/ sábado 23 de enero de 2021

Empresas serias no necesitan ampararse

Contagios fueron porque descansaron a los empleados y salieron a “pachangas”, señala asesor jurídico de la CTM

Las empresas serias no tendrán la necesidad de recurrir a amparos para oponerse a la posibilidad de que el Covid-19 sea considerado un riesgo de trabajo, toda vez que pueden comprobar las acciones para cuidar a su personal, como la dotación de indumentos de bioseguridad y protocolos de acceso, aseveró José Reyes Peña Pérez, titular del área jurídica de la Confederación de Trabajadores de México (CTM).

Lo anterior porque el pasado ocho de enero fue publicado el Acuerdo dictado por el Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social, en el cual se determina que ese padecimiento puede ser considerado un riesgo, por lo que se incrementarían las primas que los empleadores pagan al Instituto.

El abogado estableció que en Derecho existe el principio de acreditar cualquier reclamo o queja que se haga por parte del demandante y es ahí donde entrarían inspecciones físicas para observar si en el trabajo hay factores de riesgo.

“Pero las empresas que cumplen con todos los protocolos para cuidar a sus empleados no debe preocuparse por ello, ya que es comprobable la sanitización, la aplicación de gel antibacterial, la entrega de cubrebocas, mascarillas, guantes y desinfectantes”, detalló.

En segundo término, refirió que si es declarada como riesgo de trabajo, la obligación quedará subrogada al seguro social y si la empresa tiene dados de alta a sus trabajadores, no tiene de qué preocuparse.

“Quienes deben inquietarse son las empresas que no cumplen con las prestaciones y seguramente esas son las que más se oponen a la iniciativa de ley, pues saben de su incumplimiento y falta de compromiso con su mano de obra, para las empresas de diez o serias no habrá ningún problema”, insistió.

Para resolver la controversia legal, sostuvo que debe combinarse la ciencia médica con la jurídica, “pero por ejemplo, si un trabajador se presenta a su área de trabajo con algún síntoma y los filtros lo detectan, no entra, así de sencillo y así debe ser en todas las plantas, por lo que es un hecho comprobable y no hay de qué preocuparse”.

De las empresas que están afiliadas con CTM en Tlaxcala, los contagios que se han dado es porque los mandaron a descansar a sus domicilios y salen a pachangas

José Reyes Peña Pérez / titular del área jurídica de la CTM

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Las empresas serias no tendrán la necesidad de recurrir a amparos para oponerse a la posibilidad de que el Covid-19 sea considerado un riesgo de trabajo, toda vez que pueden comprobar las acciones para cuidar a su personal, como la dotación de indumentos de bioseguridad y protocolos de acceso, aseveró José Reyes Peña Pérez, titular del área jurídica de la Confederación de Trabajadores de México (CTM).

Lo anterior porque el pasado ocho de enero fue publicado el Acuerdo dictado por el Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social, en el cual se determina que ese padecimiento puede ser considerado un riesgo, por lo que se incrementarían las primas que los empleadores pagan al Instituto.

El abogado estableció que en Derecho existe el principio de acreditar cualquier reclamo o queja que se haga por parte del demandante y es ahí donde entrarían inspecciones físicas para observar si en el trabajo hay factores de riesgo.

“Pero las empresas que cumplen con todos los protocolos para cuidar a sus empleados no debe preocuparse por ello, ya que es comprobable la sanitización, la aplicación de gel antibacterial, la entrega de cubrebocas, mascarillas, guantes y desinfectantes”, detalló.

En segundo término, refirió que si es declarada como riesgo de trabajo, la obligación quedará subrogada al seguro social y si la empresa tiene dados de alta a sus trabajadores, no tiene de qué preocuparse.

“Quienes deben inquietarse son las empresas que no cumplen con las prestaciones y seguramente esas son las que más se oponen a la iniciativa de ley, pues saben de su incumplimiento y falta de compromiso con su mano de obra, para las empresas de diez o serias no habrá ningún problema”, insistió.

Para resolver la controversia legal, sostuvo que debe combinarse la ciencia médica con la jurídica, “pero por ejemplo, si un trabajador se presenta a su área de trabajo con algún síntoma y los filtros lo detectan, no entra, así de sencillo y así debe ser en todas las plantas, por lo que es un hecho comprobable y no hay de qué preocuparse”.

De las empresas que están afiliadas con CTM en Tlaxcala, los contagios que se han dado es porque los mandaron a descansar a sus domicilios y salen a pachangas

José Reyes Peña Pérez / titular del área jurídica de la CTM

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