/ viernes 8 de noviembre de 2019

Ixtacuixtla corrige el cobro de luz

Envió nuevo anteproyecto de Ley de Ingresos 2020

El presidente municipal de Ixtacuixtla, Rafael Zambrano Cervantes, envió al Congreso local su anteproyecto de Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal 2020, en el que modificó el cobro del Derecho de Alumbrado Público, como lo ordenó la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

De acuerdo con el oficio PM-IXT-205/2019, el munícipe detalló que dentro del proceso de análisis y revisión, derivaron diferentes observaciones por parte de la Comisión de Finanzas y Fiscalización, las cuales fueron corregidas.

“De manera particular se ha atendido las consideraciones jurídicas emitidas por la SCJN, en relación a la recaudación por derechos en la prestación del servicio de alumbrado público”, señaló el alcalde.

SCJN INVALIDÓ EL COBRO

Cabe recordar que este Diario informó de manera oportuna que la SCJN invalidó ese cobro por considerar que no existía claridad en la redacción y que, de ser así, violarían los derechos de las personas.

La acción de inconstitucionalidad que fue promovida por la Comisión Nacional de Derechos Humanos y radicada con el número 20/2019, fue desahogada este miércoles y aprobada por mayoría de votos.

En la plenaria, la SCJN explicó que los ayuntamientos impusieron a las personas, físicas o morales, con un beneficio en sus inmuebles por el uso y aprovechamiento de las luminarias y sus accesorios otorgados por el municipio en calles, plazas, jardines y demás lugares de uso común, el deber de pagar un derecho por el servicio de alumbrado público.

En el caso de Ixtacuixtla, fue observado su artículo 64 de la Ley de Ingresos, pero la Corte también anuló el cobro de otras cinco comunas de la entidad, entre ellas Huamantla, Chiautempan, Contla, Quilehtla y Tepetitla.

Sin embargo, los Cabildos malinterpretaron el cobro al aumentar un porcentaje de entre dos y 6.5 %, lo que resulta de dividir el monto entre el número total de usuarios registrados ante la Comisión Federal de Electricidad.

  • A Ixtacuixtla le fue observado el artículo 64 de su Ley de Ingresos

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El presidente municipal de Ixtacuixtla, Rafael Zambrano Cervantes, envió al Congreso local su anteproyecto de Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal 2020, en el que modificó el cobro del Derecho de Alumbrado Público, como lo ordenó la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

De acuerdo con el oficio PM-IXT-205/2019, el munícipe detalló que dentro del proceso de análisis y revisión, derivaron diferentes observaciones por parte de la Comisión de Finanzas y Fiscalización, las cuales fueron corregidas.

“De manera particular se ha atendido las consideraciones jurídicas emitidas por la SCJN, en relación a la recaudación por derechos en la prestación del servicio de alumbrado público”, señaló el alcalde.

SCJN INVALIDÓ EL COBRO

Cabe recordar que este Diario informó de manera oportuna que la SCJN invalidó ese cobro por considerar que no existía claridad en la redacción y que, de ser así, violarían los derechos de las personas.

La acción de inconstitucionalidad que fue promovida por la Comisión Nacional de Derechos Humanos y radicada con el número 20/2019, fue desahogada este miércoles y aprobada por mayoría de votos.

En la plenaria, la SCJN explicó que los ayuntamientos impusieron a las personas, físicas o morales, con un beneficio en sus inmuebles por el uso y aprovechamiento de las luminarias y sus accesorios otorgados por el municipio en calles, plazas, jardines y demás lugares de uso común, el deber de pagar un derecho por el servicio de alumbrado público.

En el caso de Ixtacuixtla, fue observado su artículo 64 de la Ley de Ingresos, pero la Corte también anuló el cobro de otras cinco comunas de la entidad, entre ellas Huamantla, Chiautempan, Contla, Quilehtla y Tepetitla.

Sin embargo, los Cabildos malinterpretaron el cobro al aumentar un porcentaje de entre dos y 6.5 %, lo que resulta de dividir el monto entre el número total de usuarios registrados ante la Comisión Federal de Electricidad.

  • A Ixtacuixtla le fue observado el artículo 64 de su Ley de Ingresos

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