El tiempo en política es relativo y siempre insuficiente. Es –en cierto sentido– lógico que quienes aspiran a ejercer el poder desde los espacios de representación y de gobierno estén organizándose y movilizándose permanentemente. Sin embargo, esta lógica de la urgencia por el futuro y la renuencia a la incertidumbre por saber cuál será el próximo espacio de incidencia, tiene dos lecturas posibles. La primera está vinculada estrictamente a las deficiencias generadas por la inversión de tiempo en otras actividades (políticas) ajenas al servicio público. La segunda está relacionada con la perspectiva ciudadana que –al final de cuentas– es afectada por la distracción de los tomadores de decisiones en resolver su futuro político.
Por esta razón, en México se ha intentado reglamentar los tiempos políticos con los tiempos electorales. Esa es una tarea relevante, pero complicada. A pesar de que las leyes en materia electoral y los institutos –tanto nacional como locales– definen un calendario electoral, ahora poco se ha respetado. Los tiempos políticos de los partidos y demás actores está adelantado, renuente al orden y ávido de aprovechar los días para hacer política, aunque esto contravenga a los tiempos formales reconocidos en la legislación.
A nivel nacional los procesos de selección de candidatos se adelantaron y consecuentemente parecen instaurarse una suerte de campañas políticas permanentes. En el caso de Tlaxcala –aunque menor la movilización pública– es evidente que el proceso político comenzó antes que lo procedimental electoral. Es lógico que en proceso electoral local de 2024; dado que se elegirán 15 diputaciones de mayoría relativa, 10 de representación proporcional, 60 presidencias municipales y 350 regidurías; las y los aspirantes comiencen a realizar actividades que los posiciones como opciones a votar. Sin embargo, es importante y coherente señalar que, según el Calendario Electoral, las precampañas para diputaciones y ayuntamientos inicia hasta el 2 de enero de 2024.
La disparidad entre el inicio de proselitismo y difusión con propósitos electorales antes de los tiempos previstos en la ley, o incluso cuando la persona ocupa un cargo público, puede constituirse en delitos electorales o actos sancionables por el tribunal electoral. Las y los aspirantes a candidaturas deberían observar y cuidar los tiempos políticos, alinearlos a los tiempos legales.
En realidad, lo que demuestra el acelerado tiempo político es que –muchas y muchos– perdieron de vista la tarea por la que fueron electos. Están envueltos y obnubilados por la ansiedad del futuro político, descuidan sus tareas de gobierno y avanzan con entusiasmo e ignorancia en el camino sinuoso del proceso electoral. El país y Tlaxcala requieren de perfiles comprometidos –más que con su carrera política– con resolver los grandes problemas públicos a los que nos enfrentamos. Para lograrlo se requiere de un proceso electoral ordenado y perfectamente observado, administrado y dirigido por las instituciones electorales. En el corto plazo, deberán existir sanciones ante actos anticipados de campaña, utilización de recursos públicos en la promoción personal o partidista y demás faltas o delitos electorales.
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