/ miércoles 29 de junio de 2022

Emite recomendación la CEDH para Apizaco, por muerte en separos mucipales

La institución halló diversas violaciones por parte de elementos de seguridad pública

La Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) emitió la recomendación 03/2022, al alcalde del municipio de Apizaco, Pablo Badillo Sánchez, por el supuesto suicidio de una mujer registrado el pasado tres de enero de la presenta anualidad, en el centro de detención municipal.

Esto, después de que el organismo autónomo determinó que seis elementos adscritos a la Dirección de Seguridad Pública Municipal incurrieron en diversas faltas, como violaciones al derecho a la vida, la legalidad, seguridad jurídica, así como su integridad.

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Tras analizar las evidencias integradas al expediente, la CEDH estableció que existen elementos suficientes que acreditan las violaciones a los derechos humanos en contra de la víctima, debido a que los elementos de seguridad pública municipal incurrieron en omisiones al momento de la detención.

El organismo sostuvo que no hubo conocimiento al médico a cargo para que certificara el estado de salud de la víctima y no hacer el resguardo debido de sus pertenencias, como lo establece el Protocolo Nacional de Actuación de Primer Respondiente.

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Por lo tanto, la Comisión definió que los seis elementos de seguridad pública (hombres y mujeres) “son responsables de actos y omisiones por la inobservancia de deberes jurídicos, propios de todo servidor público”

PUNTOS RECOMENDATORIOS

Así, el municipio tendrá que atender diez puntos recomendatorios emitidos por la CEDH a fin de reparar las violaciones a los derechos humanos de la víctima.

El primero establece que el presidente municipal de Apizaco, Pablo Badillo, iniciará un procedimiento administrativo sancionador ante el Consejo de Honor y Justicia, en contra de seis elementos de seguridad pública municipal, para substanciar el procedimiento de investigación y calificar la o las faltas cometidas, para substanciarlas.

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  • Los elementos de seguridad tendrán que recibir capacitación sobre sus obligaciones y respeto a los derechos humanos
  • Las víctimas indirectas de este caso, serán inscritas en el Registro Estatal de Víctimas, a cargo de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas y Ofendidos.

6 ELEMENTOS elementos adscritos a la Dirección de Seguridad Pública Municipal incurrieron en diversas faltas, como violaciones al derecho a la vida

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La Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) emitió la recomendación 03/2022, al alcalde del municipio de Apizaco, Pablo Badillo Sánchez, por el supuesto suicidio de una mujer registrado el pasado tres de enero de la presenta anualidad, en el centro de detención municipal.

Esto, después de que el organismo autónomo determinó que seis elementos adscritos a la Dirección de Seguridad Pública Municipal incurrieron en diversas faltas, como violaciones al derecho a la vida, la legalidad, seguridad jurídica, así como su integridad.

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Tras analizar las evidencias integradas al expediente, la CEDH estableció que existen elementos suficientes que acreditan las violaciones a los derechos humanos en contra de la víctima, debido a que los elementos de seguridad pública municipal incurrieron en omisiones al momento de la detención.

El organismo sostuvo que no hubo conocimiento al médico a cargo para que certificara el estado de salud de la víctima y no hacer el resguardo debido de sus pertenencias, como lo establece el Protocolo Nacional de Actuación de Primer Respondiente.

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Por lo tanto, la Comisión definió que los seis elementos de seguridad pública (hombres y mujeres) “son responsables de actos y omisiones por la inobservancia de deberes jurídicos, propios de todo servidor público”

PUNTOS RECOMENDATORIOS

Así, el municipio tendrá que atender diez puntos recomendatorios emitidos por la CEDH a fin de reparar las violaciones a los derechos humanos de la víctima.

El primero establece que el presidente municipal de Apizaco, Pablo Badillo, iniciará un procedimiento administrativo sancionador ante el Consejo de Honor y Justicia, en contra de seis elementos de seguridad pública municipal, para substanciar el procedimiento de investigación y calificar la o las faltas cometidas, para substanciarlas.

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  • Los elementos de seguridad tendrán que recibir capacitación sobre sus obligaciones y respeto a los derechos humanos
  • Las víctimas indirectas de este caso, serán inscritas en el Registro Estatal de Víctimas, a cargo de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas y Ofendidos.

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