Con la publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de la Ley de Protección al Ambiente y el Desarrollo Sostenible, aprobada por el Congreso del Estado el pasado 26 de mayo, quedó establecido el 1 de enero de 2024 como fecha límite para que en la entidad se dejen de producir plásticos de un solo uso.
Con la emisión del Decreto número 106, que da vida a este ordenamiento, las autoridades estatales tendrán que implementar el Programa Técnico Ambiental para afrontar al cambio climático, e integrar medios alternativos para la transición gradual en la utilización de plásticos de un solo uso, popotes y recipientes de unicel.
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Se entiende como plásticos de un solo uso a aquellos que no están sujetos a un plan de manejo obligatorio y que no son reutilizables, reciclables, compostables, ni son susceptibles de valorización o aprovechamiento. Por eso, como parte de estas acciones, el programa deberá determinar el cese en la elaboración de popotes a partir del 1 de julio de 2024 y, de recipientes de unicel el primer día de enero de 2025.
Además, para llevar a cabo la transición de plásticos de un solo uso, popotes y recipientes de unicel, el fomento del reciclaje, el reúso y la reducción de productos altamente contaminantes, de forma gradual, para dar cumplimiento al nuevo ordenamiento.
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LAS OBLIGACIONES
Con la entrada en vigor de la Ley de Protección al Ambiente y el Desarrollo Sostenible de Tlaxcala, el Ejecutivo Estatal, por conducto de la Secretaría de Medio Ambiente, desarrollará los lineamientos para llevar a cabo la transición gradual de dichos plásticos.
A excepción de aquellos plásticos que, por motivos de salud, uso médico, cosmético, preservación de alimentos, higiene o inocuidad, que cumplan con la normatividad sanitaria y de manejo aplicable, no puedan ser sustituidos por otros materiales.
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Mediante el Programa Técnico Ambiental, las autoridades deberán establecer planes de manejo para que las empresas que se dediquen a la producción, venta, uso y entrega de plásticos de un solo uso, popotes y recipientes de unicel, conozcan los requisitos técnicos para elaborar, vender, usar y entregar productos biodegradables.
También, contribuirán con campañas de información, difusión y concientización dirigidas a la población, respecto de la importancia de realizar acciones de separación de residuos, así como de plásticos de un solo uso, popotes y recipientes de unicel.
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En tanto, la Procuraduría de Protección al Ambiente del Estado de Tlaxcala, estará encargada de diseñar la autorregulación y auditoría ambiental en industrias, comercios, establecimientos de servicio, así como en el sector público, así como contemplar la emisión de certificados ambientales.
Asimismo, los ayuntamientos estarán obligados a integrar Consejos Municipales de Medio Ambiente, orientados a atender problemáticas específicas, entre las que destacan las campañas de concientización para la transición de plásticos de un solo uso.
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En caso de incumplimientos, la nueva ley refiere, que podrá ser motivo de sanción económica equivalente entre 500 y 30 mil 430 UMAs, el que los establecimientos no cumplan con la recolección, acopio, transporte y transferencia, reciclado, reutilización, coprocesamiento, tratamiento y sitios de disposición final de los residuos sólidos urbanos y de manejo especial.
Si la infracción es reiterada, la sanción se duplicará independientemente de las demás sanciones a que se haga acreedor el infractor reincidente.
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LOS PLAZOS
La Secretaría de Medio Ambiente, dentro de los 120 días siguientes a la entrada en vigor del presente Decreto, convocarán a la comunidad académica, científica, las cámaras de industriales y de comercio, asociaciones civiles y sociedad organizada, a colaborar y elaborar el Programa Técnico Ambiental para afrontar al cambio climático.
Este tendrá que incluir los medios alternativos para la transición de plásticos de un solo uso, popotes y recipientes de unicel, como el reciclaje, el reúso, compostaje, aprovechamiento energético y la reducción de productos altamente contaminantes.
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Con la entrada en vigor de la presente Ley, desde el 3 de junio de 2022, los municipios deberán inspeccionar y vigilar el cumplimiento de las disposiciones normativas para combatir el cambio climático, pudiendo imponer las sanciones administrativas y pecuniarias, en caso de incumplimiento.
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