/ domingo 29 de septiembre de 2024

Fija Congreso local 70 puntos como mínimo para aprobar cuentas públicas del primer semestre de 2024

El Congreso del Estado validó el decálogo para dictaminar los estados financieros

Para la dictaminación de la cuenta pública del periodo comprendido del primero de enero al 30 de junio de 2024, el Congreso del Estado aprobó que los entes fiscalizables que obtengan una puntuación de 70 puntos de 100 posibles sean los que aprueben sus estados financieros, con base en un decálogo que, entre otros aspectos, calificará la presentación de cuenta pública, el probable daño patrimonial y casos de omisión a procedimientos de adjudicación.

En este sentido, el Congreso del Estado basará su calificación en lo señalado en el informe individual, documento que contiene los resultados de la revisión y fiscalización superior de la cuenta pública de los entes que emite el Órgano de Fiscalización Superior (OFS).

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Sin embargo, el dictamen avalado por unanimidad de votos puntualiza que la dictaminación de los informes individuales no suspende el trámite de las acciones promovidas por el OFS, pues éstas seguirán el procedimiento previsto en la Ley, además de que la comisión analizadora no podrá recibir propuestas de solventación de las observaciones y recomendaciones emitidas por dicho órgano.

Asimismo, señala que el OFS entregará el informe individual del resultado de la revisión y fiscalización de la cuenta pública de cada uno de los entes fiscalizables al Congreso en documento físico, impreso y en formato digital, a través de la Comisión, a más tardar el primero de octubre del 2024 y el Legislativo deberá concluir a más tardar el 15 de diciembre próximo la dictaminación.

De igual forma, subraya que el informe individual referido deberá contener el alcance, objeto y criterios de revisión; procedimientos de auditoría; resultados de revisión y fiscalización superior; posible afectación a la Hacienda Pública o al patrimonio; estado de la deuda pública; estado que guardan las observaciones y recomendaciones emitidas y la descripción de las observaciones pendientes de solventar, entre otros.

Más información: ➡️ Concluyó Congreso local dictaminación de cuentas públicas del ejercicio 2023

Además, manifiesta que una vez remitidos al Congreso local los informes individuales, el OFS no podrá realizar auditorías y revisiones adicionales, ni podrá emitir más cédulas de resultados a la cuenta pública del ejercicio fiscal antes mencionado, de ahí que esos documentos tendrán carácter de públicos a partir de la fecha de su entrega a la comisión y se publicarán en el sitio de internet del OFS.

La comisión deberá conocer, revisar y analizar los informes individuales remitidos por el OFS, a efecto de proponer al Pleno del Congreso el dictamen de la cuenta pública de los entes fiscalizables.


Para la dictaminación de la cuenta pública del periodo comprendido del primero de enero al 30 de junio de 2024, el Congreso del Estado aprobó que los entes fiscalizables que obtengan una puntuación de 70 puntos de 100 posibles sean los que aprueben sus estados financieros, con base en un decálogo que, entre otros aspectos, calificará la presentación de cuenta pública, el probable daño patrimonial y casos de omisión a procedimientos de adjudicación.

En este sentido, el Congreso del Estado basará su calificación en lo señalado en el informe individual, documento que contiene los resultados de la revisión y fiscalización superior de la cuenta pública de los entes que emite el Órgano de Fiscalización Superior (OFS).

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Sin embargo, el dictamen avalado por unanimidad de votos puntualiza que la dictaminación de los informes individuales no suspende el trámite de las acciones promovidas por el OFS, pues éstas seguirán el procedimiento previsto en la Ley, además de que la comisión analizadora no podrá recibir propuestas de solventación de las observaciones y recomendaciones emitidas por dicho órgano.

Asimismo, señala que el OFS entregará el informe individual del resultado de la revisión y fiscalización de la cuenta pública de cada uno de los entes fiscalizables al Congreso en documento físico, impreso y en formato digital, a través de la Comisión, a más tardar el primero de octubre del 2024 y el Legislativo deberá concluir a más tardar el 15 de diciembre próximo la dictaminación.

De igual forma, subraya que el informe individual referido deberá contener el alcance, objeto y criterios de revisión; procedimientos de auditoría; resultados de revisión y fiscalización superior; posible afectación a la Hacienda Pública o al patrimonio; estado de la deuda pública; estado que guardan las observaciones y recomendaciones emitidas y la descripción de las observaciones pendientes de solventar, entre otros.

Más información: ➡️ Concluyó Congreso local dictaminación de cuentas públicas del ejercicio 2023

Además, manifiesta que una vez remitidos al Congreso local los informes individuales, el OFS no podrá realizar auditorías y revisiones adicionales, ni podrá emitir más cédulas de resultados a la cuenta pública del ejercicio fiscal antes mencionado, de ahí que esos documentos tendrán carácter de públicos a partir de la fecha de su entrega a la comisión y se publicarán en el sitio de internet del OFS.

La comisión deberá conocer, revisar y analizar los informes individuales remitidos por el OFS, a efecto de proponer al Pleno del Congreso el dictamen de la cuenta pública de los entes fiscalizables.


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