/ sábado 28 de mayo de 2022

Para combatir corrupción, regularán los procesos de licitación

Con reforma a la Ley Orgánica de la Administración Pública para transparentar contrataciones

Con la intención de evitar posibles actos de corrupción en las licitaciones públicas, legisladores locales aprobaron una reforma a la Ley Orgánica de la Administración Pública para regular los procesos de licitación, determinar responsabilidades, contratación y ejecución de obras.

Las modificaciones promovidas por el diputado de Movimiento Regeneración Nacional (Morena), Vicente Morales Pérez, tienen el objetivo de transparentar los procedimientos de licitación de obra pública, como un instrumento de combate a la opacidad y corrupción.

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Con la reforma aprobada por los congresistas, quedó establecida la facultad de la Oficialía Mayor de Gobierno como ente responsable de los procedimientos de licitación de cualquier dependencia del Poder Ejecutivo hasta la etapa del fallo respectivo que se emita.

Mientras que, la Secretaría de Infraestructura, será la dependencia encargada de realizar la ejecución de obra y demás actos inherentes.

Y es que, de acuerdo con el congresista las leyes estatales que regulan los procesos de licitación, son las más observadas, pues con estás se perfila que los gobiernos sean claros y transparentes, actúen apegados a derecho y que los contratantes cumplan con las funciones por las que fueron seleccionados.

De ahí que, la reforma a la fracción segunda del artículo 44 de la ley en comento, establece que la Oficialía Mayor de Gobierno es el ente autorizado para programar, contratar, proyectar, ejecutar, controlar y vigilar la realización de obra pública, a excepción de la correspondiente a vivienda.

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Además, de encargarse de la revisión y emisión de dictámenes, así como suscribir y vigilar el cumplimiento de los contratos, convenios y demás actos jurídicos que se deriven de los procedimientos de licitación.

Asimismo, establecieron cambios al artículo 73, en las que establece la vigilancia del cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias que regirán las relaciones entre el Gobierno del Estado y los servidores públicos, para la adquisición, arrendamiento y contratación de servicios.

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También, establece que debe emitir las bases, las convocatorias y llevar a cabo todo el proceso de licitación, invitación a cuando menos tres personas y adjudicación directa de obra pública y servicios relacionados a la infraestructura, hasta la emisión del fallo con recurso estatal o federal.

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Asimismo, refiere que la autoridad estatal está obligada a implementar los mecanismos de control para la integración de un padrón de contratistas del Gobierno del Estado, así como los precios unitarios de obra.

  • El legislador Vicente Morales Pérez aseguró que con la regulación de los procesos de licitación y transparencia, robustecen el combate a la corrupción

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Con la intención de evitar posibles actos de corrupción en las licitaciones públicas, legisladores locales aprobaron una reforma a la Ley Orgánica de la Administración Pública para regular los procesos de licitación, determinar responsabilidades, contratación y ejecución de obras.

Las modificaciones promovidas por el diputado de Movimiento Regeneración Nacional (Morena), Vicente Morales Pérez, tienen el objetivo de transparentar los procedimientos de licitación de obra pública, como un instrumento de combate a la opacidad y corrupción.

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Mientras que, la Secretaría de Infraestructura, será la dependencia encargada de realizar la ejecución de obra y demás actos inherentes.

Y es que, de acuerdo con el congresista las leyes estatales que regulan los procesos de licitación, son las más observadas, pues con estás se perfila que los gobiernos sean claros y transparentes, actúen apegados a derecho y que los contratantes cumplan con las funciones por las que fueron seleccionados.

De ahí que, la reforma a la fracción segunda del artículo 44 de la ley en comento, establece que la Oficialía Mayor de Gobierno es el ente autorizado para programar, contratar, proyectar, ejecutar, controlar y vigilar la realización de obra pública, a excepción de la correspondiente a vivienda.

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Además, de encargarse de la revisión y emisión de dictámenes, así como suscribir y vigilar el cumplimiento de los contratos, convenios y demás actos jurídicos que se deriven de los procedimientos de licitación.

Asimismo, establecieron cambios al artículo 73, en las que establece la vigilancia del cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias que regirán las relaciones entre el Gobierno del Estado y los servidores públicos, para la adquisición, arrendamiento y contratación de servicios.

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También, establece que debe emitir las bases, las convocatorias y llevar a cabo todo el proceso de licitación, invitación a cuando menos tres personas y adjudicación directa de obra pública y servicios relacionados a la infraestructura, hasta la emisión del fallo con recurso estatal o federal.

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