Los servidores públicos ya podrán gozar de un periodo más amplio de licencia de paternidad, tras ser publicada la reforma a la Ley Laboral de los Servidores Públicos aprobada por el Congreso local.
De 10 a 45 días paso esta prestación para quienes se desempeñan en el ámbito público, con la intención de garantizar la igualdad de derechos entre los progenitores y será aplicable en caso de nacimiento de sus menores hijos o por adopción.
La reforma que impulsó la diputada de Movimiento Regeneración Nacional, Gabriela Brito Jiménez, fue publicada en el Periódico Oficial del Estado con lo que cobra vigencia y permitirá que para este año apliquen los beneficios a todos los servidores públicos-
Cabe señalar que todos los servidores públicos tendrán derecho a la licencia de paternidad, que podrá ser otorgada previa presentación del certificado médico correspondiente, que avale el nacimiento de su hijo o hija.
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Para ello, gozará de un permiso de 45 días naturales con goce de sueldo, plazo que empezará a contar desde el día uno del parto.
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Además, la normativa establece que la licencia también será aplicable por adopción con goce de sueldo a los padres y madres que en forma individual o en pareja, se le conceda el cuidado de una niña o niño.
- 35 días fue la ampliación de la licencia de paternidad pues pasó de 10 a 45 días, y los progenitores podrán seguir percibiendo su sueldo.
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