Por unanimidad de votos, el pleno del Congreso del Estado aprobó que el padre que cometa feminicidio en contra de la madre de sus hijos perderá la patria potestad de los menores de edad y deberá enfrentar las consecuencias del proceso judicial respectivo y, en su caso, la imposición de la pena correspondiente.
Al considerar que es un riesgo para la integridad física y psicológica de los menores de edad, los congresistas avalaron diversas reformas al Código Civil del Estado de Tlaxcala, pues los legisladores buscan proteger el interés superior de la infancia y tal medida obedecerá precisamente a resguardar su bienestar y desarrollo.
Este derecho también será retirado a los tutores que mantengan hábitos nocivos, inflijan malos tratos o cometan actos que impliquen el abandono de sus deberes, de manera que se ponga en riesgo su vida, salud, seguridad, desarrollo moral o integridad física o psíquica, aunque estos hechos no tengan el carácter de delito.
En su momento, los legisladores puntualizaron que estos hábitos nocivos serán considerados conductas depravadas, los que contemplan el consumo de bebidas alcohólicas, la práctica reiterada de juegos de azar con apuestas en los que arriesgue el ingreso económico, bienes y la integridad física o moral, entre otros.
Además, perderá la potestad cuando la persona sea condenada por violencia vicaria y la niña, niño o adolescente de que se trate haya sido el medio para la comisión de ese ilícito, de ahí que el juez puede, en beneficio de éstos, modificar el ejercicio de la misma o custodia, cuando ésta se halla decretado judicialmente, ya sea con carácter provisional o definitivo.
También, agregaron otras causales de la pérdida como son evitar la convivencia de los menores con la persona o personas que tengan reconocido judicialmente su derecho a la misma y la pena se agravará hasta en una tercera parte cuando la víctima sea menor de edad, se encuentre en estado de gravidez, sea persona con discapacidad, adulta mayor o tenga algún vínculo de parentesco con la persona o sujeto activo, entre otros.
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Promover mendicidad en menores ameritará prisión
En otro momento, el Pleno del Congreso local aprobó imponer de dos a ocho años de prisión y multa de 144 a 500 Unidades de Medida y Actualización (UMAS) a quien por cualquier medio procure, propicie, posibilite, gestione, promueva, induzca o facilite el que un menor de edad viva en condiciones de mendicidad.
Lo anterior a través de reformas y adiciones a diversas disposiciones del Código Penal para el Estado de Tlaxcala, y de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de la< entidad.
De igual forma, la disposición contempla la sanción a quienes propicien el exhibicionismo corporal, lascivo o sexual, consumo de drogas o enervantes, así como bebidas embriagantes, prácticas sexuales, formar parte de una asociación delictuosa o a cometer hechos que la ley señala como delitos.
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Asimismo, castigará a quien acepte que su menor hijo o persona que tenga bajo su guarda y custodia, sea utilizado para mendicidad o preste sus servicios en lugar nocivo para su salud o para su sana formación psicosocial.
Para imponer una pena la reforma también contempla la incitación o coacción para que participen en la comisión de delitos o en asociaciones delictuosas, en conflictos armados o en cualquier otra actividad que impida su desarrollo integral.