/ miércoles 7 de noviembre de 2018

Hugo Morales no puede reelegirse como magistrado del TET: TEPJF

Aunque la norma local lo establece, la Constitución federal no, dicen magistrados de la Sala Superior

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), dio la razón a la Cámara de Senadores que negaron a Hugo Morales Alanís la posibilidad de reelegirse en el cargo como Magistrado del Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET).

En la plenaria de este día, la Sala Superior desechó el recurso de inconformidad que promovió el expresidente de la autoridad electoral local a quien la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Senadores que al emitir la convocatoria para la designación del nuevo integrante del TET, le negó esa pretensión.

Los magistrados federales consideraron infundados los agravios vertidos por Morales Alanís al argumentar que no existe derecho constitucional para la ratificación de los magistrados locales, lo que es su caso.

Abundaron que ese derecho que él busca no puede equipararse con el que tienen los integrantes del Poder Judicial de los estados, de ahí que señalaron que es errónea la lectura del todavía magistrado al considerar que el Senado de la República está obligado a ratificarlo previa evaluación.

En la plenaria fundamentaron que la imposibilidad radica en la jerarquía normativa, y que la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos tiene prevalencia sobre las normas locales, en este caso sobre la Ley Orgánica del Poder Legislativo local.

“Es facultad absoluta del Senado emitir la convocatoria o, en su caso, atender la legislación local bajo un marco de libertad configurativa… no es dable que el Senado se tenga que supeditar a una norma local, en lugar de la norma constitucional”, mencionaron.


La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), dio la razón a la Cámara de Senadores que negaron a Hugo Morales Alanís la posibilidad de reelegirse en el cargo como Magistrado del Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET).

En la plenaria de este día, la Sala Superior desechó el recurso de inconformidad que promovió el expresidente de la autoridad electoral local a quien la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Senadores que al emitir la convocatoria para la designación del nuevo integrante del TET, le negó esa pretensión.

Los magistrados federales consideraron infundados los agravios vertidos por Morales Alanís al argumentar que no existe derecho constitucional para la ratificación de los magistrados locales, lo que es su caso.

Abundaron que ese derecho que él busca no puede equipararse con el que tienen los integrantes del Poder Judicial de los estados, de ahí que señalaron que es errónea la lectura del todavía magistrado al considerar que el Senado de la República está obligado a ratificarlo previa evaluación.

En la plenaria fundamentaron que la imposibilidad radica en la jerarquía normativa, y que la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos tiene prevalencia sobre las normas locales, en este caso sobre la Ley Orgánica del Poder Legislativo local.

“Es facultad absoluta del Senado emitir la convocatoria o, en su caso, atender la legislación local bajo un marco de libertad configurativa… no es dable que el Senado se tenga que supeditar a una norma local, en lugar de la norma constitucional”, mencionaron.


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