/ martes 29 de noviembre de 2022

Inducción al suicidio podrá indagarse como feminicidio, aprueban diputados locales

Amplían cáusales para atracción de casos de feminicidio y que muertes violentas de mujeres se investiguen por este delito

Con reformas y adiciones al Código Penal para el Estado de Tlaxcala, diputados locales aprobaron que la inducción al suicidio quedé establecida como causal para indagar un feminicidio.

Durante la sesión ordinaria de este martes 29 de noviembre, por mayoría de votos, los congresistas avalaron que todas las muertes violentas de mujeres sean juzgadas automáticamente como feminicidio.

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Además, señalan que en el caso de una mujer presente signos de violencia, actos de necrofilia o que haya sido víctima de cualquier tipo de violencia establecida en el artículo sexto de la Ley que Garantiza el Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de Tlaxcala, el delito debe ser considerado feminicidio.

Las modificaciones establecen que toda privación de la vida de una mujer, incluso las que de manera inicial parezcan haber sido causadas por motivos criminales como el suicidio o los accidentes, deberá ser juzgada con perspectiva de género y como probable feminicidio.

No dejes de leer:➡️En Tlaxcala, crecen los intentos de suicidio en los jóvenes

LAS SANCIONES

En caso de que el delito se derive de una relación que implique subordinación de la víctima o superioridad del sujeto activo, este se hará acreedor a una pena de 40 a 70 años de prisión, así como una multa económica.

Con la adición del artículo 246 bis al Código Penal, también quedó establecido que ayude, preste auxilio, induzca u obligue a una mujer al suicidio se le impondrá una pena de 12 a 24 años de prisión, así como una multa de 500 a dos mil Unidades de Medida de Actualización.

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Con reformas y adiciones al Código Penal para el Estado de Tlaxcala, diputados locales aprobaron que la inducción al suicidio quedé establecida como causal para indagar un feminicidio.

Durante la sesión ordinaria de este martes 29 de noviembre, por mayoría de votos, los congresistas avalaron que todas las muertes violentas de mujeres sean juzgadas automáticamente como feminicidio.

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Además, señalan que en el caso de una mujer presente signos de violencia, actos de necrofilia o que haya sido víctima de cualquier tipo de violencia establecida en el artículo sexto de la Ley que Garantiza el Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de Tlaxcala, el delito debe ser considerado feminicidio.

Las modificaciones establecen que toda privación de la vida de una mujer, incluso las que de manera inicial parezcan haber sido causadas por motivos criminales como el suicidio o los accidentes, deberá ser juzgada con perspectiva de género y como probable feminicidio.

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LAS SANCIONES

En caso de que el delito se derive de una relación que implique subordinación de la víctima o superioridad del sujeto activo, este se hará acreedor a una pena de 40 a 70 años de prisión, así como una multa económica.

Con la adición del artículo 246 bis al Código Penal, también quedó establecido que ayude, preste auxilio, induzca u obligue a una mujer al suicidio se le impondrá una pena de 12 a 24 años de prisión, así como una multa de 500 a dos mil Unidades de Medida de Actualización.

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