/ miércoles 6 de octubre de 2021

Resiliencia | Eliminación del fuero

La eliminación del fuero de los servidores públicos y de quienes lo ostentan tiene como finalidad contribuir a desparecer esa brecha existente entre inmunidad e impunidad, dada sobre todo por los altos grados de corrupción en nuestro país, la palabra fuero evoca los antiguos privilegios que tenían determinadas personas para ser juzgadas por tribunales de su clase y no por la justicia común, es decir, era una garantía consistente en un impedimento jurídico para someter al servidor público que gozaba de él ante la potestad jurisdiccional, es utilizado como privilegio y dique a la justicia y rendición de cuentas; por lo que hoy es preciso recuperar la vocación de servicio, responsabilidad y transparencia de los servidores públicos, la importancia de colocar al servidor público en un plano de igualdad con los conciudadanos es indispensable, porque eliminar esta inmunidad obligará a los altos servidores públicos cumplir con total responsabilidad su encargo dentro y fuera de la función pública.

El fuero parlamentario tuvo su origen en la separación de poderes entre el legislativo, ejecutivo y judicial en la búsqueda de la independencia del poder legislativo con respecto al ejecutivo, el "fuero constitucional" o "inmunidad parlamentaria" para los legisladores, conservó en esencia lo señalado en la Constitución de 1824, el sistema político federal tuvo como fin principal el de declarar el carácter independiente de México como país y señaló que el legislador acusado será puesto a disposición del tribunal competente una vez que haya sido separado de su cargo por la Cámara de origen, erigida en Gran Jurado; en la Constitución de 1917, su creación fue con la finalidad de promover la libertad de expresión de los legisladores; sin embargo, en 1982 se realizó una reforma para que la protección se extendiera a todos aquellos funcionarios de primer nivel; como es sabido entre el año 2004 y 2005 nuestro hoy presidente Andrés Manuel López Obrador le fue quitado el fuero por abuso de autoridad al no cumplir una suspensión de un juez, cuando fungió en aquel entonces como Jefe de Gobierno de la Ciudad de México.

Incluso nuestro hoy presidente fue quien impulsó la reforma para quitar el fuero al presidente y a los funcionarios; por lo que al reformar la ley se agregaron las palabras "imputado y juzgado", quedando de la siguiente manera: "El presidente de la República podrá ser imputado y juzgado por traición a la patria, actos de corrupción, delitos electorales y todos aquellos delitos por los que podría ser enjuiciado cualquier ciudadano o ciudadana".

Con lo establecido en dicho artículo, el legislador establece que el presidente de la República no es un ciudadano ajeno y superior al resto de quienes habitamos en México, es igual a todos nosotros, y como tal debe ser tratado, cabe agregar que la expresión "ciudadano común" va más allá de la filología e implica una expresión que refleja la falta de privilegios, que se volvieron habituales y concomitantes al servicio público a los que se han acostumbrado a lo largo de décadas los funcionarios públicos, especialmente quienes han ocupado el cargo de presidente de la República, de manera que el presidente de la República podrá ser imputado y juzgado no únicamente por los delitos de traición a la patria y los delitos graves del orden común como ocurre a la fecha, sino además por la comisión de delitos por hechos de corrupción, delitos electorales, y por todos aquellos delitos por los que pudieran ser enjuiciados los particulares.

En Tlaxcala, en 2018 fuimos la décimo cuarta entidad del país en haber aprobado la reforma para eliminar el fuero constitucional del que gozan servidores públicos de primer nivel para que puedan ser juzgados en caso de que incurran en algún delito, sin embargo, los integrantes de la Comisión Permanente de la LXIII Legislatura no ordenaron la publicación del Decreto, sino hasta la última sesión formal que tuvieron como integrantes de dicha legislatura.

Por lo que, el pasado 30 de septiembre de 2021 se publicó el Decreto 148 en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala, mismo que se establece que los servidores públicos de primer nivel podrán ser juzgados por actos u omisiones que redunden en perjuicio de los intereses públicos fundamentales derogando lo señalado en el artículo 107 de la Constitución local en el que se establecía que los legisladores, el titular del Ejecutivo, magistrados y el presidente de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, contaban con fuero a partir de que hayan rendido protesta y se encuentren en funciones.

Hoy de acuerdo a lo señalado en dicho Decreto se establece:…ARTÍCULO 109. El juicio político procede contra los diputados, el Gobernador del Estado, los magistrados del Tribunal Superior de Justicia, los magistrados del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado, los magistrados del Tribunal Electoral del Estado, el Presidente de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, …(sic)…

Con la publicación del Decreto 148, en Tlaxcala se vive un momento histórico, con el fin de terminar con privilegios, combatir la corrupción e impedir que un acto delictivo se escude bajo el manto del fuero.

