/ martes 21 de agosto de 2018

Firme, senaduría de Hernández: TEPJF

SÍ REBASÓ GASTOS DE CAMPAÑA, PERO NO DEL 5 %

  • La oriunda de Texoloc estará en la Cámara Alta por la primera minoría

Los magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación resolvieron a favor de Minerva Hernández Ramos para dejar firme su senaduría de primera minoría y, en consecuencia, declararon improcedente el juicio de inconformidad promovido por el Partido Revolucionario Institucional (PRI).

Ayer, durante la sesión pública, validaron la asignación que realizó el Consejo Local del Instituto Nacional Electoral (INE) a favor de la candidata de la coalición “Por México al Frente”, puesto que los alegatos por presunto rebases de tope de campaña resultaron improcedentes.

Precisaron que el partido denunciante “fue omiso” en señalar cuáles fueron sus conclusiones por las cuales acusó a Hernández Ramos de gastos no reportados y omitió ofrecer la documentación correspondiente.

De igual forma, establecieron que en la garantía de audiencia, advirtieron mediante oficio al tricolor la existencia de errores y omisiones técnicas en su proceso, a efecto de que presentara las aclaraciones que considerara procedentes, pero no lo hicieron.

En la sesión pública, especificaron que en el proyecto de la causal de nulidad no aplica a la asignación de senadores de primera minoría, máxime que en el caso no se configuran los elementos que sustentan la acusación, toda vez que el INE decretó solo una extralimitación del 2.8 % de los gastos de la oriunda de Texoloc.

Sin embargo, los magistrados no cambiaron el sentido de la sanción interpuesta en un principio por la resolución del Consejo General en cuanto a las irregularidades encontradas en el dictamen consolidado de la revisión de sus informes de ingresos y gastos.

Por ello, detallaron que para que el PRI pudiera concretar la nulidad de la senaduría debió acreditar que Minerva Hernández, en efecto, excedió en un 5 % el tope de gastos, pero no lo hicieron.

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación resolvió que el partido denunciante (PRI) “fue omiso” en señalar cuáles fueron sus conclusiones por las cuales acusó a Hernández Ramos de gastos no reportados y omitió ofrecer la documentación correspondiente.


  • La oriunda de Texoloc estará en la Cámara Alta por la primera minoría

Los magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación resolvieron a favor de Minerva Hernández Ramos para dejar firme su senaduría de primera minoría y, en consecuencia, declararon improcedente el juicio de inconformidad promovido por el Partido Revolucionario Institucional (PRI).

Ayer, durante la sesión pública, validaron la asignación que realizó el Consejo Local del Instituto Nacional Electoral (INE) a favor de la candidata de la coalición “Por México al Frente”, puesto que los alegatos por presunto rebases de tope de campaña resultaron improcedentes.

Precisaron que el partido denunciante “fue omiso” en señalar cuáles fueron sus conclusiones por las cuales acusó a Hernández Ramos de gastos no reportados y omitió ofrecer la documentación correspondiente.

De igual forma, establecieron que en la garantía de audiencia, advirtieron mediante oficio al tricolor la existencia de errores y omisiones técnicas en su proceso, a efecto de que presentara las aclaraciones que considerara procedentes, pero no lo hicieron.

En la sesión pública, especificaron que en el proyecto de la causal de nulidad no aplica a la asignación de senadores de primera minoría, máxime que en el caso no se configuran los elementos que sustentan la acusación, toda vez que el INE decretó solo una extralimitación del 2.8 % de los gastos de la oriunda de Texoloc.

Sin embargo, los magistrados no cambiaron el sentido de la sanción interpuesta en un principio por la resolución del Consejo General en cuanto a las irregularidades encontradas en el dictamen consolidado de la revisión de sus informes de ingresos y gastos.

Por ello, detallaron que para que el PRI pudiera concretar la nulidad de la senaduría debió acreditar que Minerva Hernández, en efecto, excedió en un 5 % el tope de gastos, pero no lo hicieron.

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación resolvió que el partido denunciante (PRI) “fue omiso” en señalar cuáles fueron sus conclusiones por las cuales acusó a Hernández Ramos de gastos no reportados y omitió ofrecer la documentación correspondiente.


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