Al considerar que la figura de esponsales es obsoleta, los integrantes de la LXIV legislatura aprobaron derogar esta forma de compromiso del Código Civil para el Estado de Tlaxcala, que es la promesa de matrimonio que se hacen mutuamente dos personas que ya hayan cumplido la mayoría de edad.
Con la derogación de tres artículos del Código Civil quedan sin efectos las posibles responsabilidades que se puedan generar por el incumplimiento de la promesa, pues aunque no estaban estipuladas penas por no concretar el compromiso, la legislación establece algunas medidas de reparación.
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Durante la sesión ordinaria de este martes, los congresistas determinaron dejar sin efectos el pago de gastos que puedan generarse resultado de una promesa de matrimonio por parte de la persona que decida no concretar la propuesta.
La iniciativa presentada por la legisladora del Partido del Trabajo, Gabriela Brito Jiménez, fue realizada con el fundamento de que Tlaxcala debe mantenerse a la vanguardia de lo que establecen los instrumentos internacionales de reconocimiento del derecho al consentimiento libre y pleno para contraer matrimonio.
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Brito Jiménez estableció la importancia de eliminar de la legislación local la responsabilidad jurídica que genera la figura de esponsales, por lo que planteó que como legisladores deben cumplir con una responsabilidad y realizar los cambios normativos pertinentes.
Con esta determinación Tlaxcala se suma a la decisión tomada por los congresos de Coahuila, Chiapas, Chihuahua, Guanajuato, Hidalgo, Michoacán, Jalisco, Ciudad de México, Oaxaca, Puebla, Querétaro, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sonora, Yucatán y , quienes ya eliminaron esta figura de sus legislaciones.
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La promovente de la iniciativa señaló que la sociedad exige que el derecho evolucione y se mantenga a la vanguardia, con lo que, dijo, garantizan el derecho a las mujeres a elegir a la persona con la que quieren contraer matrimonio.
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Además, externó que es un avance para que se pueda contraer legal matrimonio con el pleno y libre consentimiento de ambos contrayentes, expresado en persona ante la autoridad competente y frente a testigos como lo establece la ley.
- La disposición entrará en vigor cuando la reforma sea publicada en el Periódico Oficial del Estado
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