/ miércoles 8 de agosto de 2018

Desecha el INE queja en contra de Covarrubias

Quedaron pendientes las definiciones de multas a partidos políticos

El Instituto Nacional Electoral (INE) desechó la queja interpuesta en contra de Miguel Ángel Covarrubias Cervantes, otrora candidato a diputado local del Distrito 14 y actual legislador electo postulado por la coalición “Por Tlaxcala al Frente”.

En la sesión ordinaria que inició la mañana del pasado lunes y concluyó la madrugada de ayer, los consejeros desestimaron el recurso que presentó Martín Pérez Hernández, en su carácter de candidato a diputado local por la coalición “Juntos Haremos Historia”, con el argumento de que Covarrubias Cervantes rebasó el tope de campaña.

Tras el fallo, el INE ordenó notificar al Instituto Tlaxcalteca de Elecciones a efecto de que deje firme la entrega de constancias, mientras que al quejoso pidieron notificarle sobre la resolución.

A pesar de la determinación, el autoapodado “Conejo” podrá presentar el “recurso de apelación” y para ello tiene cuatro días contados a partir del día siguiente a la resolución, como lo establecen los términos dispuestos en el artículo 40 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación, numerales ocho y nueve.

De lo contario, deberá notificar de conformidad con la ley aplicable, ante la autoridad señalada, en su papel responsable del acto o resolución impugnada.

En la exposición de motivos, los consejeros aseveraron que Martín Pérez no precisó la información que sustentara la presunción del rebase de tope de gastos de campaña.

Señalaron: “La queja se basa en manifestaciones genéricas y subjetivas relacionadas con la celebración de eventos por parte de Covarrubias Cervantes, en fechas diversas, aun fuera del periodo de campaña”.

De igual forma, detallaron que no les proporcionó domicilios en los que supuestamente se llevaron a cabo los eventos ostentosos, ni medios de prueba que pudieran sostener sus dichos.

De ahí que la autoridad sentenció que no advirtió circunstancias de modo, tiempo y lugar que permitieran dilucidar posibles conductas ilícitas que estuvieran relacionadas con el origen, monto, destino y aplicación de recursos.

TAMBIÉN DESECHÓ QUEJAS EN EL DISTRITO SEIS

Por otro lado, el INE también declaró infundado el procedimiento administrativo sancionador electoral en materia de fiscalización instaurado en contra de Movimiento Ciudadano y su candidato a diputado local por el sexto distrito, Jorge Ramírez Rafael.

La misma determinación fue para el Partido Movimiento Regeneración Nacional y su candidato a diputado local por el mismo distrito, Jesús Ronaldo Pérez Saavedra.

Quedaron pendientes las definiciones de multas a partidos políticos por irregularidades efectuadas en el desarrollo de sus campañas y será en el transcurso de este día cuando se den a conocer.

ANTECEDENTE

En el Distrito local 14 se llevó a cabo el recuento total de sufragios, pues hubo una mínima diferencia entre el primero y segundo lugar.

El Instituto Nacional Electoral (INE) desechó la queja interpuesta en contra de Miguel Ángel Covarrubias Cervantes, otrora candidato a diputado local del Distrito 14 y actual legislador electo postulado por la coalición “Por Tlaxcala al Frente”.

En la sesión ordinaria que inició la mañana del pasado lunes y concluyó la madrugada de ayer, los consejeros desestimaron el recurso que presentó Martín Pérez Hernández, en su carácter de candidato a diputado local por la coalición “Juntos Haremos Historia”, con el argumento de que Covarrubias Cervantes rebasó el tope de campaña.

Tras el fallo, el INE ordenó notificar al Instituto Tlaxcalteca de Elecciones a efecto de que deje firme la entrega de constancias, mientras que al quejoso pidieron notificarle sobre la resolución.

A pesar de la determinación, el autoapodado “Conejo” podrá presentar el “recurso de apelación” y para ello tiene cuatro días contados a partir del día siguiente a la resolución, como lo establecen los términos dispuestos en el artículo 40 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación, numerales ocho y nueve.

De lo contario, deberá notificar de conformidad con la ley aplicable, ante la autoridad señalada, en su papel responsable del acto o resolución impugnada.

En la exposición de motivos, los consejeros aseveraron que Martín Pérez no precisó la información que sustentara la presunción del rebase de tope de gastos de campaña.

Señalaron: “La queja se basa en manifestaciones genéricas y subjetivas relacionadas con la celebración de eventos por parte de Covarrubias Cervantes, en fechas diversas, aun fuera del periodo de campaña”.

De igual forma, detallaron que no les proporcionó domicilios en los que supuestamente se llevaron a cabo los eventos ostentosos, ni medios de prueba que pudieran sostener sus dichos.

De ahí que la autoridad sentenció que no advirtió circunstancias de modo, tiempo y lugar que permitieran dilucidar posibles conductas ilícitas que estuvieran relacionadas con el origen, monto, destino y aplicación de recursos.

TAMBIÉN DESECHÓ QUEJAS EN EL DISTRITO SEIS

Por otro lado, el INE también declaró infundado el procedimiento administrativo sancionador electoral en materia de fiscalización instaurado en contra de Movimiento Ciudadano y su candidato a diputado local por el sexto distrito, Jorge Ramírez Rafael.

La misma determinación fue para el Partido Movimiento Regeneración Nacional y su candidato a diputado local por el mismo distrito, Jesús Ronaldo Pérez Saavedra.

Quedaron pendientes las definiciones de multas a partidos políticos por irregularidades efectuadas en el desarrollo de sus campañas y será en el transcurso de este día cuando se den a conocer.

ANTECEDENTE

En el Distrito local 14 se llevó a cabo el recuento total de sufragios, pues hubo una mínima diferencia entre el primero y segundo lugar.

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