La eliminación del fuero de los servidores públicos y de quienes lo ostentan tiene como finalidad contribuir a desparecer esa brecha existente entre inmunidad e impunidad, dada sobre todo por los altos grados de corrupción en nuestro país, la palabra fuero evoca los antiguos privilegios que tenían determinadas personas para ser juzgadas por tribunales de su clase y no por la justicia común, es decir, era una garantía consistente en un impedimento jurídico para someter al servidor público que gozaba de él ante la potestad jurisdiccional, es utilizado como privilegio y dique a la justicia y rendición de cuentas; por lo que hoy es preciso recuperar la vocación de servicio, responsabilidad y transparencia de los servidores públicos, la importancia de colocar al servidor público en un plano de igualdad con los conciudadanos es indispensable, porque eliminar esta inmunidad obligará a los altos servidores públicos cumplir con total responsabilidad su encargo dentro y fuera de la función pública.

El fuero parlamentario tuvo su origen en la separación de poderes entre el legislativo, ejecutivo y judicial en la búsqueda de la independencia del poder legislativo con respecto al ejecutivo, el "fuero constitucional" o "inmunidad parlamentaria" para los legisladores, conservó en esencia lo señalado en la Constitución de 1824, el sistema político federal tuvo como fin principal el de declarar el carácter independiente de México como país y señaló que el legislador acusado será puesto a disposición del tribunal competente una vez que haya sido separado de su cargo por la Cámara de origen, erigida en Gran Jurado; en la Constitución de 1917, su creación fue con la finalidad de promover la libertad de expresión de los legisladores; sin embargo, en 1982 se realizó una reforma para que la protección se extendiera a todos aquellos funcionarios de primer nivel; como es sabido entre el año 2004 y 2005 nuestro hoy presidente Andrés Manuel López Obrador le fue quitado el fuero por abuso de autoridad al no cumplir una suspensión de un juez, cuando fungió en aquel entonces como Jefe de Gobierno de la Ciudad de México.

Incluso nuestro hoy presidente fue quien impulsó la reforma para quitar el fuero al presidente y a los funcionarios; por lo que al reformar la ley se agregaron las palabras "imputado y juzgado", quedando de la siguiente manera: "El presidente de la República podrá ser imputado y juzgado por traición a la patria, actos de corrupción, delitos electorales y todos aquellos delitos por los que podría ser enjuiciado cualquier ciudadano o ciudadana".

Con lo establecido en dicho artículo, el legislador establece que el presidente de la República no es un ciudadano ajeno y superior al resto de quienes habitamos en México, es igual a todos nosotros, y como tal debe ser tratado, cabe agregar que la expresión "ciudadano común" va más allá de la filología e implica una expresión que refleja la falta de privilegios, que se volvieron habituales y concomitantes al servicio público a los que se han acostumbrado a lo largo de décadas los funcionarios públicos, especialmente quienes han ocupado el cargo de presidente de la República, de manera que el presidente de la República podrá ser imputado y juzgado no únicamente por los delitos de traición a la patria y los delitos graves del orden común como ocurre a la fecha, sino además por la comisión de delitos por hechos de corrupción, delitos electorales, y por todos aquellos delitos por los que pudieran ser enjuiciados los particulares.

En Tlaxcala, en 2018 fuimos la décimo cuarta entidad del país en haber aprobado la reforma para eliminar el fuero constitucional del que gozan servidores públicos de primer nivel para que puedan ser juzgados en caso de que incurran en algún delito, sin embargo, los integrantes de la Comisión Permanente de la LXIII Legislatura no ordenaron la publicación del Decreto, sino hasta la última sesión formal que tuvieron como integrantes de dicha legislatura.

Por lo que, el pasado 30 de septiembre de 2021 se publicó el Decreto 148 en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala, mismo que se establece que los servidores públicos de primer nivel podrán ser juzgados por actos u omisiones que redunden en perjuicio de los intereses públicos fundamentales derogando lo señalado en el artículo 107 de la Constitución local en el que se establecía que los legisladores, el titular del Ejecutivo, magistrados y el presidente de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, contaban con fuero a partir de que hayan rendido protesta y se encuentren en funciones.

Hoy de acuerdo a lo señalado en dicho Decreto se establece:…ARTÍCULO 109. El juicio político procede contra los diputados, el Gobernador del Estado, los magistrados del Tribunal Superior de Justicia, los magistrados del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado, los magistrados del Tribunal Electoral del Estado, el Presidente de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, …(sic)…

Con la publicación del Decreto 148, en Tlaxcala se vive un momento histórico, con el fin de terminar con privilegios, combatir la corrupción e impedir que un acto delictivo se escude bajo el manto del fuero.