/ jueves 17 de enero de 2019

LO QUE DEBE ATENDER UNA REFORMA ELECTORAL

Elizabeth Piedras Martínez

La reforma electoral de 2014, que estableció un esquema mixto de competencias en la organización de procesos electorales entre la autoridad nacional y las 32 autoridades electorales locales, merece un ejercicio tan reflexivo como objetivo.

Desde mi punto de vista, el modelo de colaboración es complejo pero funcional, prueba de ello es que tenemos autoridades legalmente constituidas, cuya elección transcurrió en un ambiente de estabilidad social y política en nuestro país.

En estos últimos días ha discurrido en los medios de comunicación nacionales y en los círculos políticos el tema sobre la reforma al sistema nacional electoral y la desaparición de los Organismos Públicos Locales Electorales (Oples), como una de sus vertientes, con miras a centralizar el sistema electoral mexicano.

Este escenario tiene muchas aristas de análisis, una de ellas plantea el riesgo inminente de desgaste de una autoridad centralizadora, derivado de la concentración del conflicto electoral de las entidades federativas, las cuales, huelga decir, tienen sus particularidades en lo político.

Una eventual desaparición de estos órganos, que bajo otra figura organizaban elecciones locales, atentaría contra el federalismo electoral mexicano; en vez de eliminarlos y desacreditarlos con argumentos de que son costosos o no tienen sentido, habría que considerar devolverles las facultades que les fueron suprimidas con la reforma de marras.

Es cierto que existen áreas de oportunidad, pero también avances significativos y experiencia ganados durante los procesos electorales de 2015, 2016 y 2018, lo cual merece virar hacia la búsqueda de cómo fortalecer el sistema nacional electoral.

En esa tarea de fortalecimiento campea el planteamiento de un necesario robustecimiento a la autonomía de los Oples, y de manera relevante en el ámbito financiero; así como en otros temas relacionados con los mecanismos de coordinación con el INE; el reglamento de elecciones; la homologación de leyes locales con la Ley General y demás disposiciones en la materia federales, pasando por la identidad institucional local.

Finalmente se debe vigorizar una práctica básica que exige el sistema democrático: el deber de informar, toda vez que el ejercicio de las actividades conferidas al Estado, a través de los organismos constitucionales, implican el manejo de recursos públicos, por tanto, es deber de cualquier institución comunicar a la ciudadanía cómo son cumplidas sus funciones.

Hagamos memoria: los órganos electorales locales existen desde hace más de 20 años y organizaban las elecciones de las entidades federativas (es decir, no surgieron como Oples); como en el caso del Tlaxcala, donde fue fundado el otrora Instituto Electoral de Tlaxcala, ahora Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE), en 1994.

Esta experiencia demostró que los órganos locales desempeñaron un rol fundamental con el Estado para garantizar el ejercicio de derechos humanos, en específico, de los político-electorales de la ciudadanía en un contexto de suma exigencia, marcado por las particularidades políticas de cada entidad. Con mayor cercanía al conflicto local, los Oples están obligados a ser garantes de la democracia, siempre en un escenario de profundo escrutinio social y de latente riesgo.

Lo ideal es que una reforma electoral cuente con las opiniones, conocimientos y objetividad de expertos en la materia, personas que conocen las entrañas de los procesos electorales, sus engranajes y complejísima maquinaria. El tiempo reclama reformas responsables, a la altura de una sociedad moderna, democrática y altamente exigente.

*Consejera Presidenta del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones

Elizabeth Piedras Martínez

La reforma electoral de 2014, que estableció un esquema mixto de competencias en la organización de procesos electorales entre la autoridad nacional y las 32 autoridades electorales locales, merece un ejercicio tan reflexivo como objetivo.

Desde mi punto de vista, el modelo de colaboración es complejo pero funcional, prueba de ello es que tenemos autoridades legalmente constituidas, cuya elección transcurrió en un ambiente de estabilidad social y política en nuestro país.

En estos últimos días ha discurrido en los medios de comunicación nacionales y en los círculos políticos el tema sobre la reforma al sistema nacional electoral y la desaparición de los Organismos Públicos Locales Electorales (Oples), como una de sus vertientes, con miras a centralizar el sistema electoral mexicano.

Este escenario tiene muchas aristas de análisis, una de ellas plantea el riesgo inminente de desgaste de una autoridad centralizadora, derivado de la concentración del conflicto electoral de las entidades federativas, las cuales, huelga decir, tienen sus particularidades en lo político.

Una eventual desaparición de estos órganos, que bajo otra figura organizaban elecciones locales, atentaría contra el federalismo electoral mexicano; en vez de eliminarlos y desacreditarlos con argumentos de que son costosos o no tienen sentido, habría que considerar devolverles las facultades que les fueron suprimidas con la reforma de marras.

Es cierto que existen áreas de oportunidad, pero también avances significativos y experiencia ganados durante los procesos electorales de 2015, 2016 y 2018, lo cual merece virar hacia la búsqueda de cómo fortalecer el sistema nacional electoral.

En esa tarea de fortalecimiento campea el planteamiento de un necesario robustecimiento a la autonomía de los Oples, y de manera relevante en el ámbito financiero; así como en otros temas relacionados con los mecanismos de coordinación con el INE; el reglamento de elecciones; la homologación de leyes locales con la Ley General y demás disposiciones en la materia federales, pasando por la identidad institucional local.

Finalmente se debe vigorizar una práctica básica que exige el sistema democrático: el deber de informar, toda vez que el ejercicio de las actividades conferidas al Estado, a través de los organismos constitucionales, implican el manejo de recursos públicos, por tanto, es deber de cualquier institución comunicar a la ciudadanía cómo son cumplidas sus funciones.

Hagamos memoria: los órganos electorales locales existen desde hace más de 20 años y organizaban las elecciones de las entidades federativas (es decir, no surgieron como Oples); como en el caso del Tlaxcala, donde fue fundado el otrora Instituto Electoral de Tlaxcala, ahora Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE), en 1994.

Esta experiencia demostró que los órganos locales desempeñaron un rol fundamental con el Estado para garantizar el ejercicio de derechos humanos, en específico, de los político-electorales de la ciudadanía en un contexto de suma exigencia, marcado por las particularidades políticas de cada entidad. Con mayor cercanía al conflicto local, los Oples están obligados a ser garantes de la democracia, siempre en un escenario de profundo escrutinio social y de latente riesgo.

Lo ideal es que una reforma electoral cuente con las opiniones, conocimientos y objetividad de expertos en la materia, personas que conocen las entrañas de los procesos electorales, sus engranajes y complejísima maquinaria. El tiempo reclama reformas responsables, a la altura de una sociedad moderna, democrática y altamente exigente.

*Consejera Presidenta del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones