/ lunes 22 de febrero de 2021

Partidos deben designar las candidaturas indígenas

Están obligados a postular al menos dos fórmulas indígenas para diputaciones locales

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), confirmó la sentencia que establece que la designación de candidaturas para diputaciones locales de personas que se adscriban como indígenas es facultad de los partidos políticos om en su caso, de aspirantes por la vía independiente.

Por lo que las personas de comunidades y pueblos indígenas, no podrán hacer la elección de diputaciones conforme a sus normas internas, pese a los recursos de revisión que han sido promovidos ante la autoridad jurisdiccional.

El Pleno de la Sala Superior del TEPJF ratificó que,la sentencia la Sala Regional Ciudad de México, al determinar que no es posible que las diputaciones locales en Tlaxcala se elijan por el sistema indígena, debido a que el sistema electoral nacional y local lo establece por vía de los partidos políticos o por la vía independiente.

Además, de que de manera constitucional y la normativa electoral vigente establece que la postulación es facultad de los institutos políticos y nos e puede adaptar al sistema electivo de las comunas que se adscriban como indígenas.

Por lo tanto quienes participen en el actual proceso electoral por una candidatura indígena, tendrán que cumplir con los requisitos que exige la ley, además de que para consolidar su postulación tendrán que recurrir a los partidos políticos.

Otra opción sería la vía independiente, aunque de acuerdo con los plazos marcados en el calendario electoral local, está opción quedaría descartada toda vez que ya se concluyó la fase de aprobación de manifestación de intención.

  • Para el actual proceso electoral los partidos políticos, coaliciones o candidaturas comunes están obligados a postular al menos dos fórmulas indígenas para diputaciones locales.

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Por lo que las personas de comunidades y pueblos indígenas, no podrán hacer la elección de diputaciones conforme a sus normas internas, pese a los recursos de revisión que han sido promovidos ante la autoridad jurisdiccional.

El Pleno de la Sala Superior del TEPJF ratificó que,la sentencia la Sala Regional Ciudad de México, al determinar que no es posible que las diputaciones locales en Tlaxcala se elijan por el sistema indígena, debido a que el sistema electoral nacional y local lo establece por vía de los partidos políticos o por la vía independiente.

Además, de que de manera constitucional y la normativa electoral vigente establece que la postulación es facultad de los institutos políticos y nos e puede adaptar al sistema electivo de las comunas que se adscriban como indígenas.

Por lo tanto quienes participen en el actual proceso electoral por una candidatura indígena, tendrán que cumplir con los requisitos que exige la ley, además de que para consolidar su postulación tendrán que recurrir a los partidos políticos.

Otra opción sería la vía independiente, aunque de acuerdo con los plazos marcados en el calendario electoral local, está opción quedaría descartada toda vez que ya se concluyó la fase de aprobación de manifestación de intención.

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