/ martes 2 de noviembre de 2021

Una luz que se extingue o una que renace de cenizas IV

Decíamos entonces que, a más de un siglo de construida la primera hidroeléctrica en el país en 1905 por la Mexican Light and Power (en Necaxa, Puebla), así como su nacionalización en 1960; lamentablemente en 2015 este bien de la nación pasó a ser parte de la iniciativa privada como producto de la reforma energética de 2013 y de las negociaciones políticas entre el gobierno federal de Peña Nieto y el SME.

Esto es que, la hidroeléctrica en Necaxa dejó de ser patrimonio de la nación para ser parte de una concesión para el Sindicato Mexicano de Electricistas (El SME con un 40%), que a su vez se asoció comercialmente con la empresa portuguesa, Mota-Engil (con un 60%), para juntas formar Grupo FENIX; empresa que recibió el beneficio adicional de usufructuar 90 años para generar y vender la energía eléctrica en la ZMVM de forma “cuasi-exclusiva”.

Para decirlo de una forma más coloquial, y a manera de ejemplo, el alumbrado público de la mayoría de las alcaldías de la Ciudad de México y municipios conurbados que iluminan las calles en avenidas primarias y secundarias no es producida por CFE, si no por Grupo FENIX mediante las hidroeléctricas que recibieron en concesión y que antes fueron propiedad de la nación. Es decir, usted ve a CFE, utilizan a la CFE, transfieren costos de operación a la CFE, pero no son CFE. Cobran otros.

Si uno lo observa con mayor profundidad, la reforma energética del presidente Peña Nieto generó “errores en el mercado energético” donde privilegiados nacionales e internacionales recibieron contratos con vigencias forzosas para que la generación de estas empresas tengan la garantía de vender la energía que producen en los próximos 25 años; energía que generan con el patrimonio desincorporado de la nación y que fue concesionada de tal manera que, al menos en este caso, se especula que tuvo un alcance de cuando menos 15 plantas hidroeléctricas, una termoeléctrica y cuarenta inmuebles como son fábricas, talleres, además de la liquidación por más de 5 mil 400 millones de pesos a los extrabajadores de la empresa Luz y Fuerza del Centro, que en su gran mayoría se aglutinan en el SME.

Esta columna insiste y sostiene que la reforma eléctrica promovida por el Ejecutivo federal nos da la oportunidad de conocer y evaluar la importancia de la política energética en el país. Pero al mismo tiempo, ajustar todos aquellos desequilibrios que deben rendir cuentas.

Si uno busca en la Plataforma Nacional de Transparencia (PNT), le será posible corroborar una cantidad importante de solicitudes de información donde se solicita en tiempos muy diversos y a todas y cada una de las instituciones o dependencias federales que tuvieron que ver con la reforma energética de 2013, así como con la disolución de Luz y Fuerza del Centro y las negociaciones con el SME, las razones o fundamentos para haber concesionado al SME estos beneficios.

De las respuestas de acceso a la información pública contenidas en dichos folios, todas concluyen con una negativa o la reserva de la información. Así, por ejemplo, el último folio mencionado, de fecha 28 de enero de 2016, a la Unidad de Transparencia del Servicio de Administración y Enajenación de Bienes (SAE, hoy Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado INDEP), es posible leer:

“¿Cuáles son los bienes de la nación que fueron otorgados o concesionados al SME y cuáles son las razones de esta concesión…?” Palabras más, palabras menos, la respuesta del SAE fue “…el acceso a la documentación solicitada [Memorándum de Entendimiento llevado a cabo entre el Gobierno Federal y el SME, de fecha 10 de julio de 2015] admite una excepción en el caso de que la divulgación de la información puede causar daño a un interés público jurídicamente protegido… pues pone en riesgo las negociaciones derivadas del citado documento jurídico… y su publicidad puede generar un daño desproporcionado o inmediato, provocando que su proceso no concluyera de manera satisfactoria… En tal virtud, con fundamento en el artículo 101, segundo párrafo, de la Ley General de Transparencia, se hace de su conocimiento que la información solicitada está clasificada por 5 años, a partir del 1 de septiembre de 2015… ratificando también la clasificación previa a la solicitud 0681200037715…”

  • *Analista Político / Colaborador de Integridad Ciudadana A.C.

