Los 60 municipios de Tlaxcala respaldaron por convicción o por omisión, los decretos establecidos por la LXIII Legislatura local en materia de paridad de género, derechos de infantes y de seguridad pública.
Después de que la LXIII Legislatura local, avalará en semanas anteriores, diversas modificaciones a la Constitución Política del Estado Libre y Soberano del Estado de Tlaxcala, enviaron a los ayuntamientos los decretos 314, 316 y 317, para su aprobación o rechazo.
El decreto 314, establece modificaciones al artículo 19, que versa en torno a los Derechos individuales de los menores de edad, para su protección física y psicológica, así como el artículo 26, de los derechos sociales y de solidaridad, educación obligatoria y en materia de medio ambiente.
Mientras que en el decreto 316, los legisladores modificaron el artículo 54, que señala las facultades del Congreso, para nombrar y ratificar a los magistrados del Tribunal Superior de Justicia del Estado (TSJE) y del Tribunal de Justicia Administrativa, para salvaguardar los principios de excelencia y objetividad.
De igual manera, hicieron modificaciones en torno a la paridad de género, así que en el artículo 70, establecen las facultades del gobernador, para nombrar y remover, con apego al principio de paridad, a los secretarios del Ejecutivo y al Oficial Mayor de Gobierno, así como a todos los temas de servidores públicos.
Lo mismo ocurrió con los articulados 79 y 90 que tienen que ver con la distribución igualitaria entre hombres y mujeres, en el TSJE y los 60 municipios que integran el estado.
Mientras que el artículo 97, detalla que el Instituto Tlaxcalteca de Elecciones, debe designar a los comisionados propietarios y dos suplentes, con observancia del principio de paridad de género.
En cuanto hace al Decreto 317, los diputados establecieron que los Derechos procesales y de seguridad pública, fueron clasificados a aquellos que merezcan pena privativa de libertad y dará lugar a una prisión preventiva. Además, dice que el estado podrá celebrar convenios para que los sentenciados, por delitos de su competencia, extingan las penas en establecimientos penitenciarios. Por último, modificaron el artículo 120, que da paso a un referéndum, que es un procedimiento jurídico, por el que se somete a votación popular una ley o un asunto de especial importancia para el estado.
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