El Diario Oficial de la Federación publicó 10 nuevas leyendas, imágenes, pictogramas y mensajes de promoción a la salud que deberán figurar en todos los paquetes y etiquetas de productos del tabaco a partir del 1 de diciembre de 2017.
Son 10 mensajes referentes a las enfermedades que ocasiona el consumo de tabaco como impotencia sexual, Enfermedad Pulmonar Obstructiva Crónica (EPOC), riesgo de ceguera, gangrena, el tabaco mata, bajo peso al nacer, artritis reumatoide cáncer de lengua y mama.
El Acuerdo establece que deberán figurar en igualdad de proporción hasta el 31 de mayo de 2020 en cada marca de productos de tabaco que se fabrique, produzca o importe y que sea distribuido dentro del territorio nacional.
“La imagen deberá cubrir al menos el 30% de la parte superior de la cara anterior de la cajetilla o empaque de cigarros, mientras que para el caso de paquetes de productos del tabaco y en todo empaquetado y etiquetado externo de los mismos, cuya superficie resulte insuficiente, las empresas productoras e importadoras de productos del tabaco podrán incorporar la imagen y pictograma en el 50 por ciento de la cara anterior de la cajetilla o empaque de cigarros. En una de las caras laterales deberá tener la leyenda de acuerdo a la enfermedad que se trate, por ejemplo, en el primer mensaje que se refiera a la impotencia sexual será: FUMAR PERJUDICA TU DESEMPEÑO SEXUAL”, señaló en un comunicado la Secretaría de Salud.
El mensaje sanitario deberá estar en el 100 por ciento de la cara posterior del paquete o cajetilla y estará compuesto por el encabezado, mensaje central, contenido, recomendaciones y número telefónico de apoyo para dejar de fumar.
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Las leyendas también son aplicables para los productos del tabaco que al usarse o consumirse no generan humo: "Este producto contiene NICOTINA. La nicotina es una sustancia altamente psicoadictiva. Este producto puede contener AMONIACO. Sustancia tóxica que facilita la absorción de nicotina, manteniendo la adicción. Este producto puede contener PLOMO. Metal tóxico para el cerebro".
La Secretaría de Salud, a través de la Oficina Nacional para el Control del Tabaco de la Comisión Nacional contra las Adicciones, se obliga a tener disponible de manera impresa y electrónica, a efecto de que los modelos contenidos en el mismo puedan ser descargados y utilizados, sin ninguna modificación por parte de la Industria Tabacalera.
Las empresas productoras de productos de tabaco quedan como únicas responsables de la utilización y aplicación en tiempo y forma de las leyendas, imágenes, pictogramas, mensajes sanitarios e información que se contienen, por lo que deberán planificar su programa de impresión de conformidad con su producción.
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