/ martes 22 de agosto de 2023

Concede Juzgado Federal suspensión temporal del proyecto Autotrén

En atención a juicios de Amparo promovidos por particulares; determinación final será hasta que integren informes de impacto ambiental

El proyecto de transporte denominado Autotrén Tlaxcala fue suspendido de manera temporal por determinación del Juzgado Tercero de Distrito del Vigésimo Octavo Circuito, del Poder Judicial.

La resolución es derivada de los juicios de Amparo promovidos por particulares (vecinos de los bulevares Guillermo Valle y Revolución por donde pasará la obra) y registrados con los números 1142/2023-III, 1143/2023, 1144/2023-III.

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Dicha resolución establece que la suspensión temporal permanecerá hasta que el órgano jurisdiccional cuente con los informes previos, es decir, de impacto ambiental, con lo que definirá la suspensión definitiva o no del proyecto.

La autoridad federal señaló que la determinación no contraviene a disposiciones de orden público ni al interés social, por el contrario, externó que es de vital importancia para la sociedad que se conserve la biodiversidad (flora y fauna) en los 1.7 kilómetros donde se pretende ejecutar la obra denominada "Autotrén".

Detalló que si bien la construcción de vialidades es importante para la sociedad, ello no torna improcedente la suspensión “pues lo cierto es que ha quedado superada la postura sostenida tradicionalmente en relación con el crecimiento económico a cualquier precio”.

Más información:➡️ Marchan contra proyecto Autotrén Tlaxcala, ante posibles afectaciones al medioambiente

Conforme a lo establecido en el artículo 143 de la Ley de Amparo, la autoridad admitió una prueba de inspección judicial ofrecida para la parte quejosa, misma que deberá desarrollarse en el bulevar Guillermo Valle, frente al jardín de niños "Enrique Pestalozzi".

La inspección tiene el objetivo de verificar que los promoventes cuentan con domicilio en las áreas donde pasará el proyecto, con el objetivo de acreditar su interés suspensional, que será desahogada el 23 de agosto a las 14:00 horas.

La misma Ley de Amparo establece un periodo para ofrecer las pruebas que funden el proyecto ante el órgano jurisdiccional, a fin de que este determine si se requiere un plazo probatorio más amplio y si suspende o no el procedimiento.

No dejes de leer:➡️ No habrá ecocidio en colocación de autotrén: Jorge Caballero

Transcurrido el plazo anterior, dentro de los tres días siguientes se celebrará la audiencia constitucional (programada el 22 de septiembre) en la que se recibirán y desahogarán las pruebas, se oirán los alegatos de las partes y, en su caso, se dictará la resolución correspondiente.


El proyecto de transporte denominado Autotrén Tlaxcala fue suspendido de manera temporal por determinación del Juzgado Tercero de Distrito del Vigésimo Octavo Circuito, del Poder Judicial.

La resolución es derivada de los juicios de Amparo promovidos por particulares (vecinos de los bulevares Guillermo Valle y Revolución por donde pasará la obra) y registrados con los números 1142/2023-III, 1143/2023, 1144/2023-III.

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Dicha resolución establece que la suspensión temporal permanecerá hasta que el órgano jurisdiccional cuente con los informes previos, es decir, de impacto ambiental, con lo que definirá la suspensión definitiva o no del proyecto.

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Detalló que si bien la construcción de vialidades es importante para la sociedad, ello no torna improcedente la suspensión “pues lo cierto es que ha quedado superada la postura sostenida tradicionalmente en relación con el crecimiento económico a cualquier precio”.

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Conforme a lo establecido en el artículo 143 de la Ley de Amparo, la autoridad admitió una prueba de inspección judicial ofrecida para la parte quejosa, misma que deberá desarrollarse en el bulevar Guillermo Valle, frente al jardín de niños "Enrique Pestalozzi".

La inspección tiene el objetivo de verificar que los promoventes cuentan con domicilio en las áreas donde pasará el proyecto, con el objetivo de acreditar su interés suspensional, que será desahogada el 23 de agosto a las 14:00 horas.

La misma Ley de Amparo establece un periodo para ofrecer las pruebas que funden el proyecto ante el órgano jurisdiccional, a fin de que este determine si se requiere un plazo probatorio más amplio y si suspende o no el procedimiento.

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Transcurrido el plazo anterior, dentro de los tres días siguientes se celebrará la audiencia constitucional (programada el 22 de septiembre) en la que se recibirán y desahogarán las pruebas, se oirán los alegatos de las partes y, en su caso, se dictará la resolución correspondiente.


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