/ jueves 30 de junio de 2022

Partidos políticos e ideologías

Hasta hace pocos años, la democracia electoral en México no podía visualizase sin la presencia de los partidos políticos; estos eran la única forma de acceder a un cargo de elección popular y, por tanto, en las reformas a la normatividad relativa a los procesos electorales se consideró el fortalecimiento de los partidos políticos.

Con el paso de los años, nuestro país -al igual que nuestro estado- ha visto nacer y morir a varios institutos políticos, con ideologías propias, pero con un mismo objetivo: el acceso al poder; la permanencia o no de un partido político depende de varios factores, pero el principal es alcanzar un porcentaje de votación (que ha ido variando) que demuestre que tiene presencia en un determinado territorio.

Esto por supuesto que es importante; sin embargo, algo que se ha olvidado con el paso de los años y que tiene relación directa con la naturaleza de los partidos político es su ideología. El diccionario de la Real Academia Española de la Lengua define ideología como el conjunto de ideas fundamentales que caracteriza el pensamiento de una persona, colectividad o época, de un movimiento cultural, religioso o político, etcétera.

La ideología de un partido político lo distingue del resto y nos referimos a institutos políticos de extrema derecha, centro derecha, centro, centro izquierda y extrema izquierda. Cada una de estas clasificaciones tienen sus características que abordaremos en otra entrega; la clasificación de su ideología debería servir a la ciudadanía para identificarse con lo que tal o cual partido defiende y pregona y sus candidaturas deberían ceñirse a dicha ideología.

Lo anterior viene a colación, ya que, en los últimos tres procesos electorales, las autoridades electorales, tanto locales como nacionales, han emitido una serie de acciones afirmativas que tienen como propósito compensar las condiciones que discriminan a ciertos grupos sociales en el ejercicio pleno de sus derechos, en este caso de sus derechos político electorales. Así se ha determinado la obligación de los partidos políticos a postular candidaturas con personas que se autoadscriban como indígenas o que pertenecen a la comunidad LGBTTQ+, personas jóvenes o personas que sean afrodescendientes.

Estas medidas pueden ser en beneficio de los derechos de las personas que se identifiquen como parte estos grupos, lo cual es congruente con lo establecido en la constitución; pero ha de tomarse en cuenta que la misma constitución establece que los partidos políticos tienen como fin promover la participación en la vida democrática y hacer posible el acceso al ejercicio del poder público de acuerdo con sus programas, principios e ideas que postulan.

Es cierto que las autoridades jurisdiccionales tienen la posibilidad de hacer una ponderación de derechos y han optado por aplicar el principio pro persona para que la ciudadanía pueda acceder a un cargo de elección popular, sobre todo si es parte de uno de estos grupos vulnerables; pero esto contrasta con el deber de fortalecer y las ideologías partidistas y ponderar los derechos político electorales; de lo contrario, lo que está ocurriendo es menoscabar la naturaleza ideológica de los partidos cuando lo que debería hacerse es una ponderación armónica de lo establecido en la constitución.

Si los partidos políticos no pueden difundir y ejercer libremente su ideología, se está coartando a la ciudadanía de elegir libremente de acuerdo a sus afinidades. La democracia la hacemos todos y en ella importamos todos, incluidos los partidos políticos, cualquiera que sea su inclinación ideológica; ya lo dice la constitución, queda prohibida toda discriminación motivada por, entre otros, las opiniones. Al fomentar y proteger la función de los partidos políticos, la consecuencia será que la ciudadanía tenga la última palabra.

Hasta hace pocos años, la democracia electoral en México no podía visualizase sin la presencia de los partidos políticos; estos eran la única forma de acceder a un cargo de elección popular y, por tanto, en las reformas a la normatividad relativa a los procesos electorales se consideró el fortalecimiento de los partidos políticos.

Con el paso de los años, nuestro país -al igual que nuestro estado- ha visto nacer y morir a varios institutos políticos, con ideologías propias, pero con un mismo objetivo: el acceso al poder; la permanencia o no de un partido político depende de varios factores, pero el principal es alcanzar un porcentaje de votación (que ha ido variando) que demuestre que tiene presencia en un determinado territorio.

Esto por supuesto que es importante; sin embargo, algo que se ha olvidado con el paso de los años y que tiene relación directa con la naturaleza de los partidos político es su ideología. El diccionario de la Real Academia Española de la Lengua define ideología como el conjunto de ideas fundamentales que caracteriza el pensamiento de una persona, colectividad o época, de un movimiento cultural, religioso o político, etcétera.

La ideología de un partido político lo distingue del resto y nos referimos a institutos políticos de extrema derecha, centro derecha, centro, centro izquierda y extrema izquierda. Cada una de estas clasificaciones tienen sus características que abordaremos en otra entrega; la clasificación de su ideología debería servir a la ciudadanía para identificarse con lo que tal o cual partido defiende y pregona y sus candidaturas deberían ceñirse a dicha ideología.

Lo anterior viene a colación, ya que, en los últimos tres procesos electorales, las autoridades electorales, tanto locales como nacionales, han emitido una serie de acciones afirmativas que tienen como propósito compensar las condiciones que discriminan a ciertos grupos sociales en el ejercicio pleno de sus derechos, en este caso de sus derechos político electorales. Así se ha determinado la obligación de los partidos políticos a postular candidaturas con personas que se autoadscriban como indígenas o que pertenecen a la comunidad LGBTTQ+, personas jóvenes o personas que sean afrodescendientes.

Estas medidas pueden ser en beneficio de los derechos de las personas que se identifiquen como parte estos grupos, lo cual es congruente con lo establecido en la constitución; pero ha de tomarse en cuenta que la misma constitución establece que los partidos políticos tienen como fin promover la participación en la vida democrática y hacer posible el acceso al ejercicio del poder público de acuerdo con sus programas, principios e ideas que postulan.

Es cierto que las autoridades jurisdiccionales tienen la posibilidad de hacer una ponderación de derechos y han optado por aplicar el principio pro persona para que la ciudadanía pueda acceder a un cargo de elección popular, sobre todo si es parte de uno de estos grupos vulnerables; pero esto contrasta con el deber de fortalecer y las ideologías partidistas y ponderar los derechos político electorales; de lo contrario, lo que está ocurriendo es menoscabar la naturaleza ideológica de los partidos cuando lo que debería hacerse es una ponderación armónica de lo establecido en la constitución.

Si los partidos políticos no pueden difundir y ejercer libremente su ideología, se está coartando a la ciudadanía de elegir libremente de acuerdo a sus afinidades. La democracia la hacemos todos y en ella importamos todos, incluidos los partidos políticos, cualquiera que sea su inclinación ideológica; ya lo dice la constitución, queda prohibida toda discriminación motivada por, entre otros, las opiniones. Al fomentar y proteger la función de los partidos políticos, la consecuencia será que la ciudadanía tenga la última palabra.