/ miércoles 2 de marzo de 2022

Fijan plazos para presentar informes de ayuntamientos

Deberán presentar por escrito en sesión de cabildo un informe anual de sus actividades

Integrantes de la LXIV legislatura aprobaron una serie de reformas a la Ley Municipal del Estado de Tlaxcala, con la que establecieron que de manera anual dentro de los primeros 15 días del mes de agosto, los integrantes de los ayuntamientos deberán presentar por escrito en sesión de cabildo un informe anual de sus actividades.

Con excepción del presidente municipal que tendrá que remitir de manera anual un informe por escrito, a más tardar el tercer sábado del mes de diciembre, a los integrantes del ayuntamiento de la situación que guarda su administración.

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Los regidores, conforme a una reforma al artículo 40, informarán semestralmente, en los meses de junio y diciembre, los avances del cumplimiento de su Programa Operativo anual ante el cabildo y además deberán señalar el horario de atención para el público.

Cabe señalar que será el cabildo el que avale el horario de atención al público y el Programa Operativo Anual, el cual deberá estar armonizado con el Plan Municipal de Desarrollo, además de presentarse en el mes de enero de cada año.

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Esta disposición pretende que cuando se realice la renovación ordinaria de los ayuntamientos, puedan llevarse a cabo las modificaciones pertinentes tras la aprobación de la planeación municipal.

De manera inmediata, resultado de la reforma al artículo 71 de la mencionada ley, no podrá designarse para ocupar cargos en la administración pública municipal a quien se le haya fincado responsabilidad mediante resolución ejecutoria por la comisión de faltas administrativas graves.

Más información: ➡️ Sin daños en Tlaxcala por sismo: Protección Civil

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