/ lunes 6 de mayo de 2024

La otra cara de la moneda / Tlaxcala, cuna de la dispensa de la apostilla en México

Hace unos días, el Senado de la República aprobó una reforma que dispensa el trámite de la apostilla, o legalización de documentos para facilitar que las y los mexicanos nacidos en el extranjero puedan acreditar de manera más sencilla su nacionalidad e identidad, por medio de un certificado de nacimiento de alguno de sus padres.

Las modificaciones al Código Nacional de Procedimiento Civiles y Familiares, avaladas previamente por la Cámara de Diputados federal, buscan eliminar los impedimentos administrativos para que determinados documentos de identidad sean reconocidos en México y que las personas puedan inscribir a sus hijas o hijos ante el Registro Civil de sus estados, a efecto de acreditar la nacionalidad mexicana y gozar de los derechos que les corresponden por ese solo hecho.

La eliminación de este proceso burocrático, largo, costoso y difícil para las personas mexicanas en retorno, tiene como cuna de origen el Estado de Tlaxcala, el primero en el país que puso en marcha un programa para la dispensa de la apostilla.

Fue en la actual administración estatal cuando, a través de la Coordinación del Registro Civil, se impulsó esta iniciativa para beneficiar a las y los tlaxcaltecas en el exterior, precisamente, para que no tuvieran que presentar un documento apostillado para inscribir su nombre, su nacionalidad y sus datos ante el registro civil mexicano y, con ello, garantizar plenamente su derecho a la identidad y el ejercicio del resto de sus demás garantías constitucionales.

El Gobierno del Estado revisó las disposiciones del Convenio para Suprimir la Exigencia de Legalización de Documentos Públicos Extranjeros, también conocido Convenio de la Haya sobre la Apostilla, del 5 de octubre de 1961 y al cual México está adherido, y encontró que era posible dispensar este requisito si así se establecía en sus leyes, reglamentos o disposiciones.

Por eso, en julio de 2023, el Registro Civil de Tlaxcala emitió un nuevo reglamento en el cual se dispensa la apostilla mediante la modificación a su artículo 60.

Así, el Programa de Dispensa de la Apostilla iniciado en Tlaxcala permitió por primera vez, no solamente en la República Mexicana sino en el continente americano, garantizar a las y los migrantes el derecho a la identidad y el acceso al derecho a la nacionalidad, al suprimir un requisito anacrónico y complejo para asegurar el derecho a la identidad de las y los hijos de mexicanos que nacieron fuera del territorio nacional, y que, en muchos casos, lamentablemente, llevaban años sin acceder a otros derechos fundamentales, como a la educación, a la salud, al trabajo o una vivienda digna, incluso a programas sociales, lo cual los ponía en una situación de vulnerabilidad al carecer de acta de nacimiento y no contar con personalidad jurídica.

Ahora, la reforma al Código Nacional de Procedimiento Civiles y Familiares, en materia de documentos de nacimiento que acrediten la Nacionalidad Mexicana, contribuirá de manera decisiva a eliminar burocracias que impidan que las personas puedan acceder a todos sus derechos a partir del reconocimiento de su identidad, un derecho humano primigenio y fundamental para su pleno desarrollo.

Sin embargo, debe reconocerse que el Estado de Tlaxcala se convirtió en la primera entidad federativa que eliminó el requisito de la apostilla para la inscripción de la nacionalidad mexicana, y que, derivado de su experiencia exitosa, se ofreció al resto del país la certeza de un procedimiento que ofrece representación y justicia a las y los mexicanos en el exterior, pero también el resarcimiento de una deuda histórica con todas y todos ellos.



Hace unos días, el Senado de la República aprobó una reforma que dispensa el trámite de la apostilla, o legalización de documentos para facilitar que las y los mexicanos nacidos en el extranjero puedan acreditar de manera más sencilla su nacionalidad e identidad, por medio de un certificado de nacimiento de alguno de sus padres.

Las modificaciones al Código Nacional de Procedimiento Civiles y Familiares, avaladas previamente por la Cámara de Diputados federal, buscan eliminar los impedimentos administrativos para que determinados documentos de identidad sean reconocidos en México y que las personas puedan inscribir a sus hijas o hijos ante el Registro Civil de sus estados, a efecto de acreditar la nacionalidad mexicana y gozar de los derechos que les corresponden por ese solo hecho.

La eliminación de este proceso burocrático, largo, costoso y difícil para las personas mexicanas en retorno, tiene como cuna de origen el Estado de Tlaxcala, el primero en el país que puso en marcha un programa para la dispensa de la apostilla.

Fue en la actual administración estatal cuando, a través de la Coordinación del Registro Civil, se impulsó esta iniciativa para beneficiar a las y los tlaxcaltecas en el exterior, precisamente, para que no tuvieran que presentar un documento apostillado para inscribir su nombre, su nacionalidad y sus datos ante el registro civil mexicano y, con ello, garantizar plenamente su derecho a la identidad y el ejercicio del resto de sus demás garantías constitucionales.

El Gobierno del Estado revisó las disposiciones del Convenio para Suprimir la Exigencia de Legalización de Documentos Públicos Extranjeros, también conocido Convenio de la Haya sobre la Apostilla, del 5 de octubre de 1961 y al cual México está adherido, y encontró que era posible dispensar este requisito si así se establecía en sus leyes, reglamentos o disposiciones.

Por eso, en julio de 2023, el Registro Civil de Tlaxcala emitió un nuevo reglamento en el cual se dispensa la apostilla mediante la modificación a su artículo 60.

Así, el Programa de Dispensa de la Apostilla iniciado en Tlaxcala permitió por primera vez, no solamente en la República Mexicana sino en el continente americano, garantizar a las y los migrantes el derecho a la identidad y el acceso al derecho a la nacionalidad, al suprimir un requisito anacrónico y complejo para asegurar el derecho a la identidad de las y los hijos de mexicanos que nacieron fuera del territorio nacional, y que, en muchos casos, lamentablemente, llevaban años sin acceder a otros derechos fundamentales, como a la educación, a la salud, al trabajo o una vivienda digna, incluso a programas sociales, lo cual los ponía en una situación de vulnerabilidad al carecer de acta de nacimiento y no contar con personalidad jurídica.

Ahora, la reforma al Código Nacional de Procedimiento Civiles y Familiares, en materia de documentos de nacimiento que acrediten la Nacionalidad Mexicana, contribuirá de manera decisiva a eliminar burocracias que impidan que las personas puedan acceder a todos sus derechos a partir del reconocimiento de su identidad, un derecho humano primigenio y fundamental para su pleno desarrollo.

Sin embargo, debe reconocerse que el Estado de Tlaxcala se convirtió en la primera entidad federativa que eliminó el requisito de la apostilla para la inscripción de la nacionalidad mexicana, y que, derivado de su experiencia exitosa, se ofreció al resto del país la certeza de un procedimiento que ofrece representación y justicia a las y los mexicanos en el exterior, pero también el resarcimiento de una deuda histórica con todas y todos ellos.