/ miércoles 1 de noviembre de 2023

Diputados eliminan excusa absolutoria a familiares que encubran a feminicidas y homicidas

Anteriormente estos aspectos no estaban contemplados en el Código Penal del Estado

Para fortalecer la impartición de justicia y evitar la violencia contra la mujer, el Pleno del Congreso del Estado aprobó eliminar la excusa absolutoria de familiares que encubran un homicidio doloso o un feminicidio.

 

 

Lo anterior, a través de la reforma al artículo 223 y la adición de un párrafo segundo al artículo 220, ambos del Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala, con lo cual buscan reducir la impunidad asociada a la investigación y administración de justicia en los casos de muertes violentas de mujeres.

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De acuerdo con el dictamen aprobado -por unanimidad de votos- por el Pleno del Congreso local, procurarán que las víctimas indirectas puedan acceder a una investigación adecuada, además de un proceso en el que haya condiciones para sancionar a los victimarios y no queden impunes los delitos.

 

 

Sin embargo, el dictamen puntualiza que a los abogados y defensores les asistirá una excluyente de responsabilidad penal, eventualmente en su modalidad de causa de justificación, y no una excusa absolutoria, con relación al delito de encubrimiento, debido a que la actividad del abogado y específicamente del defensor, en cuanto al secreto profesional que debe a su cliente, no deben constituirse del delito de encubrimiento.

De igual forma, quienes no estarán exentos de las penas previstas serán los sujetos que tengan la calidad de ascendiente o descendiente consanguíneo, en línea recta o colateral, hasta el cuarto grado; por adopción o por afinidad hasta el segundo grado; cónyuge, concubino o persona ligada con el sujeto activo por amor, respeto, gratitud o estrecha amistad, siempre y cuanto sea feminicidio u homicidio doloso.

Lee más:➡️ Desde 2017 feminicidio se tipificó como delito grave en Tlaxcala

En este sentido, la nueva disposición puntualiza que de ser el caso los responsables serán sancionados de acuerdo con los artículos 224, 228, 229, 229 Bis y 229 Ter del presente Código.

La iniciativa fue propuesta por el diputado Juan Manuel Cambrón Soria, quién durante la aprobación reconoció y agradeció la labor de las comisiones dictaminadoras y resaltó la importancia de la aprobación de dicha iniciativa.

 

 


Para fortalecer la impartición de justicia y evitar la violencia contra la mujer, el Pleno del Congreso del Estado aprobó eliminar la excusa absolutoria de familiares que encubran un homicidio doloso o un feminicidio.

 

 

Lo anterior, a través de la reforma al artículo 223 y la adición de un párrafo segundo al artículo 220, ambos del Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala, con lo cual buscan reducir la impunidad asociada a la investigación y administración de justicia en los casos de muertes violentas de mujeres.

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De acuerdo con el dictamen aprobado -por unanimidad de votos- por el Pleno del Congreso local, procurarán que las víctimas indirectas puedan acceder a una investigación adecuada, además de un proceso en el que haya condiciones para sancionar a los victimarios y no queden impunes los delitos.

 

 

Sin embargo, el dictamen puntualiza que a los abogados y defensores les asistirá una excluyente de responsabilidad penal, eventualmente en su modalidad de causa de justificación, y no una excusa absolutoria, con relación al delito de encubrimiento, debido a que la actividad del abogado y específicamente del defensor, en cuanto al secreto profesional que debe a su cliente, no deben constituirse del delito de encubrimiento.

De igual forma, quienes no estarán exentos de las penas previstas serán los sujetos que tengan la calidad de ascendiente o descendiente consanguíneo, en línea recta o colateral, hasta el cuarto grado; por adopción o por afinidad hasta el segundo grado; cónyuge, concubino o persona ligada con el sujeto activo por amor, respeto, gratitud o estrecha amistad, siempre y cuanto sea feminicidio u homicidio doloso.

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En este sentido, la nueva disposición puntualiza que de ser el caso los responsables serán sancionados de acuerdo con los artículos 224, 228, 229, 229 Bis y 229 Ter del presente Código.

La iniciativa fue propuesta por el diputado Juan Manuel Cambrón Soria, quién durante la aprobación reconoció y agradeció la labor de las comisiones dictaminadoras y resaltó la importancia de la aprobación de dicha iniciativa.

 

 


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