/ lunes 15 de enero de 2024

Congreso local eliminó de leyes municipales el cobro por búsqueda en materia de acceso a la información

La promoción realizada por la CNDH no será válida porque sí fueron acatados los criterios emitidos por la SCJN, afirma el legislador

La acción de inconstitucionalidad promovida por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) contra varias leyes de ingresos municipales de 2024 no surtirá efecto, puesto que en los documentos la Comisión de Finanzas y Fiscalización del Congreso del Estado quitó el cobro del rubro de búsqueda y reguló el costo por la expedición de copias certificadas de acceso a la información, sostuvo el presidente de dicha Comisión, Ever Alejandro Campech Avelar.

En entrevista, explicó que cualquier órgano autónomo, como es el caso de la CNDH, puede presentar estas acciones, pues observó que en las leyes de ingreso está el capitulado de copias certificadas, pero no hizo un análisis profundo, pues resulta que en el año pasado las leyes de ingresos municipales sí contemplaban el cobro de la búsqueda en materia de acceso a la información, que fue invalidado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

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Manifestó que ahora únicamente aparece la expedición, pues en la búsqueda los municipios no podrán realizar cobros al ser un derecho de los ciudadanos, a quienes les cobraban hasta el valor de una Unidad de Medida y Actualización (UMAs), es decir, más de 100 pesos por copia certificada, pero para este año establecieron el cobro de 0.02 UMAs, tal y como lo estableció la SCJN, es decir dos pesos.

Quienes soliciten información y copias certificadas si son menos de 15 fojas serán gratuitas, pero si son más de 15 pagarán únicamente la tinta, el papel y eso lo determinó la SCJN, es decir dos pesos, entonces, aunque haya presentado la CNDH las acciones, al momento de que la Suprema Corte analice y detecte que sí quitamos la búsqueda y la de la copia no procederá”, recalcó.

De igual forma, puntualizó que para este ejercicio fiscal fue invalidado el cobro del Derecho de Alumbrado Público, así como el tema de que los alcaldes delegaban las facultades administrativas en el cobro de agua, pero ya fue establecida la tarifa por la electrificación del suministro.

Más información: ➡️ Legisladores tipificarán linchamientos en el Código Penal estatal

Finalmente, enfatizó que la CNDH únicamente vio el articulado de las leyes, pero en el dictamen aprobado por el Pleno del Congreso local fue especificado que acataban lo que decía la SCJN, de ahí que no existe un mal trabajo por parte de la Comisión de Finanzas y esperarán la resolución de esa instancia, aunque -aseguró- sí atendieron lo declarado inconstitucional.


PETICIÓN DE LA CNDH

La CNDH promovió ante la SJCN una demanda por la que exige invalidar diversos preceptos de las leyes de ingresos de Calpulalpan, Huamantla, Contla, Lázaro Cárdenas, Santa Apolonia Teacalco, Tlaxco y Zitlaltepec, Ixtacuixtla, Nopalucan, Ayometla, Tepetitla, Tetla, San Pablo del Monte, Tequexquitla, Papalotla, Tepeyanco, Yauhquemehcan, Nanacamilpa, Terrenate, Xaloztoc y Xaltocan por supuestos cobros desproporcionados.

Te recomendamos: ➡️ Abatió Puntos Constitucionales el 50 % de rezago legislativo: Ever Campech

El Congreso local también reguló el costo por la expedición de copias certificadas de acceso a la información.


La acción de inconstitucionalidad promovida por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) contra varias leyes de ingresos municipales de 2024 no surtirá efecto, puesto que en los documentos la Comisión de Finanzas y Fiscalización del Congreso del Estado quitó el cobro del rubro de búsqueda y reguló el costo por la expedición de copias certificadas de acceso a la información, sostuvo el presidente de dicha Comisión, Ever Alejandro Campech Avelar.

En entrevista, explicó que cualquier órgano autónomo, como es el caso de la CNDH, puede presentar estas acciones, pues observó que en las leyes de ingreso está el capitulado de copias certificadas, pero no hizo un análisis profundo, pues resulta que en el año pasado las leyes de ingresos municipales sí contemplaban el cobro de la búsqueda en materia de acceso a la información, que fue invalidado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

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Manifestó que ahora únicamente aparece la expedición, pues en la búsqueda los municipios no podrán realizar cobros al ser un derecho de los ciudadanos, a quienes les cobraban hasta el valor de una Unidad de Medida y Actualización (UMAs), es decir, más de 100 pesos por copia certificada, pero para este año establecieron el cobro de 0.02 UMAs, tal y como lo estableció la SCJN, es decir dos pesos.

Quienes soliciten información y copias certificadas si son menos de 15 fojas serán gratuitas, pero si son más de 15 pagarán únicamente la tinta, el papel y eso lo determinó la SCJN, es decir dos pesos, entonces, aunque haya presentado la CNDH las acciones, al momento de que la Suprema Corte analice y detecte que sí quitamos la búsqueda y la de la copia no procederá”, recalcó.

De igual forma, puntualizó que para este ejercicio fiscal fue invalidado el cobro del Derecho de Alumbrado Público, así como el tema de que los alcaldes delegaban las facultades administrativas en el cobro de agua, pero ya fue establecida la tarifa por la electrificación del suministro.

Más información: ➡️ Legisladores tipificarán linchamientos en el Código Penal estatal

Finalmente, enfatizó que la CNDH únicamente vio el articulado de las leyes, pero en el dictamen aprobado por el Pleno del Congreso local fue especificado que acataban lo que decía la SCJN, de ahí que no existe un mal trabajo por parte de la Comisión de Finanzas y esperarán la resolución de esa instancia, aunque -aseguró- sí atendieron lo declarado inconstitucional.


PETICIÓN DE LA CNDH

La CNDH promovió ante la SJCN una demanda por la que exige invalidar diversos preceptos de las leyes de ingresos de Calpulalpan, Huamantla, Contla, Lázaro Cárdenas, Santa Apolonia Teacalco, Tlaxco y Zitlaltepec, Ixtacuixtla, Nopalucan, Ayometla, Tepetitla, Tetla, San Pablo del Monte, Tequexquitla, Papalotla, Tepeyanco, Yauhquemehcan, Nanacamilpa, Terrenate, Xaloztoc y Xaltocan por supuestos cobros desproporcionados.

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El Congreso local también reguló el costo por la expedición de copias certificadas de acceso a la información.


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