Dan vida al Instituto Tlaxcalteca para Devolver al Pueblo lo Robado

Con reformas a la Ley para Administración y Destino de Bienes Asegurados, Abandonados y Extinción de Dominio, promovida por la titular del Poder Ejecutivo

Diana Zempoalteca | El Sol de Tlaxcala

  · jueves 2 de febrero de 2023

El instituto tendrá que recibir, administrar, enajenar, monetizar y destruir los bienes, activos y empresas de las entidades transferencias. Diana Zempoalteca | El Sol de Tlaxcala

Integrantes de la LXIV Legislatura, aprobaron la tarde de este jueves dos de febrero la reforma que da vida al Instituto Tlaxcalteca para Devolver al Pueblo lo Robado, órgano descentralizado de la administración pública que contará con personalidad jurídica y patrimonio propio.

La propuesta impulsada por la titular del Poder Ejecutivo, Lorena Cuéllar Cisneros, con una reforma a la Ley para Administración y Destino de Bienes Asegurados, Abandonados y Extinción de Dominio de Tlaxcala.

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A pesar de la oposición de algunos legisladores a la creación de este instituto, por señalar que la denominación es jurídicamente incorrecta y que no existe claridad de los recursos económicos que manejará, 18 congresistas avalaron la propuesta durante la Sesión Ordinaria de este jueves.

El instituto tendrá que recibir, administrar, enajenar, monetizar y destruir los bienes, activos y empresas de las entidades transferencias, así como realizar actos de administración pleitos y cobranzas, al igual que de Dominio respecto de los bienes, activos o de empresas.

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Conforme a lo aprobado por los legisladores a través del Instituto se podrán hacer procedimientos de enajenación, donaciones, ventas, licitaciones públicas, subastas, remates y adjudicaciones directas.

También podrá ejecutar la asignación de bienes, previo acuerdo del Gabinete Social del Estado, que consistirá en asignar gratuitamente los bienes asegurados, abandonados, decomisados, y que causaron extinción de dominio, a favor de las dependencias y entidades de la administración pública estatal y federal.

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Bienes que serán utilizados en servicios públicos, programas sociales de prevención social del delito, programas para el fortalecimiento de instituciones de seguridad pública e impartición de justicia, en fines educativos, asistencia social y políticas públicas prioritarias.

Igual quedó establecido que podrá realizar la destrucción de bienes en los casos que establezca el reglamento.