/ sábado 12 de mayo de 2018

Acredita TET candidaturas comunes del PRI y aliados

Las candidaturas comunes a diputados locales que presentó el Partido Revolucionario Institucional, Verde Ecologista de México, Nueva Alianza y Socialista, para competir en este proceso electoral local y que aprobó el Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE), están correctas, afirmaron los magistrados del Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET).

Lo anterior, porque el Partido Alianza Ciudadana (PAC) interpuso el recurso de refutación, contra las candidaturas de Eréndira Cova Brindis, Enrique Padilla Sánchez y Arnulfo Arévalo Lara, abanderados de los distritos 1, 7 y 11, respectivamente.

El argumento es que en la elección pasada, cuando los -hoy diputados locales con licencia- ganaron las votaciones, fueron impulsados por otro tipo de candidatura y fuerzas políticas.

Ayer, por unanimidad el Pleno del TET concluyó que la impugnación es infundada, por lo tanto, siguen en pie las candidaturas comunes.

En la resolución, los magistrados argumentaron que el recurso interpuesto por Dulce María Angulo Ramírez, representante del PAC, realizó “erróneamente” una interpretación gramatical aislada del artículo 35 de la Constitución Política para el Estado de Tlaxcala, que a la letra dice: “Los diputados podrán ser electos hasta por cuatro periodos consecutivos, siempre y cuando sean postulados por el mismo partido político o coalición que los postuló, salvo que hayan renunciado o perdido su militancia antes de la mitad de su mandato.”

“Resulta legal la postulación respecto a los distritos electorales I, VII y XI, toda vez, que es a propuesta de un partido de dicha candidatura común, que en este caso lo es el PRI, cumpliendo en este caso, con la hipótesis, para aspirar al mismo cargo, para el que resultó electo. En consecuencia, la ponencia a cargo, propone a este pleno, confirmar el acuerdo ITE- CG 35/2018 en lo que fue materia de impugnación”, remarcó la sentencia.

Al respecto, el magistrado José Lumbreras explicó que el fallo explica el significado de coalición y candidatura común, de ahí que las candidaturas sí fueron postuladas por el mismo partido político con el que los diputados locales ganaron la elección anterior.

Por su parte, el magistrado presidente Luis Manuel Muñoz Cuautle abundó que la interpretación de las normas favoreció la sentencia. “Esta interpretación que es conforme a la Constitución, bajo una visión más amplia, permite y materializa, la posibilidad de que estos candidatos puedan ser postulados sin tener que superar una interpretación que corre fuera de sus tiempos, por esa razón anuncio mi voto a favor de este proyecto”.

  • ORDENAN AL ITE INFORMAR AL PAC SOBRE COLOCACIÓN DE EMBLEMAS EN BOLETA

De la misma forma, resolvieron el Juicio Ciudadano que presentó el PAC, mediante el cual el director de Organización Electoral, Capacitación y Educación Cívica del ITE, expuso la colocación del emblema de la candidatura común en la boleta electoral de este proceso electoral.

Los integrantes del TET ordenaron que el Consejo General del ITE debe conocer de la solicitud fechada con el 16 de abril que realizó el PAC, para que dentro de sus competencias dé respuesta, informando también a los magistrados, dentro de las 48 horas siguientes a que haya realizado la notificación de la respuesta.

Las candidaturas comunes a diputados locales que presentó el Partido Revolucionario Institucional, Verde Ecologista de México, Nueva Alianza y Socialista, para competir en este proceso electoral local y que aprobó el Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE), están correctas, afirmaron los magistrados del Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET).

Lo anterior, porque el Partido Alianza Ciudadana (PAC) interpuso el recurso de refutación, contra las candidaturas de Eréndira Cova Brindis, Enrique Padilla Sánchez y Arnulfo Arévalo Lara, abanderados de los distritos 1, 7 y 11, respectivamente.

El argumento es que en la elección pasada, cuando los -hoy diputados locales con licencia- ganaron las votaciones, fueron impulsados por otro tipo de candidatura y fuerzas políticas.

Ayer, por unanimidad el Pleno del TET concluyó que la impugnación es infundada, por lo tanto, siguen en pie las candidaturas comunes.

En la resolución, los magistrados argumentaron que el recurso interpuesto por Dulce María Angulo Ramírez, representante del PAC, realizó “erróneamente” una interpretación gramatical aislada del artículo 35 de la Constitución Política para el Estado de Tlaxcala, que a la letra dice: “Los diputados podrán ser electos hasta por cuatro periodos consecutivos, siempre y cuando sean postulados por el mismo partido político o coalición que los postuló, salvo que hayan renunciado o perdido su militancia antes de la mitad de su mandato.”

“Resulta legal la postulación respecto a los distritos electorales I, VII y XI, toda vez, que es a propuesta de un partido de dicha candidatura común, que en este caso lo es el PRI, cumpliendo en este caso, con la hipótesis, para aspirar al mismo cargo, para el que resultó electo. En consecuencia, la ponencia a cargo, propone a este pleno, confirmar el acuerdo ITE- CG 35/2018 en lo que fue materia de impugnación”, remarcó la sentencia.

Al respecto, el magistrado José Lumbreras explicó que el fallo explica el significado de coalición y candidatura común, de ahí que las candidaturas sí fueron postuladas por el mismo partido político con el que los diputados locales ganaron la elección anterior.

Por su parte, el magistrado presidente Luis Manuel Muñoz Cuautle abundó que la interpretación de las normas favoreció la sentencia. “Esta interpretación que es conforme a la Constitución, bajo una visión más amplia, permite y materializa, la posibilidad de que estos candidatos puedan ser postulados sin tener que superar una interpretación que corre fuera de sus tiempos, por esa razón anuncio mi voto a favor de este proyecto”.

  • ORDENAN AL ITE INFORMAR AL PAC SOBRE COLOCACIÓN DE EMBLEMAS EN BOLETA

De la misma forma, resolvieron el Juicio Ciudadano que presentó el PAC, mediante el cual el director de Organización Electoral, Capacitación y Educación Cívica del ITE, expuso la colocación del emblema de la candidatura común en la boleta electoral de este proceso electoral.

Los integrantes del TET ordenaron que el Consejo General del ITE debe conocer de la solicitud fechada con el 16 de abril que realizó el PAC, para que dentro de sus competencias dé respuesta, informando también a los magistrados, dentro de las 48 horas siguientes a que haya realizado la notificación de la respuesta.

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