin embargo, dicho proceso se construyó a partir de diversos movimientos sociales e importantes esfuerzos de hombres y mujeres a lo largo de toda la República Mexicana, el cual tuvo su mayor reconocimiento a partir de 1994, cuando a través del movimiento alzado del Ejercito Zapatista, en el Estado de Chiapas se originaron una serie de instrumentos políticos y jurídicos como los acuerdos de San Andrés Larrainzar, sobre derechos y cultura indígena, que da origen a la reforma al artículo 2o de la Constitución Federal, que tuvo como objeto el garantizar el reconocimiento de estos pueblos, como parte del Estado Mexicano.

Aunado a ello a través del tiempo en las normas secundarias se incluyeron acciones que garantizan el acceso pleno a la participación política de las diversas comunidades y pueblos indígenas de nuestro país, para que estas se encuentren debidamente representadas.

No obstante, el trabajo para garantizar la materialización del estado democrático debe ser constante para la sociedad, así como para las autoridades administrativas y jurisdiccionales que se encuentran estrechamente relacionadas para lograrlo en los diversos territorios, poderes y niveles de gobierno.

En razón de lo anterior, los temas de inclusión, igualdad, representación política de los miembros de los grupos originarios, así como el garantizar la diversidad cultural de nuestra nación, toman gran relevancia en nuestro estado, el cual busca a través de sus instituciones fomentar condiciones claras y efectivas para lograr una verdadera participación política de los grupos indígenas.

Un claro ejemplo de ello son los Tribunales Electorales que, a través de sus resoluciones podemos observar la evolución de la participación política de los miembros de estos grupos vulnerables, en tres principales acciones:

Primero, la obligación que tiene el Estado y los partidos políticos de promover la democracia participativa indígena en los procesos electorales; Segundo, la obligación de los partidos políticos de garantizar que los ciudadanos de las comunidades y pueblos indígenas sean considerados en las fórmulas para candidaturas de los cargos de elección popular y; Tercero, con la creación de la Defensoría pública electoral para pueblos y comunidades indígenas, con ello se busca garantizar que estos tengan un pleno acceso a la justicia electoral.

De tal modo, que con dichas acciones el Tribunal Electoral de Tlaxcala, como autoridad jurisdiccional busca garantizar el pleno ejercicio a los derechos político electorales, de todos los ciudadanos sin excluir a nadie y así fortalecer aún más nuestros procesos democráticos que den voz a las y los tlaxcaltecas.

  • * Magistrado del Tribunal Electoral de Tlaxcala