/ sábado 18 de septiembre de 2021

El aborto es un tema superado en Tlaxcala

Las mujeres de Tlaxcala podrán interrumpir un embarazo sin consecuencias jurídicas

En Tlaxcala no existen quejas de mujeres que hayan sido objeto de una violación a sus derechos humanos por decidir interrumpir un embarazo toda vez que es un tema superado desde hace mucho tiempo en la entidad, precisó Jakqueline Ordóñez Brasdefer, presidenta de la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH).

Explicó que con la reforma al Código Penal realizada desde el 2015, que estipula que las mujeres de Tlaxcala podrán interrumpir un embarazo sin consecuencias jurídicas por las causales de violación, malformación en el producto, imprudencial o accidental, que ponga en riesgo la vida o salud de la mujer o por inseminación artificial no consentida, ha ocasionado que la CEDH no tenga quejas relativas al tema.

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Por lo tanto, dijo que el organismo autónomo que preside respalda la determinación de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que declaró inconstitucional la penalización del aborto, debido a que es un avance en el reconocimiento de los derechos de las mujeres que optan por interrumpir un embarazo.

Ordóñez Brasdefer precisó que el criterio de los ministros de la Suprema Corte establece que los jueces del país no podrán procesar a una mujer que voluntariamente interrumpa su embarazo en determinadas causales, el mismo que deberá observarse para tomar esta decisión sin repercusiones.

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Dijo que, como organismo protector de los derechos humanos, coinciden con el criterio de reconocer el derecho a decidir de las mujeres, pues es a favor de la dignidad humana, se reconoce la autonomía, la libertad reproductiva de la mujer, libre desarrollo de la personalidad y el acceso a la salud.

Los derechos humanos son progresivos, consideramos que la criminalización de las mujeres y de las personas gestantes que voluntariamente deciden interrumpir su embarazo provoca discriminación jurídica y una injusticia social,concluyó.

  • ENTÉRATE De 2007 a 2012, las instituciones de salud de Tlaxcala reportaron tres casos autorizados para la interrupción legal del embarazo, mientras que la Procuraduría General de Justicia no emitió información al respecto.

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Explicó que con la reforma al Código Penal realizada desde el 2015, que estipula que las mujeres de Tlaxcala podrán interrumpir un embarazo sin consecuencias jurídicas por las causales de violación, malformación en el producto, imprudencial o accidental, que ponga en riesgo la vida o salud de la mujer o por inseminación artificial no consentida, ha ocasionado que la CEDH no tenga quejas relativas al tema.

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Por lo tanto, dijo que el organismo autónomo que preside respalda la determinación de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que declaró inconstitucional la penalización del aborto, debido a que es un avance en el reconocimiento de los derechos de las mujeres que optan por interrumpir un embarazo.

Ordóñez Brasdefer precisó que el criterio de los ministros de la Suprema Corte establece que los jueces del país no podrán procesar a una mujer que voluntariamente interrumpa su embarazo en determinadas causales, el mismo que deberá observarse para tomar esta decisión sin repercusiones.

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Los derechos humanos son progresivos, consideramos que la criminalización de las mujeres y de las personas gestantes que voluntariamente deciden interrumpir su embarazo provoca discriminación jurídica y una injusticia social,concluyó.

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