/ viernes 8 de noviembre de 2019

Deberá reponer 11 asambleas el PEST

Se posterga renovación de la dirigencia estatal del instituto político

La renovación del Comité Directivo Estatal del Partido Encuentro Social Tlaxcala (PEST) será postergada por más tiempo.

Lo anterior, luego de la resolución emitida por el Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) en la que invalidó 11 asambleas distritales llevadas a cabo en Calpulalpan, Tlaxco, Yauhquemehcan, Tlaxcala, Chiautempan, Huamantla, Zacatelco, San Pablo del Monte, Panotla y Teolocholco, y que son la antesala del Congreso Estatal en el que será renovada la dirigencia estatal.

Como parte de esa sentencia, los magistrados electorales locales otorgaron a la dirigencia del PEST un plazo de siete días naturales, siguientes a la notificación, para determinar las fechas para la reposición de esas asambleas.

Además, también especificaron que al momento de emitir las nuevas convocatorias para elegir a los miembros de los comités directivos distritales, la dirigencia del instituto político debe incluir las reglas del procedimiento de votación, a efecto de dotar de certeza a los procesos, así como establecer las condiciones de cierre de registro de las personas que acudan a votar.

Será hasta que sean efectuadas dichas asambleas cuando el partido político dirigido por el diputado local, José Luis Garrido Cruz, esté en condiciones de publicar la convocatoria para la realización del Congreso Estatal por medio del cual renovarán los cargos partidarios.

LA SENTENCIA

Al sesionar, los magistrados electorales locales señalaron que en el caso de las asambleas distritales I, II, V, VII, IX, X, XI, XIII y XV “no hubo condiciones estructurales adecuadas… por haberse afectado gravemente el principio de certeza al no haberse dado a conocer las reglas de la votación con antelación a los eventos, ni haber estado previstas en los estatutos”.

En el caso de la realizada en el distrito XII, con cabecera en Teolocholco, fue anulada por el TET puesto que tuvo lugar en uno distinto al señalado en la convocatoria, lo que ocasionó una participación mínima, el registro de solo una planilla y que, por lo tanto, no fueran tomadas las medidas para garantizar que los votantes conocieran la nueva sede.

Con relación al distrito VI, con cabecera en Panotla, los magistrados electorales determinaron que es inválida ya que se cerró el registro de votantes para la asamblea cuando todavía había gente formada para votar, aún sin existir en la convocatoria una hora que determinara los tiempos.

LA PRIMERA ASAMBLEA INVALIDADA

La invalidación de esas 11 asambleas distritales se suma a la del distrito XIV, con cabecera en Nativitas, que fue anulada por el TET debido a que quienes participaron en ella conocieron las reglas de la votación hasta en el momento del congreso.

En este caso, la Sala Regional de la Ciudad de México ordenó al PEST emitir una nueva convocatoria para elegir a los integrantes del Comité Directivo Distrital, pero en la que deberá precisar la forma en la que realizará su elección.

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Como parte de esa sentencia, los magistrados electorales locales otorgaron a la dirigencia del PEST un plazo de siete días naturales, siguientes a la notificación, para determinar las fechas para la reposición de esas asambleas.

Además, también especificaron que al momento de emitir las nuevas convocatorias para elegir a los miembros de los comités directivos distritales, la dirigencia del instituto político debe incluir las reglas del procedimiento de votación, a efecto de dotar de certeza a los procesos, así como establecer las condiciones de cierre de registro de las personas que acudan a votar.

Será hasta que sean efectuadas dichas asambleas cuando el partido político dirigido por el diputado local, José Luis Garrido Cruz, esté en condiciones de publicar la convocatoria para la realización del Congreso Estatal por medio del cual renovarán los cargos partidarios.

LA SENTENCIA

Al sesionar, los magistrados electorales locales señalaron que en el caso de las asambleas distritales I, II, V, VII, IX, X, XI, XIII y XV “no hubo condiciones estructurales adecuadas… por haberse afectado gravemente el principio de certeza al no haberse dado a conocer las reglas de la votación con antelación a los eventos, ni haber estado previstas en los estatutos”.

En el caso de la realizada en el distrito XII, con cabecera en Teolocholco, fue anulada por el TET puesto que tuvo lugar en uno distinto al señalado en la convocatoria, lo que ocasionó una participación mínima, el registro de solo una planilla y que, por lo tanto, no fueran tomadas las medidas para garantizar que los votantes conocieran la nueva sede.

Con relación al distrito VI, con cabecera en Panotla, los magistrados electorales determinaron que es inválida ya que se cerró el registro de votantes para la asamblea cuando todavía había gente formada para votar, aún sin existir en la convocatoria una hora que determinara los tiempos.

LA PRIMERA ASAMBLEA INVALIDADA

La invalidación de esas 11 asambleas distritales se suma a la del distrito XIV, con cabecera en Nativitas, que fue anulada por el TET debido a que quienes participaron en ella conocieron las reglas de la votación hasta en el momento del congreso.

En este caso, la Sala Regional de la Ciudad de México ordenó al PEST emitir una nueva convocatoria para elegir a los integrantes del Comité Directivo Distrital, pero en la que deberá precisar la forma en la que realizará su elección.

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