/ viernes 23 de abril de 2021

#Entérate. Tlaxcaltecas podrán ampararse vs. Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil

El polémico padrón pretende reunir los datos personales y biométricos de los usuarios de celulares, pero ¿qué pasará con aquellos que nieguen su información? Aquí te lo decimos

En Tlaxcala, Los usuarios tlaxcaltecas podrán ampararse contra el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil, el cual les exigirá que proporcionen sus datos biométricos, aseguró el presidente del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Tlaxcala (IAP-Tlax), Didier López Sánchez.

La minuta de reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión proveniente de la Cámara de Diputados, establece que los ciudadanos que deseen tener una línea telefónica móvil, deben proporcionar al gobierno sus huellas dactilares, escaneo del iris, de retina de los ojos, reconocimiento facial y geometría de la mano.

Sin embargo, López Sánchez reiteró que, de acuerdo al artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, solo el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) puede interponer una acción de constitucionalidad.

“Esta institución solo puede ejercitar una acción de esta naturaleza contra legislación local, pero los ciudadanos podrán ejercitar el juicio de amparo y, en ambos casos, podrán ejercitarse a partir de la publicación de la ley respectiva”, soltó.

Agregó que para el INAI, los datos biométricos “son las propiedades físicas, fisiológicas, de comportamiento o rasgos de la personalidad. Estas son atribuibles a una sola persona y que son medibles”.

Mencionó que a diferencia de una contraseña que puede ser cambiada por otra, la información biométrica no puede modificarse, por tanto, da acceso a la identidad exclusiva de una persona y otorgar esos datos garantiza mejor seguridad, pero también mayor responsabilidad en su utilización.

Finalmente, refirió que todo dato personal está protegido por la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares y por la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados.

¿CÓMO FUNCIONA EL NUEVO PADRÓN DE TELEFONÍA MÓVIL?

-Cada titular de una tarjeta SIM deberá facilitar a su operadora telefónica su nombre, dirección, nacionalidad, número de documento de identidad con fotografía y la toma de datos biométricos, entre otros.

-En los datos biométricos, pueden ser desde las huellas dactilares a la identificación de voz del cliente, reconocimiento facial o el escaneo de iris, aunque será el Instituto Federal de Telecomunicación (IFT) el que determine cuál o cuáles serán obligatorios, debido a que la norma aún no lo específica.

-Los usuarios tendrán un plazo de dos años para brindar lo requeridos a partir de la publicación del decreto, de lo contrario, se realizará la cancelación de forma inmediata “sin derecho a reactivación, pago o indemnización alguna”.

Aunque ya ha causado polémica por tratarse de datos tan personales, según el gobierno, esta información –de unas 126 millones de línea de telefonía- podría evitar la comisión de delitos como extorsiones telefónicas o secuestros.

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En Tlaxcala, Los usuarios tlaxcaltecas podrán ampararse contra el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil, el cual les exigirá que proporcionen sus datos biométricos, aseguró el presidente del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Tlaxcala (IAP-Tlax), Didier López Sánchez.

La minuta de reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión proveniente de la Cámara de Diputados, establece que los ciudadanos que deseen tener una línea telefónica móvil, deben proporcionar al gobierno sus huellas dactilares, escaneo del iris, de retina de los ojos, reconocimiento facial y geometría de la mano.

Sin embargo, López Sánchez reiteró que, de acuerdo al artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, solo el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) puede interponer una acción de constitucionalidad.

“Esta institución solo puede ejercitar una acción de esta naturaleza contra legislación local, pero los ciudadanos podrán ejercitar el juicio de amparo y, en ambos casos, podrán ejercitarse a partir de la publicación de la ley respectiva”, soltó.

Agregó que para el INAI, los datos biométricos “son las propiedades físicas, fisiológicas, de comportamiento o rasgos de la personalidad. Estas son atribuibles a una sola persona y que son medibles”.

Mencionó que a diferencia de una contraseña que puede ser cambiada por otra, la información biométrica no puede modificarse, por tanto, da acceso a la identidad exclusiva de una persona y otorgar esos datos garantiza mejor seguridad, pero también mayor responsabilidad en su utilización.

Finalmente, refirió que todo dato personal está protegido por la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares y por la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados.

¿CÓMO FUNCIONA EL NUEVO PADRÓN DE TELEFONÍA MÓVIL?

-Cada titular de una tarjeta SIM deberá facilitar a su operadora telefónica su nombre, dirección, nacionalidad, número de documento de identidad con fotografía y la toma de datos biométricos, entre otros.

-En los datos biométricos, pueden ser desde las huellas dactilares a la identificación de voz del cliente, reconocimiento facial o el escaneo de iris, aunque será el Instituto Federal de Telecomunicación (IFT) el que determine cuál o cuáles serán obligatorios, debido a que la norma aún no lo específica.

-Los usuarios tendrán un plazo de dos años para brindar lo requeridos a partir de la publicación del decreto, de lo contrario, se realizará la cancelación de forma inmediata “sin derecho a reactivación, pago o indemnización alguna”.

Aunque ya ha causado polémica por tratarse de datos tan personales, según el gobierno, esta información –de unas 126 millones de línea de telefonía- podría evitar la comisión de delitos como extorsiones telefónicas o secuestros.

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