En sesión ordinaria del Congreso del Estado, diputados locales aprobaron una reforma a la Ley de Vivienda, impulsada por José Gilberto Temoltzin Martínez, que garantiza el derecho a una casa digna y decorosa a la ciudadanía, además de que con ello la autoridad ampliará el número de beneficiaros a nivel estatal y municipal.
El dictamen aprobado señala que será la Secretaría de Ordenamiento Territorial y Vivienda la dependencia que ponga a consideración del Ejecutivo estatal la aprobación del Programa Estatal de Vivienda, a fin de establecer acciones y políticas públicas para quienes carezcan de una casa o necesiten mejorar la existente, puedan hacerlo.
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Por otro lado, puntualiza que esta dependencia estará obligada a promover y evaluar los programas en la materia, además de la participación de los sectores público, social y privado en la concertación de acciones en materia de suelo para y de la propia vivienda.
Para lograr lo anterior, la citada Secretaría deberá proponer al Ejecutivo estatal la celebración de convenios entre los sectores público, social y privado, en materia de vivienda, así como participar con las autoridades competentes en la investigación tecnológica, dirigida a la innovación y promoción de sistemas constructivos socialmente apropiados.
Asimismo, subraya que estará encargada de gestionar recursos para el financiamiento de acciones en materia de vivienda, además de verificar -en el ámbito de su competencia- que las acciones de suelo y vivienda cumplan con las disposiciones en materia de ordenamiento territorial de los asentamientos humanos y del desarrollo urbano de los centros de población.
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De esta forma, este marco también armoniza dicha norma a las nuevas disposiciones contenidas en la nueva Ley Orgánica de la administración pública estatal.
Con la aprobación, legisladores buscan que los requisitos instrumentados a nivel internacional sean considerados en la normativa estatal, a fin de que puedan ser observados en la planeación e implementación de los programas y políticas públicas de vivienda.