/ sábado 28 de agosto de 2021

Preceptos legales, ignorados por alcaldes del estado

Las comunas son la base de la división territorial y de la organización política y administrativa

Los alcaldes y alcaldesas de Tlaxcala están obligados a cumplir con una serie de preceptos legales para la correcta organización y funcionamiento del gobierno, pues, según la ley, la comuna es la base de la división territorial y de la organización política y administrativa de Tlaxcala.

Hay disposiciones que de no cumplir provocarían problemas legales y hasta la desaparición del ayuntamiento, pero hay otras que, al no tener gran impacto o severas consecuencias, administración tras administración han sido ignoradas.

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Una de ellas, y que fue avalada en septiembre de 2017, es la obligación que tienen para promover la contratación progresiva de personas con discapacidad (deben cubrir el perfil laboral al puesto solicitado), según la Ley Municipal hasta alcanzar cuando menos el 2% de la plantilla de la administración pública de la comuna.

Por ley, el ayuntamiento debe expedir el reglamento de las presidencias de comunidad y de las delegaciones municipales, así como vigilar y sancionar su correcta y puntual observancia por parte de los presidentes de comunidad, pero es una situación prácticamente ignorada.

Reglamentar los espectáculos públicos, el uso de fuegos pirotécnicos, los anuncios comerciales y la utilización de la vía pública es una disposición que pocos municipios aplican, y aquellos como Apizaco o Tlaxcala lo hacen en el tema del uso del espacio público.

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Otro deber de las comunas es visitar los centros de población del municipio, con los funcionarios y comisiones municipales pertinentes, para atender las demandas sociales, aunque esto lo hacen usualmente cuando existe algún tipo de conflicto.

Crear el área responsable de información pública y la página electrónica de acceso público, en la que informe y transparente el ejercicio de su administración, es un precepto legal que no todos cumplen, y quienes lo hacen es a medias.

Participar en la creación y administración de sus reservas territoriales, de zonas de reservas ecológicas, en la elaboración de programas de ordenamiento y celebrar convenios para la administración y custodia de reservas federales en lo conducente, es algo que no llevan a cabo todas las administraciones municipales.

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OBLIGADOS A CUMPLIR

Contrario a lo anterior, los ayuntamientos sí han observado otras disposiciones que, de no hacerlo, les traería algún tipo de consecuencia negativa y legal, como la emisión de los bandos de policía y gobierno, los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas, cuyo fin es fomentar la convivencia, el respeto a los derechos humanos y la participación ciudadana, vecinal y comunitaria.

Hay otras que si bien están obligados a cumplir, la mayoría de las veces lo hacen a destiempo, como el aprobar el proyecto de iniciativa de Ley de Ingresos y presentarlo al Congreso local, así como su presupuesto anual de egresos, que debe ser enviado antes del 31 de diciembre de cada año.

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Hay otros mandatos que son cumplidos por los presidentes y presidentas municipales, como el desarrollar acciones para prevenir adicciones y toda actividad que implique conductas antisociales.

También están la participación de la ciudadanía, desarrollar programas para enaltecer los valores cívicos, culturales, sociales y deportivos.

  • Crear el área responsable de información pública y la página electrónica de acceso público, en la que informe y transparente el ejercicio de su administración, es un precepto legal que no todos cumplen, y quienes lo hacen es a medias.

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Los alcaldes y alcaldesas de Tlaxcala están obligados a cumplir con una serie de preceptos legales para la correcta organización y funcionamiento del gobierno, pues, según la ley, la comuna es la base de la división territorial y de la organización política y administrativa de Tlaxcala.

Hay disposiciones que de no cumplir provocarían problemas legales y hasta la desaparición del ayuntamiento, pero hay otras que, al no tener gran impacto o severas consecuencias, administración tras administración han sido ignoradas.

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Una de ellas, y que fue avalada en septiembre de 2017, es la obligación que tienen para promover la contratación progresiva de personas con discapacidad (deben cubrir el perfil laboral al puesto solicitado), según la Ley Municipal hasta alcanzar cuando menos el 2% de la plantilla de la administración pública de la comuna.

Por ley, el ayuntamiento debe expedir el reglamento de las presidencias de comunidad y de las delegaciones municipales, así como vigilar y sancionar su correcta y puntual observancia por parte de los presidentes de comunidad, pero es una situación prácticamente ignorada.

Reglamentar los espectáculos públicos, el uso de fuegos pirotécnicos, los anuncios comerciales y la utilización de la vía pública es una disposición que pocos municipios aplican, y aquellos como Apizaco o Tlaxcala lo hacen en el tema del uso del espacio público.

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Otro deber de las comunas es visitar los centros de población del municipio, con los funcionarios y comisiones municipales pertinentes, para atender las demandas sociales, aunque esto lo hacen usualmente cuando existe algún tipo de conflicto.

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Participar en la creación y administración de sus reservas territoriales, de zonas de reservas ecológicas, en la elaboración de programas de ordenamiento y celebrar convenios para la administración y custodia de reservas federales en lo conducente, es algo que no llevan a cabo todas las administraciones municipales.

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OBLIGADOS A CUMPLIR

Contrario a lo anterior, los ayuntamientos sí han observado otras disposiciones que, de no hacerlo, les traería algún tipo de consecuencia negativa y legal, como la emisión de los bandos de policía y gobierno, los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas, cuyo fin es fomentar la convivencia, el respeto a los derechos humanos y la participación ciudadana, vecinal y comunitaria.

Hay otras que si bien están obligados a cumplir, la mayoría de las veces lo hacen a destiempo, como el aprobar el proyecto de iniciativa de Ley de Ingresos y presentarlo al Congreso local, así como su presupuesto anual de egresos, que debe ser enviado antes del 31 de diciembre de cada año.

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Hay otros mandatos que son cumplidos por los presidentes y presidentas municipales, como el desarrollar acciones para prevenir adicciones y toda actividad que implique conductas antisociales.

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  • Crear el área responsable de información pública y la página electrónica de acceso público, en la que informe y transparente el ejercicio de su administración, es un precepto legal que no todos cumplen, y quienes lo hacen es a medias.

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