/ martes 12 de abril de 2022

Sí puedo ser director de obras en Españita, dice Francisco Javier Ortega

Ha ocupado el mismo cargo en los municipios de Atlangatepec, Tocatlán y Acuamanala

A pesar de que el director de obras del municipio de Españita, Francisco Javier Ortega Morales no cuenta con una resolución definitiva de dos procedimientos para el fincamiento de responsabilidad indemnizatoria, alegó que es idóneo para ocupar el cargo.

A través de un oficio enviado a la presidenta de la Comisión de Finanzas y Fiscalización del congreso local, María Guillermina Loaiza Cortero, precisó que ha ocupado el mismo cargo en los municipios de Atlangatepec, Tocatlán, Acuamanala y actualmente Españita.

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En todo momento he realizado mi trabajo con responsabilidad, aunque dicho cargo queda sujeto al actuar y trabajo del presidente, síndico y tesorero municipal, por lo que resulta casi imposible no resultar observado por parte del ente fiscalizador,alegó.

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De hecho, aceptó que en 2016 y en 2018 le hicieron dos procedimientos para el fincamiento de responsabilidad indemnizatoria, derivados de un crédito fiscal registrados, que involucran a cuatro exfuncionarios (presidente, síndico, tesorero y director de obras públicas) respecto del período de administración 2011 y 2013 de Tocatlán.

Inmediatamente que recibí dicha notificación de requerimiento con citación audiencia, el pasado 11 de septiembre de 2018, presenté todas las pruebas y documentos que avalan que el trabajo realizado en el período de la administración fue apegado a los lineamientos legale, sin que a la fecha haya una resolución definitiva, admitió.

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El funcionario municipal justificó que, para concretar observaciones a un tesorero o director de obras municipal, respecto a la idoneidad para ocupar su cargo, deben ser objeto de observaciones definitivas por parte del Órgano de Fiscalización Superior o estar inhabilitados legalmente.

Debe considerarse que la observación definitiva o la inhabilitación legal hayan sido emitidas por la autoridad competente, mediante resolución que haya quedado firme, de lo contrario, se violaría el principio de presunción de inocencia, dijo.

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De hecho, aceptó que en 2016 y en 2018 le hicieron dos procedimientos para el fincamiento de responsabilidad indemnizatoria, derivados de un crédito fiscal registrados, que involucran a cuatro exfuncionarios (presidente, síndico, tesorero y director de obras públicas) respecto del período de administración 2011 y 2013 de Tocatlán.

Inmediatamente que recibí dicha notificación de requerimiento con citación audiencia, el pasado 11 de septiembre de 2018, presenté todas las pruebas y documentos que avalan que el trabajo realizado en el período de la administración fue apegado a los lineamientos legale, sin que a la fecha haya una resolución definitiva, admitió.

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Debe considerarse que la observación definitiva o la inhabilitación legal hayan sido emitidas por la autoridad competente, mediante resolución que haya quedado firme, de lo contrario, se violaría el principio de presunción de inocencia, dijo.

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