/ martes 22 de mayo de 2018

Etapas del procedimiento en el nuevo sistema de justicia penal

Angélica Aragón Sánchez*

Posterior a la presentación de la denuncia o querella, el Agente del Ministerio Público se tiene que asegurar que se cometió un delito y quién es la persona que probablemente lo cometió, es así como inician las etapas del procedimiento penal.

¿Pero cuáles son esas etapas?

I. La de investigación, que comprende las siguientes fases:

a) Investigación inicial, que comienza con la presentación de la denuncia, querella u otro requisito equivalente y concluye cuando el imputado queda a disposición del Juez de Control para que se le formule imputación, e

b) Investigación complementaria, que comprende desde la formulación de la imputación y se agota una vez que se haya cerrado la investigación.

II. Intermedia o de preparación a juicio.

Comprende desde la formulación de la acusación hasta el auto de apertura a juicio.

Esta etapa se compone de dos fases:

a) Escrita, inicia con el escrito de acusación que formule el Ministerio Público y comprende todos los actos previos a la celebración de la audiencia intermedia.

b) La segunda fase da inicio con la celebración de la audiencia intermedia y culmina con el dictado del auto de apertura a juicio.

En esta etapa, se desarrolla un debate en el cual participarán el acusado y la víctima, tanto el Ministerio Público como la defensa, presentarán sus pruebas ante el Juez de Control y él aprobará las que puedan llevarse a Juicio Oral.

III. La de Juicio.

Esta etapa comprende desde que se recibe el auto de apertura a juico hasta la sentencia emitida por el Tribunal de Enjuiciamiento.

El tribunal de Enjuiciamiento escuchara al Agente del Ministerio Público, Asesor Jurídico, Victima, Defensa y Acusado, examinará las pruebas que se desahoguen en la audiencia, para finalmente dictar un fallo y por consecuencia una sentencia en la que se explique oralmente si el acusado es inocente o culpable.

El ejercicio de la acción inicia con la solicitud de citatorio o audiencia inicial, puesta a disposición del detenido ante la autoridad judicial o cuando se solicita la orden de aprehensión o comparecencia, con la cual el Ministerio Público no perderá la dirección de la investigación.

El proceso dará inicio con la audiencia inicial, y terminará con la sentencia firme.

En caso de sentencia condenatoria, el Tribunal de Enjuiciamiento enviará copia de la sentencia que haya quedado firme al Juez de Ejecución correspondiente y a las autoridades penitenciarias que intervienen en el procedimiento de ejecución para su debido cumplimiento.

*Juez Segundo de Control y de Juicio Oral del Distrito Judicial de Guridi y Alcocer.

Angélica Aragón Sánchez*

Posterior a la presentación de la denuncia o querella, el Agente del Ministerio Público se tiene que asegurar que se cometió un delito y quién es la persona que probablemente lo cometió, es así como inician las etapas del procedimiento penal.

¿Pero cuáles son esas etapas?

I. La de investigación, que comprende las siguientes fases:

a) Investigación inicial, que comienza con la presentación de la denuncia, querella u otro requisito equivalente y concluye cuando el imputado queda a disposición del Juez de Control para que se le formule imputación, e

b) Investigación complementaria, que comprende desde la formulación de la imputación y se agota una vez que se haya cerrado la investigación.

II. Intermedia o de preparación a juicio.

Comprende desde la formulación de la acusación hasta el auto de apertura a juicio.

Esta etapa se compone de dos fases:

a) Escrita, inicia con el escrito de acusación que formule el Ministerio Público y comprende todos los actos previos a la celebración de la audiencia intermedia.

b) La segunda fase da inicio con la celebración de la audiencia intermedia y culmina con el dictado del auto de apertura a juicio.

En esta etapa, se desarrolla un debate en el cual participarán el acusado y la víctima, tanto el Ministerio Público como la defensa, presentarán sus pruebas ante el Juez de Control y él aprobará las que puedan llevarse a Juicio Oral.

III. La de Juicio.

Esta etapa comprende desde que se recibe el auto de apertura a juico hasta la sentencia emitida por el Tribunal de Enjuiciamiento.

El tribunal de Enjuiciamiento escuchara al Agente del Ministerio Público, Asesor Jurídico, Victima, Defensa y Acusado, examinará las pruebas que se desahoguen en la audiencia, para finalmente dictar un fallo y por consecuencia una sentencia en la que se explique oralmente si el acusado es inocente o culpable.

El ejercicio de la acción inicia con la solicitud de citatorio o audiencia inicial, puesta a disposición del detenido ante la autoridad judicial o cuando se solicita la orden de aprehensión o comparecencia, con la cual el Ministerio Público no perderá la dirección de la investigación.

El proceso dará inicio con la audiencia inicial, y terminará con la sentencia firme.

En caso de sentencia condenatoria, el Tribunal de Enjuiciamiento enviará copia de la sentencia que haya quedado firme al Juez de Ejecución correspondiente y a las autoridades penitenciarias que intervienen en el procedimiento de ejecución para su debido cumplimiento.

*Juez Segundo de Control y de Juicio Oral del Distrito Judicial de Guridi y Alcocer.

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