/ domingo 4 de septiembre de 2022

Guridi y Alcocer, precursor de la igualdad en América Latina

Se cumplen 211 años de que el diputado tlaxcalteca tomó la tribuna nacional para defender a los africanos y afroamericanos

Tlaxcala es tierra vanguardista. Desde la época prehispánica se pueden contar numerosos personajes que han hecho patria en nombre del estado más pequeño de la república. Un ejemplo de estas figuras ilustres es José Miguel Guridi y Alcocer, distinguido orador y escritor liberal perteneciente a una generación de abogados que contribuyó a dar forma jurídica a la Independencia de México y su forma de gobierno. Nació el 26 de diciembre 1763 en Ixtacuixtla, Tlaxcala y fue elegido como diputado provincial al Congreso Constituyente a partir de 1810, periodo donde se postuló como defensor de los derechos humanos.

El historiador Armando Díaz de la Mora señala que dentro del Diario de Sesiones de la Cámara de Diputados Federal se encuentra el registro de que el 4 de septiembre de 1811 don José Miguel tomó la tribuna por primera vez para refutar el sentido propuesto en el Proyecto de Constitución de España y sus posesiones americanas en cuanto a la ciudadanía de los nacidos en África y sus descendientes.

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De aquel discurso, que ocupa varias cuartillas, se puede destacar el siguiente fragmento:

“Este artículo da por supuesto no son ciudadanos los españoles que traen su origen de África, como si ya se hubiese establecido de antemano, y no es así. Por el contrario, el artículo anterior concede el derecho de ciudadano a los hijos de extranjeros, sin poner la excepción de que no sean africanos, en cuya virtud deberían entenderse comprendidos los del artículo que se discute, si él no los supiera excluidos. De manera que sin expresarse abiertamente en parte alguna que no son ciudadanos, se les declara de un modo indirecto la negativa de esa cualidad, abriéndoles la puerta para obtenerla por privilegio.

Hago esta reflexión, porque no se crea ajena de este artículo la controversia que voy a agitar, y que en él se presenta como definida, ya no estándola en efecto, o se decide suponiéndola decidida. Que los oriundos de África sean ciudadanos, lo exige la justicia y lo demanda la política. ¿Qué fundamento hay para que les dañe semejante origen? ¿Será acaso precisamente por de África?”.

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Seis días posteriores a la intervención, el diputado volvió a subir a la tribuna para presentar el siguiente alegato:

“Cuando se trató en octubre de la igualdad de las provincias de América con las de la Península, propusieron los americanos y presentaron un plan de decretos extensivo a todos los habitantes libres de aquel hemisferio; pero repugnándolo en cuanto a las castas los Diputados europeos, tuvieron aquellos que conformarse, a más no poder, con que se declarase la igualdad en cuanto a los indios españoles. Si no se han de usar teorías ni metafísicas, ¿por qué no se expresan las que hemos usado los americanos? Decir nosotros: sentirán las castas una negativa que los abate, esas son teorías; pero afirmar que ni pueden sentirlo como si fueran brutos, esos son hechos. Decir nosotros que esto es peligroso en el estado actual de convulsión de las Américas, esas son teorías; pero afirmar que nada se perturbará contra lo que estamos experimentando, esos son hechos. Decir nosotros, en fin, lo que previenen nuestras leyes y el derecho público, esas son teorías; pero afirmar que nada de eso importa, esos son hechos.”

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De esta forma, explica el maestro de la Mora, el diputado por Tlaxcala se sitúo a la delantera de los demás diputados americanos en la defensa de los derechos de las castas y particularmente de los negros de África que vivían en las tierras americanas.

Las propuestas de abolir la esclavitud y promover la igualdad de castas corresponden al pensamiento revolucionario de don José Miguel, quien a pesar de la negativa en el resto de la Cámara que atendía intereses de poderosos grupos del momento, fue precursor de la igualdad en América Latina.

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Tlaxcala es tierra vanguardista. Desde la época prehispánica se pueden contar numerosos personajes que han hecho patria en nombre del estado más pequeño de la república. Un ejemplo de estas figuras ilustres es José Miguel Guridi y Alcocer, distinguido orador y escritor liberal perteneciente a una generación de abogados que contribuyó a dar forma jurídica a la Independencia de México y su forma de gobierno. Nació el 26 de diciembre 1763 en Ixtacuixtla, Tlaxcala y fue elegido como diputado provincial al Congreso Constituyente a partir de 1810, periodo donde se postuló como defensor de los derechos humanos.

El historiador Armando Díaz de la Mora señala que dentro del Diario de Sesiones de la Cámara de Diputados Federal se encuentra el registro de que el 4 de septiembre de 1811 don José Miguel tomó la tribuna por primera vez para refutar el sentido propuesto en el Proyecto de Constitución de España y sus posesiones americanas en cuanto a la ciudadanía de los nacidos en África y sus descendientes.

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De aquel discurso, que ocupa varias cuartillas, se puede destacar el siguiente fragmento:

“Este artículo da por supuesto no son ciudadanos los españoles que traen su origen de África, como si ya se hubiese establecido de antemano, y no es así. Por el contrario, el artículo anterior concede el derecho de ciudadano a los hijos de extranjeros, sin poner la excepción de que no sean africanos, en cuya virtud deberían entenderse comprendidos los del artículo que se discute, si él no los supiera excluidos. De manera que sin expresarse abiertamente en parte alguna que no son ciudadanos, se les declara de un modo indirecto la negativa de esa cualidad, abriéndoles la puerta para obtenerla por privilegio.

Hago esta reflexión, porque no se crea ajena de este artículo la controversia que voy a agitar, y que en él se presenta como definida, ya no estándola en efecto, o se decide suponiéndola decidida. Que los oriundos de África sean ciudadanos, lo exige la justicia y lo demanda la política. ¿Qué fundamento hay para que les dañe semejante origen? ¿Será acaso precisamente por de África?”.

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Seis días posteriores a la intervención, el diputado volvió a subir a la tribuna para presentar el siguiente alegato:

“Cuando se trató en octubre de la igualdad de las provincias de América con las de la Península, propusieron los americanos y presentaron un plan de decretos extensivo a todos los habitantes libres de aquel hemisferio; pero repugnándolo en cuanto a las castas los Diputados europeos, tuvieron aquellos que conformarse, a más no poder, con que se declarase la igualdad en cuanto a los indios españoles. Si no se han de usar teorías ni metafísicas, ¿por qué no se expresan las que hemos usado los americanos? Decir nosotros: sentirán las castas una negativa que los abate, esas son teorías; pero afirmar que ni pueden sentirlo como si fueran brutos, esos son hechos. Decir nosotros que esto es peligroso en el estado actual de convulsión de las Américas, esas son teorías; pero afirmar que nada se perturbará contra lo que estamos experimentando, esos son hechos. Decir nosotros, en fin, lo que previenen nuestras leyes y el derecho público, esas son teorías; pero afirmar que nada de eso importa, esos son hechos.”

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