/ lunes 10 de abril de 2017

Clausuró Profepa empresa textilera

PROGRAMA DE INSPECCIÓN Y VIGILANCIA

Debido al indebido manejo deresiduos peligrosos La Procuraduría Federalde Protección al Ambiente (Profepa), clausuró de manera parcialtemporal la empresa textilera Ecoindustrias, ubicada sobre lacuenca del río Apetatitlán, debido al indebido manejo de residuospeligrosos.

Como parte de su programa de Inspección y Vigilancia, personalde la dependencia federal realizó el recorrido a dicha textilera,donde encontró una fosa subterránea con aproximadamente ocho millitros de residuos peligrosos, sin contar con las adecuadas medidasde seguridad para su almacenamiento.

La empresa no pudo acreditar el control de la generación deestos residuos peligrosos mediante bitácora, irregularidades quesegún la procuraduría contravienen la Ley General para laPrevención y Gestión Integral de los Residuos (LGPGIR), así comola Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección alAmbiente (LGEEPA).

De igual forma, el inspeccionado no acreditó que aquellosresiduos peligrosos depositados en la fosa, los manejaran a travésde empresas transportistas y destinatarias autorizadas por laSecretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat).

Por ello, ante un riesgo inminente de desequilibrio ecológico,le impusieron como medida de seguridad la clausura parcialtemporal, quedando además sujeta a procedimientoadministrativo.

La Profepa fundamentó sus acciones en los artículos 170fracción I y II, 170 Bis de la Ley General del EquilibrioEcológico y la Protección al Ambiente, 101, 104 fracciones I, II,III y IV y 105 de la Ley General para la Prevención y GestiónIntegral de los Residuos, así que la dependencia ordenó laadopción de medidas correctivas de urgente aplicación a laempresa y le dará un especial seguimiento hasta que cumplan con latotalidad de sus obligaciones.

Mencionó que el artículo 171 de la LGEEPA estipula que lasempresas inspeccionadas que no cumplan con los requerimientos,podrán ser sancionadas con una multa que va de los 30 a los 50 mildías el valor diario de la Unidad de Medida y Actualizaciónvigente, la clausura temporal o definitiva del lugar, y en su caso,el arresto administrativo de 36 horas a quien resulte responsable;así como la suspensión o revocación de las concesiones,licencias, permisos o autorizaciones correspondientes.

Por último, advirtió que continuará realizando los actos deinspección necesarios, aplicando las sanciones conforme a loprevisto en la ley y ordenará medidas de seguridad en contra delos establecimientos que no estén cumpliendo con sus obligacionesambientales, a fin de proteger al Río Atoyac.

PROGRAMA DE INSPECCIÓN Y VIGILANCIA

Debido al indebido manejo deresiduos peligrosos La Procuraduría Federalde Protección al Ambiente (Profepa), clausuró de manera parcialtemporal la empresa textilera Ecoindustrias, ubicada sobre lacuenca del río Apetatitlán, debido al indebido manejo de residuospeligrosos.

Como parte de su programa de Inspección y Vigilancia, personalde la dependencia federal realizó el recorrido a dicha textilera,donde encontró una fosa subterránea con aproximadamente ocho millitros de residuos peligrosos, sin contar con las adecuadas medidasde seguridad para su almacenamiento.

La empresa no pudo acreditar el control de la generación deestos residuos peligrosos mediante bitácora, irregularidades quesegún la procuraduría contravienen la Ley General para laPrevención y Gestión Integral de los Residuos (LGPGIR), así comola Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección alAmbiente (LGEEPA).

De igual forma, el inspeccionado no acreditó que aquellosresiduos peligrosos depositados en la fosa, los manejaran a travésde empresas transportistas y destinatarias autorizadas por laSecretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat).

Por ello, ante un riesgo inminente de desequilibrio ecológico,le impusieron como medida de seguridad la clausura parcialtemporal, quedando además sujeta a procedimientoadministrativo.

La Profepa fundamentó sus acciones en los artículos 170fracción I y II, 170 Bis de la Ley General del EquilibrioEcológico y la Protección al Ambiente, 101, 104 fracciones I, II,III y IV y 105 de la Ley General para la Prevención y GestiónIntegral de los Residuos, así que la dependencia ordenó laadopción de medidas correctivas de urgente aplicación a laempresa y le dará un especial seguimiento hasta que cumplan con latotalidad de sus obligaciones.

Mencionó que el artículo 171 de la LGEEPA estipula que lasempresas inspeccionadas que no cumplan con los requerimientos,podrán ser sancionadas con una multa que va de los 30 a los 50 mildías el valor diario de la Unidad de Medida y Actualizaciónvigente, la clausura temporal o definitiva del lugar, y en su caso,el arresto administrativo de 36 horas a quien resulte responsable;así como la suspensión o revocación de las concesiones,licencias, permisos o autorizaciones correspondientes.

Por último, advirtió que continuará realizando los actos deinspección necesarios, aplicando las sanciones conforme a loprevisto en la ley y ordenará medidas de seguridad en contra delos establecimientos que no estén cumpliendo con sus obligacionesambientales, a fin de proteger al Río Atoyac.

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