/ sábado 30 de junio de 2018

Amonesta TET a dos candidatos a diputados locales

Por actos anticipados de campaña y por indebida colocación de propaganda, respectivamente

El candidato a diputado local Víctor Castro López, por el Distrito 3, y los partidos Movimiento Regeneración Nacional, del Trabajo y Encuentro Social, son acreedores a una sanción pública por actos anticipados de campaña, fue la amonestación que impuso el Pleno del Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET).

En sesión, resolvió el Procedimiento Especial Sancionador que promovió el Partido Revolucionario Institucional (PRI) por actos anticipados de proselitismo, promoción de imagen e infringir los principios de equidad en la contienda.

La resolución del TET especifica que el candidato y los partidos que lo postulan sí cometieron la infracción en una publicación que realiza un llamado expreso al voto a su favor en etapa de intercampaña, periodo en el que no debe haber referencias expresas a los abanderados.

También, en el Procedimiento Especial Sancionador impusieron una amonestación por la indebida colocación de propaganda electoral en accidente geográfico en contra de Ángel Cocoletzi Cocoletzi, candidato independiente a diputado local por el Distrito 8.

Lo anterior por la pinta de propaganda de propaganda político electoral en accidente geográfico en la avenida Emiliano Zapata, Sección Sexta en Contla de Juan Cuamatzi, Tlaxcala, tras la verificación mediante diligencias ordenadas por la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones.

Asimismo, los magistrados locales declararon la inexistencia de las infracciones atribuidas a José Carlos Serrano Hernández, candidato independiente a diputado local.

El PRI lo acusó de distribución de propaganda electoral en templos religiosos y vulneración a los principios de equidad en la contienda y laicidad.

Pero la conclusión del TET es que no existen medios de pruebas que corroboren que en la parroquia de San Agustín Tlaxco repartieron volantes a favor del independiente, como lo exige la jurisprudencia en el caso de pruebas técnicas, por lo cual es indudable que no existe base para considerar probados los hechos.




El candidato a diputado local Víctor Castro López, por el Distrito 3, y los partidos Movimiento Regeneración Nacional, del Trabajo y Encuentro Social, son acreedores a una sanción pública por actos anticipados de campaña, fue la amonestación que impuso el Pleno del Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET).

En sesión, resolvió el Procedimiento Especial Sancionador que promovió el Partido Revolucionario Institucional (PRI) por actos anticipados de proselitismo, promoción de imagen e infringir los principios de equidad en la contienda.

La resolución del TET especifica que el candidato y los partidos que lo postulan sí cometieron la infracción en una publicación que realiza un llamado expreso al voto a su favor en etapa de intercampaña, periodo en el que no debe haber referencias expresas a los abanderados.

También, en el Procedimiento Especial Sancionador impusieron una amonestación por la indebida colocación de propaganda electoral en accidente geográfico en contra de Ángel Cocoletzi Cocoletzi, candidato independiente a diputado local por el Distrito 8.

Lo anterior por la pinta de propaganda de propaganda político electoral en accidente geográfico en la avenida Emiliano Zapata, Sección Sexta en Contla de Juan Cuamatzi, Tlaxcala, tras la verificación mediante diligencias ordenadas por la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones.

Asimismo, los magistrados locales declararon la inexistencia de las infracciones atribuidas a José Carlos Serrano Hernández, candidato independiente a diputado local.

El PRI lo acusó de distribución de propaganda electoral en templos religiosos y vulneración a los principios de equidad en la contienda y laicidad.

Pero la conclusión del TET es que no existen medios de pruebas que corroboren que en la parroquia de San Agustín Tlaxco repartieron volantes a favor del independiente, como lo exige la jurisprudencia en el caso de pruebas técnicas, por lo cual es indudable que no existe base para considerar probados los hechos.




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