Al no tener tiempo suficiente, los diputados locales aprobarán las cuentas públicas 2019 restantes hasta enero del siguiente año.
En entrevista, la diputada del Partido de la Revolución Democrática (PRD), Laura Yamili Flores Lozano, indicó que actualmente esas cuentas que fueron remitidas por el Órgano de Fiscalización Superior (OFS) todavía no han sido dictaminadas en la Comisión de Finanzas y Fiscalización, pues se trata de un proceso de análisis que requiere de tiempo.
“El otro día intentamos seguir con la dictaminación de las que faltan, pero sí nos tardamos porque hacerlo requiere de tiempo, tiene su grado de complejidad y es un tema que definitivamente no sale un día, sobre todo porque son lecturas largas”, expresó.
Agregó que en los dictámenes que faltan, la mayoría viene en sentido negativo (reprobado), y que en caso de mantenerse así la lectura en el pleno será de más de una hora, de ahí que ya no tienen tiempo para subirlas y avalarlas.
Señaló que al tratarse de un atraso legislativo a consecuencia de la pandemia por Covid-19, analizan la posibilidad de que aplazar su aprobación en el pleno sea un acuerdo interno entre los 25 diputados locales o un acuerdo que forzosamente tenga que ser sometido a votación del pleno.
Indicó que la intención de prolongar los tiempos es que el análisis de las cuentas públicas del pasado ejercicio fiscal no se haga al “vapor”, pues, desde su perspectiva, es necesario dar certeza a ese proceso.
Mencionó que en las audiencias de los titulares de los entes fiscalizables dieron panoramas distintos del informe de resultados y, en caso de que cambie el sentido de alguno, deberá estar sustentado de forma correcta y no será modificado por intereses personales.
De los 107 estados financieros, al momento han sido aprobados 81.
QUÉ DICE LA LEY
El artículo 54 de la Constitución local señala que los diputados locales deberán dictaminar anualmente las cuentas públicas de los poderes, municipios, organismos autónomos y demás entes públicos fiscalizables, basándose en el informe que remita el Órgano de Fiscalización Superior.
Además, indica que la dictaminación deberá efectuarse a más tardar el 31 de agosto posterior al ejercicio fiscalizado.
“En el año de elecciones para la renovación del Poder Ejecutivo, la fecha límite para la dictaminación del periodo enero-septiembre de ese año será el quince de diciembre, mientras que el trimestre restante octubre-diciembre se sujetará al periodo ordinario de presentación y dictaminación”.
La intención de prolongar los tiempos es que el análisis de las cuentas públicas del pasado ejercicio fiscal no se haga al “vapor”.
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