/ miércoles 26 de mayo de 2021

Crean congresistas de Tlaxcala Ley de Guarderías

Deben admitir a infantes con discapacidad y garantizar seguridad y cuidado de los menores

Con el objetivo de lograr el pleno reconocimiento, promoción y protección del interés superior de los niños, protección de sus derechos humanos y su no discriminación, el Congreso de Tlaxcala creó la “Ley de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil del Estado de Tlaxcala”.

El ordenamiento que entrará en vigor una vez que el Ejecutivo lo publique en el Diario Oficial del Estado, consta de 21 capítulos y 92 artículos, mediante los cuales busca dar cumplimiento a diversos ordenamientos en materia de educación, protección civil y a lo establecido en la Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil, aprobada por la Cámara Alta del Congreso de la Unión en septiembre de 2011.

Entre otras cosas, instaura la obligatoriedad para que los “Centros para la atención, cuidado y desarrollo integral infantil” admitan a niños con discapacidad, además de que cada sitio debe contar con la infraestructura adecuada, que garantice las medidas de seguridad y accesibilidad para la atención, cuidado y desarrollo del menor.

Algunas obligaciones de los padres establecen que deben estar al pendiente del desarrollo de su hijo, atender las indicaciones de tipo médico-preventivo que le haga el personal autorizado, participar de manera activa en los programas de capacitación, recoger al infante sin estar bajo los influjos de bebidas embriagantes, drogas, enervantes o cualquier otra sustancia tóxica, entre otros.

El capítulo XII constituye que el gobierno estatal, conforme en el ámbito de su competencia y de acuerdo al Reglamento, otorgará las licencias y autorizaciones respectivas a los Centros, cuando los interesados cumplan con las disposiciones establecidas.

Las causas extraordinarias para la clausura definitiva de un centro tienen que ver con la pérdida de la vida o lesiones graves en un niño, la existencia de delitos sexuales, la no regularización de la situación que dio origen a una suspensión temporal, y la imposibilidad presupuestaria de parte de un municipio, declarada por autoridad competente para seguir manteniendo activo y asegurar la continuidad de su operación.

El nuevo marco normativo fue aprobado por mayoría de votos, pero irónicamente una de las diputadas iniciadoras, María del Rayo Netzahuatl Ilhuicatzi se abstuvo de emitir sus respectivos votos, en lo general y en lo particular.

  • El Consejo Estatal, en coordinación con los ayuntamientos, implementará el Programa Integral de Supervisión, Acompañamiento, Monitoreo y Evaluación del funcionamiento que entre otras cosas busca garantizar el mejoramiento progresivo, evitar la discrecionalidad y la corrupción

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Con el objetivo de lograr el pleno reconocimiento, promoción y protección del interés superior de los niños, protección de sus derechos humanos y su no discriminación, el Congreso de Tlaxcala creó la “Ley de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil del Estado de Tlaxcala”.

El ordenamiento que entrará en vigor una vez que el Ejecutivo lo publique en el Diario Oficial del Estado, consta de 21 capítulos y 92 artículos, mediante los cuales busca dar cumplimiento a diversos ordenamientos en materia de educación, protección civil y a lo establecido en la Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil, aprobada por la Cámara Alta del Congreso de la Unión en septiembre de 2011.

Entre otras cosas, instaura la obligatoriedad para que los “Centros para la atención, cuidado y desarrollo integral infantil” admitan a niños con discapacidad, además de que cada sitio debe contar con la infraestructura adecuada, que garantice las medidas de seguridad y accesibilidad para la atención, cuidado y desarrollo del menor.

Algunas obligaciones de los padres establecen que deben estar al pendiente del desarrollo de su hijo, atender las indicaciones de tipo médico-preventivo que le haga el personal autorizado, participar de manera activa en los programas de capacitación, recoger al infante sin estar bajo los influjos de bebidas embriagantes, drogas, enervantes o cualquier otra sustancia tóxica, entre otros.

El capítulo XII constituye que el gobierno estatal, conforme en el ámbito de su competencia y de acuerdo al Reglamento, otorgará las licencias y autorizaciones respectivas a los Centros, cuando los interesados cumplan con las disposiciones establecidas.

Las causas extraordinarias para la clausura definitiva de un centro tienen que ver con la pérdida de la vida o lesiones graves en un niño, la existencia de delitos sexuales, la no regularización de la situación que dio origen a una suspensión temporal, y la imposibilidad presupuestaria de parte de un municipio, declarada por autoridad competente para seguir manteniendo activo y asegurar la continuidad de su operación.

El nuevo marco normativo fue aprobado por mayoría de votos, pero irónicamente una de las diputadas iniciadoras, María del Rayo Netzahuatl Ilhuicatzi se abstuvo de emitir sus respectivos votos, en lo general y en lo particular.

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