/ domingo 9 de agosto de 2020

“Proteger derechos, más que a personas”, pide González Placencia

El rector de la UATx participó en el ciclo de videoconferencias sobre “Derechos Humanos en la Función Judicial”, organizado por el TSJE

Para el rector de la Universidad Autónoma de Tlaxcala (UATx), Luis Armando González Placencia, los jueces deben ponderar su actuación considerando el principio pro persona, a través de una efectiva protección a los derechos, incluso más que a los propios justiciables, pues la idea es que los conflictos se resuelvan de la forma más equitativa posible.

Así lo manifestó, al dictar la conferencia denominada “El principio pro persona”, como parte del ciclo de videoconferencias denominado “Derechos Humanos en la Función Judicial”, que es organizado por el Tribunal Superior de Justicia del Estado (TSJE) a través del Instituto de Especialización Judicial (IEJTlax).

Y es que para el destacado académico especialista en derechos humanos, la historia jurídica ha demostrado que los conflictos deben ser resueltos de la forma más equitativa posible, pues de partir de un sistema específicamente de igualdad jurídica, el juzgador estaría omitiendo las diferencias entre hombres y mujeres, entre adultos con niñas o niños, con las personas con discapacidad, entre patrones y trabajadores, etc., debido a las expresiones de dominio físico, económico y científico que suelen presentarse.

De acuerdo con el expresidente de la Comisión de Derechos Humanos del entonces Distrito Federal, quien hizo referencia a la obra del jurista italiano, Luigi Ferrajoli, la mayor parte de nuestras relaciones son asimétricas, donde históricamente siempre se genera una posición de ventaja para uno de los involucrados cuando participan en un conflicto.

De ahí que, resolver un conflicto poniendo en igualdad de condiciones a los involucrados, podría dar origen a una injusticia, sobre todo al tratarse de una relación de pareja, donde el varón tiene una ventaja que desaparecerá, siempre y cuando el juzgador empodere a la persona portadora de una identidad históricamente sometida o vulnerada, como ha ocurrido con las mujeres.

En términos generales, Luis Armando González Placencia, estimó que para hacer una aplicación adecuada del principio pro persona, en el caso de una persona imputada, se le deben de garantizar que no sea vulnerados sus derechos, poniendo como ejemplo que cuando un juez se vea en la necesidad de decidir entre el arraigo y la libertad de una persona, debería optar por su libertad.

Un caso similar, es que cuando una misma norma pueda aplicarse a favor o en contra de los derechos de una persona, se debe privilegiar la que favorezca el respeto de sus derechos; incluso destacó que en temas tan delicados como el aborto, más allá de las consideraciones morales, se debe respetar el derecho a decidir.

El rector de la UATx, agradeció la invitación del Poder Judicial de Tlaxcala y reconoció el trabajo permanente de capacitación impulsado por el magistrado presidente, Fernando Bernal Salazar, pues coincidió en que este tipo de acciones, contribuyen a la formación de los profesionales del derecho.

Foto: Cortesía | TSJE



Foto: Cortesía | TSJE

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Para el rector de la Universidad Autónoma de Tlaxcala (UATx), Luis Armando González Placencia, los jueces deben ponderar su actuación considerando el principio pro persona, a través de una efectiva protección a los derechos, incluso más que a los propios justiciables, pues la idea es que los conflictos se resuelvan de la forma más equitativa posible.

Así lo manifestó, al dictar la conferencia denominada “El principio pro persona”, como parte del ciclo de videoconferencias denominado “Derechos Humanos en la Función Judicial”, que es organizado por el Tribunal Superior de Justicia del Estado (TSJE) a través del Instituto de Especialización Judicial (IEJTlax).

Y es que para el destacado académico especialista en derechos humanos, la historia jurídica ha demostrado que los conflictos deben ser resueltos de la forma más equitativa posible, pues de partir de un sistema específicamente de igualdad jurídica, el juzgador estaría omitiendo las diferencias entre hombres y mujeres, entre adultos con niñas o niños, con las personas con discapacidad, entre patrones y trabajadores, etc., debido a las expresiones de dominio físico, económico y científico que suelen presentarse.

De acuerdo con el expresidente de la Comisión de Derechos Humanos del entonces Distrito Federal, quien hizo referencia a la obra del jurista italiano, Luigi Ferrajoli, la mayor parte de nuestras relaciones son asimétricas, donde históricamente siempre se genera una posición de ventaja para uno de los involucrados cuando participan en un conflicto.

De ahí que, resolver un conflicto poniendo en igualdad de condiciones a los involucrados, podría dar origen a una injusticia, sobre todo al tratarse de una relación de pareja, donde el varón tiene una ventaja que desaparecerá, siempre y cuando el juzgador empodere a la persona portadora de una identidad históricamente sometida o vulnerada, como ha ocurrido con las mujeres.

En términos generales, Luis Armando González Placencia, estimó que para hacer una aplicación adecuada del principio pro persona, en el caso de una persona imputada, se le deben de garantizar que no sea vulnerados sus derechos, poniendo como ejemplo que cuando un juez se vea en la necesidad de decidir entre el arraigo y la libertad de una persona, debería optar por su libertad.

Un caso similar, es que cuando una misma norma pueda aplicarse a favor o en contra de los derechos de una persona, se debe privilegiar la que favorezca el respeto de sus derechos; incluso destacó que en temas tan delicados como el aborto, más allá de las consideraciones morales, se debe respetar el derecho a decidir.

El rector de la UATx, agradeció la invitación del Poder Judicial de Tlaxcala y reconoció el trabajo permanente de capacitación impulsado por el magistrado presidente, Fernando Bernal Salazar, pues coincidió en que este tipo de acciones, contribuyen a la formación de los profesionales del derecho.

Foto: Cortesía | TSJE



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