/ sábado 1 de diciembre de 2018

Emplaza TET a Congreso para garantizar derechos de indígenas

Los congresistas excusaron actividades legislativas prematuras, lo mismo que la integración de comisiones

El pleno del Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) nuevamente otorgó otros 30 días al Congreso local para que rinda un informe sobre el cumplimiento de la sentencia del expediente 336/2016, que resolvió garantizar de forma idónea y eficaz los derechos político-electorales de los pueblos y comunidades indígenas.

Ayer, los juristas abordaron en lo particular lo referente al derecho a elegir en los municipios con población indígena representantes ante los ayuntamientos, derivado del juicio ciudadano promovido por Viviana Hernández Papalotzi, Sonia Ghorethi Muñoz, Paula Domínguez Navajera, Erika Corona Mazariegos, Abelino Benitez Texcunano y otros.

Los actores se autoadscribieron como indígenas e impugnaron la falta de respuesta favorable por parte del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones, en relación a la solicitud de su registro como regidores e integrantes de los ayuntamientos.

En su impugnación, los actores señalaron la omisión legislativa por la falta de regulación en la legislación local, de un mecanismo que garantizara la participación y representación de los pueblos y comunidades indígenas en los ayuntamientos.

Así, después de un análisis exhaustivo del marco jurídico en la materia, el TET dictó resolución definitiva mediante la cual les dio la razón y dio vista al Congreso para que, en ejercicio de su libertad de configuración legislativa, garantizara los derechos político-electorales de esas comunidades.

Sin embargo, los congresistas argumentaron que las actividades legislativas fueron prematuras, lo mismo que la integración de las comisiones, lo cual ha impedido garantizar de forma idónea y eficaz la legislación en materia.

El otorgamiento del plazo se debió no sólo a esos motivos, sino también a que el Legislativo les informó que para el cumplimiento de la sentencia “implica realizar previamente una consulta a la población indígena existente en la entidad y con posterioridad emitir las normas respectivas”.

ANTECEDENTE

  • El TET había concedido un primer plazo de seis meses contados a partir de la conclusión del proceso electoral extraordinario 2017, pero no fue cumplido.

Más información:

El pleno del Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) nuevamente otorgó otros 30 días al Congreso local para que rinda un informe sobre el cumplimiento de la sentencia del expediente 336/2016, que resolvió garantizar de forma idónea y eficaz los derechos político-electorales de los pueblos y comunidades indígenas.

Ayer, los juristas abordaron en lo particular lo referente al derecho a elegir en los municipios con población indígena representantes ante los ayuntamientos, derivado del juicio ciudadano promovido por Viviana Hernández Papalotzi, Sonia Ghorethi Muñoz, Paula Domínguez Navajera, Erika Corona Mazariegos, Abelino Benitez Texcunano y otros.

Los actores se autoadscribieron como indígenas e impugnaron la falta de respuesta favorable por parte del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones, en relación a la solicitud de su registro como regidores e integrantes de los ayuntamientos.

En su impugnación, los actores señalaron la omisión legislativa por la falta de regulación en la legislación local, de un mecanismo que garantizara la participación y representación de los pueblos y comunidades indígenas en los ayuntamientos.

Así, después de un análisis exhaustivo del marco jurídico en la materia, el TET dictó resolución definitiva mediante la cual les dio la razón y dio vista al Congreso para que, en ejercicio de su libertad de configuración legislativa, garantizara los derechos político-electorales de esas comunidades.

Sin embargo, los congresistas argumentaron que las actividades legislativas fueron prematuras, lo mismo que la integración de las comisiones, lo cual ha impedido garantizar de forma idónea y eficaz la legislación en materia.

El otorgamiento del plazo se debió no sólo a esos motivos, sino también a que el Legislativo les informó que para el cumplimiento de la sentencia “implica realizar previamente una consulta a la población indígena existente en la entidad y con posterioridad emitir las normas respectivas”.

ANTECEDENTE

  • El TET había concedido un primer plazo de seis meses contados a partir de la conclusión del proceso electoral extraordinario 2017, pero no fue cumplido.

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