Decíamos entonces que, a más de un siglo de construida la primera hidroeléctrica en el país en 1905 por la Mexican Light and Power (en Necaxa, Puebla), así como su nacionalización en 1960; lamentablemente en 2015 este bien de la nación pasó a ser parte de la iniciativa privada como producto de la reforma energética de 2013 y de las negociaciones políticas entre el gobierno federal de Peña Nieto y el SME.

Esto es que, la hidroeléctrica en Necaxa dejó de ser patrimonio de la nación para ser parte de una concesión para el Sindicato Mexicano de Electricistas (El SME con un 40%), que a su vez se asoció comercialmente con la empresa portuguesa, Mota-Engil (con un 60%), para juntas formar Grupo FENIX; empresa que recibió el beneficio adicional de usufructuar 90 años para generar y vender la energía eléctrica en la ZMVM de forma “cuasi-exclusiva”.

Para decirlo de una forma más coloquial, y a manera de ejemplo, el alumbrado público de la mayoría de las alcaldías de la Ciudad de México y municipios conurbados que iluminan las calles en avenidas primarias y secundarias no es producida por CFE, si no por Grupo FENIX mediante las hidroeléctricas que recibieron en concesión y que antes fueron propiedad de la nación. Es decir, usted ve a CFE, utilizan a la CFE, transfieren costos de operación a la CFE, pero no son CFE. Cobran otros.

Si uno lo observa con mayor profundidad, la reforma energética del presidente Peña Nieto generó “errores en el mercado energético” donde privilegiados nacionales e internacionales recibieron contratos con vigencias forzosas para que la generación de estas empresas tengan la garantía de vender la energía que producen en los próximos 25 años; energía que generan con el patrimonio desincorporado de la nación y que fue concesionada de tal manera que, al menos en este caso, se especula que tuvo un alcance de cuando menos 15 plantas hidroeléctricas, una termoeléctrica y cuarenta inmuebles como son fábricas, talleres, además de la liquidación por más de 5 mil 400 millones de pesos a los extrabajadores de la empresa Luz y Fuerza del Centro, que en su gran mayoría se aglutinan en el SME.

Esta columna insiste y sostiene que la reforma eléctrica promovida por el Ejecutivo federal nos da la oportunidad de conocer y evaluar la importancia de la política energética en el país. Pero al mismo tiempo, ajustar todos aquellos desequilibrios que deben rendir cuentas.

Si uno busca en la Plataforma Nacional de Transparencia (PNT), le será posible corroborar una cantidad importante de solicitudes de información donde se solicita en tiempos muy diversos y a todas y cada una de las instituciones o dependencias federales que tuvieron que ver con la reforma energética de 2013, así como con la disolución de Luz y Fuerza del Centro y las negociaciones con el SME, las razones o fundamentos para haber concesionado al SME estos beneficios.

De las respuestas de acceso a la información pública contenidas en dichos folios, todas concluyen con una negativa o la reserva de la información. Así, por ejemplo, el último folio mencionado, de fecha 28 de enero de 2016, a la Unidad de Transparencia del Servicio de Administración y Enajenación de Bienes (SAE, hoy Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado INDEP), es posible leer:

“¿Cuáles son los bienes de la nación que fueron otorgados o concesionados al SME y cuáles son las razones de esta concesión…?” Palabras más, palabras menos, la respuesta del SAE fue “…el acceso a la documentación solicitada [Memorándum de Entendimiento llevado a cabo entre el Gobierno Federal y el SME, de fecha 10 de julio de 2015] admite una excepción en el caso de que la divulgación de la información puede causar daño a un interés público jurídicamente protegido… pues pone en riesgo las negociaciones derivadas del citado documento jurídico… y su publicidad puede generar un daño desproporcionado o inmediato, provocando que su proceso no concluyera de manera satisfactoria… En tal virtud, con fundamento en el artículo 101, segundo párrafo, de la Ley General de Transparencia, se hace de su conocimiento que la información solicitada está clasificada por 5 años, a partir del 1 de septiembre de 2015… ratificando también la clasificación previa a la solicitud 0681200037715…”

  • *Analista Político / Colaborador de Integridad Ciudadana A.C.