/ viernes 20 de marzo de 2020

Acuerda Consejo de la Judicatura suspensión de atención al público  por contingencia sanitaria

Se acordó declarar como días inhábiles, sin suspensión de labores

En sesión ordinaria del Consejo de la Judicatura del Estado de Tlaxcala se acordó declarar como días inhábiles, sin suspensión de labores, a partir del lunes veintitrés de marzo al diecinueve de abril del año en curso; lo que quiere decir, que no habrá atención al público, derivado de la contingencia sanitaria por Covid-19, informó el Presidente de este organismo colegiado, magistrado Fernando Bernal Salazar.

Especificó el también presidente del Poder Judicial, que como consecuencia, se decreta la suspensión de los términos y plazos respectivos durante dicho periodo. Para la atención de asuntos urgentes deberán establecerse las guardias correspondientes en el Juzgado Penal del Distrito Judicial de Guridi y Alcocer, así como en el Penal del Distrito Judicial de Sánchez Piedras y Especializado en Administración de Justicia para Adolescentes.

“Atendiendo a lo previsto en el artículo 94 del Código Nacional de Procedimientos Penales, en los Juzgados de Control y de Juicio Oral del Distrito Judicial de Guridi y Alcocer y de Control y de Juicio Oral del Distrito Judicial de Sánchez Piedras y Especializado en Justicia para Adolescentes del Estado de Tlaxcala, debiendo establecerse en cada juzgado la guardia respectiva a cargo de uno de los jueces de esa adscripción”.

El magistrado Fernando Bernal Salazar, mencionó que de igual forma, respecto de las medidas de protección previstas en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, y a efecto de facilitar y encausar su atención oportuna ante las instituciones facultadas para su otorgamiento (Ministerio Público, jueces municipales y policías), así como para mediar en asuntos de naturaleza familiar urgentes, se determina que el Centro Estatal de Justicia Alternativa del Estado mantenga también durante dicho periodo la guardia respectiva en esta sede de Ciudad Judicial. Por cuanto hace a las guardias en los juzgados familiares del Distrito Judicial de Cuauhtémoc, éstas deberán realizarse en términos del acuerdo III/33/2018.

El Consejo de la Judicatura, también determinó comunicar los alcances de este acuerdo al Pleno del Tribunal Superior de Justicia, a la presidenta del Tribunal de Justicia Administrativa, a los jueces y responsables de áreas administrativas, a las autoridades federales y estatales que corresponda, así como a la población en general, debiendo publicar el aviso correspondiente en la página electrónica oficial del Poder Judicial del Estado y en el acceso principal a las instalaciones de las sedes de los juzgados foráneos, en el acceso principal de esta sede de Ciudad Judicial, y en el periódico de mayor circulación en el estado.

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En sesión ordinaria del Consejo de la Judicatura del Estado de Tlaxcala se acordó declarar como días inhábiles, sin suspensión de labores, a partir del lunes veintitrés de marzo al diecinueve de abril del año en curso; lo que quiere decir, que no habrá atención al público, derivado de la contingencia sanitaria por Covid-19, informó el Presidente de este organismo colegiado, magistrado Fernando Bernal Salazar.

Especificó el también presidente del Poder Judicial, que como consecuencia, se decreta la suspensión de los términos y plazos respectivos durante dicho periodo. Para la atención de asuntos urgentes deberán establecerse las guardias correspondientes en el Juzgado Penal del Distrito Judicial de Guridi y Alcocer, así como en el Penal del Distrito Judicial de Sánchez Piedras y Especializado en Administración de Justicia para Adolescentes.

“Atendiendo a lo previsto en el artículo 94 del Código Nacional de Procedimientos Penales, en los Juzgados de Control y de Juicio Oral del Distrito Judicial de Guridi y Alcocer y de Control y de Juicio Oral del Distrito Judicial de Sánchez Piedras y Especializado en Justicia para Adolescentes del Estado de Tlaxcala, debiendo establecerse en cada juzgado la guardia respectiva a cargo de uno de los jueces de esa adscripción”.

El magistrado Fernando Bernal Salazar, mencionó que de igual forma, respecto de las medidas de protección previstas en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, y a efecto de facilitar y encausar su atención oportuna ante las instituciones facultadas para su otorgamiento (Ministerio Público, jueces municipales y policías), así como para mediar en asuntos de naturaleza familiar urgentes, se determina que el Centro Estatal de Justicia Alternativa del Estado mantenga también durante dicho periodo la guardia respectiva en esta sede de Ciudad Judicial. Por cuanto hace a las guardias en los juzgados familiares del Distrito Judicial de Cuauhtémoc, éstas deberán realizarse en términos del acuerdo III/33/2018.

El Consejo de la Judicatura, también determinó comunicar los alcances de este acuerdo al Pleno del Tribunal Superior de Justicia, a la presidenta del Tribunal de Justicia Administrativa, a los jueces y responsables de áreas administrativas, a las autoridades federales y estatales que corresponda, así como a la población en general, debiendo publicar el aviso correspondiente en la página electrónica oficial del Poder Judicial del Estado y en el acceso principal a las instalaciones de las sedes de los juzgados foráneos, en el acceso principal de esta sede de Ciudad Judicial, y en el periódico de mayor circulación en el estado.

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