El litigio iniciado hace casi medio año por la diputada local Irma Yordana Garay Loredo, en contra de 13 de sus homólogos y líderes de cuatro partidos políticos por presuntamente haber incurrido en violencia política por razón de género, llegó a su fin.
Y es que esta tarde, los integrantes de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) desecharon de plano el medio de inconformidad promovido por la diputada del Partido del Trabajo y otros legisladores, y con ello, los magistrados federales confirmaron la resolución emitida hace poco menos de un mes por la Sala Regional.
La Sala Superior determinó que, al igual que asuntos similares de otros estados, el Recurso de Reconsideración de Garay Loredo es improcedente porque en el fallo combatido no se analizó algún planteamiento de constitucionalidad o convencionalidad que pueda ser revisado, pues "en cada caso los responsables solo analizarán aspectos de legalidad".
Dicho proyecto fue avalado con el voto en contra de los magistrados Reyes Rodríguez Mondragón y Janine Otálora Malassis, quienes consideraron que sí debía analizarse puesto que cumple con el requisito de constitucionalidad y que además era necesario revisar los alcances de la reforma constitucional de paridad de género y la vinculación con la protección de los derechos políticos y electorales en el ejercicio del cargo de las legisladoras.
A mediados de octubre pasado, los magistrados de la Sala Regional determinaron que en la modificación integración de los órganos internos del Congreso local, hecha en mayo, no hubo violencia política por razón de género.
Y señalaron que la integración de las comisiones ordinarias y los órganos internos de gobierno del poder legislativo están exentos del control judicial, y que esos actos se encuentran en el ámbito parlamentario legislativo, por lo que no podían ser revisados por la actividad jurisdiccional electoral.