/ miércoles 11 de octubre de 2023

Plantea diputado encarcelar a conductores ebrios que provoquen accidentes

La propuesta del diputado Temoltzin Martínez es castigar a quienes ocasionen accidentes que lesionen o causen muerte de otros

Para disminuir los accidentes derivados de la ingesta de alcohol y otras sustancias, el diputado José Gilberto Temoltzin Martínez planteó la posibilidad de tipificar como delito y, por ende castigarlo con cárcel, el manejar en estado de ebriedad y ocasionar algún accidente donde cause lesiones o la muerte, pues al momento sólo está tipificado administrativamente.

 

 

En su iniciativa, el legislador de Partido Acción Nacional indicó que, al tipificar estas conductas como delitos, busca no solo imponer una sanción al infractor, sino que, reconociendo que en el ámbito penal la pena no se enfoca solo en castigar al sujeto activo para reinsertarlo en la sociedad, sino que busca, desde un ámbito futuro, la prevención de la reincidencia de estas conductas.

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Por lo anterior, propuso calificar las lesiones o el homicidio que se produzcan como resultado de los delitos descritos e imponer de dos a cuatro años y multa de 150 a 350 Unidades de Medida y Actualización (Umas) a quien por un siniestro de tránsito cause lesiones y huya para evadir su responsabilidad.

Además, la propuesta manifiesta que se le impondrán de seis meses a dos años de prisión y multa de 50 a 200 Umas, además de la suspensión de derechos para conducir vehículos por hasta un año, a quien, por conducir un vehículo de motor de manera temeraria e irresponsable cause daños a la salud o bienes de terceros.

Puntualiza que si quien comete este delito es conductor de transporte público, se le impondrá de uno a tres años de prisión, multa de 200 a 300 Umas, además de la suspensión de derechos para conducir vehículos por hasta dos años y la suspensión de la concesión de transporte público para el vehículo empleado.

Más información: ➡️ Plantea José Gilberto Temoltzin una mesa conjunta

Asimismo, menciona la imposición de seis meses a dos años de prisión, multa de 50 a 150 Umas y la suspensión de uno a dos años del derecho de conducir en vías públicas, a quien en estado de ebriedad, mayor al previsto en la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, o bajo el influjo de medicamentos, estupefacientes, psicotrópicos u otras substancias que produzcan efectos similares, conduzca un vehículo de motor.

 

 

También, contempla la sanción de seis meses a dos años de prisión y multa de 50 a 200 Umas y la suspensión de derechos para conducir vehículos por hasta un año, a quien, por conducir un vehículo de motor de manera temeraria e irresponsable, cause daños a la salud o bienes de terceros.

Asimismo, subraya que, en caso de reincidencia de alguno de los delitos, la inhabilitación para conducir podrá ser definitiva y el juez lo comunicará a las autoridades competentes.

Lee más: ➡️ Plantea Gilberto Temoltzin crear sistemas anticorrupción

“MONTACHOQUES”

Por otro lado, el legislador también contempla imponer de dos a seis años de prisión, multa de 400 a mil Umas a quien, de forma premeditada y dolosa, ocasione un siniestro vial, simulando ser víctima del hecho de tránsito generado, con la finalidad de obtener un lucro, aprovechando con alevosía y ventaja de las disposiciones reglamentarias de tránsito, entre otros factores haciendo uso de amenazas de intimidación o conductas violentas por sí o por terceros, que faciliten realizar la extorsión de forma directa o, en su caso, impidan que aquellas personas que cuenten con seguro vehicular puedan realizar el reporte o comunicarse con las autoridades.

De acuerdo con el Inegi, en 2022 en el estado el número de personas que perdieron la vida a causa de accidentes de tránsito fue de 91 y de 431 personas heridas.


 

 

Para disminuir los accidentes derivados de la ingesta de alcohol y otras sustancias, el diputado José Gilberto Temoltzin Martínez planteó la posibilidad de tipificar como delito y, por ende castigarlo con cárcel, el manejar en estado de ebriedad y ocasionar algún accidente donde cause lesiones o la muerte, pues al momento sólo está tipificado administrativamente.

 

 

En su iniciativa, el legislador de Partido Acción Nacional indicó que, al tipificar estas conductas como delitos, busca no solo imponer una sanción al infractor, sino que, reconociendo que en el ámbito penal la pena no se enfoca solo en castigar al sujeto activo para reinsertarlo en la sociedad, sino que busca, desde un ámbito futuro, la prevención de la reincidencia de estas conductas.

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Por lo anterior, propuso calificar las lesiones o el homicidio que se produzcan como resultado de los delitos descritos e imponer de dos a cuatro años y multa de 150 a 350 Unidades de Medida y Actualización (Umas) a quien por un siniestro de tránsito cause lesiones y huya para evadir su responsabilidad.

Además, la propuesta manifiesta que se le impondrán de seis meses a dos años de prisión y multa de 50 a 200 Umas, además de la suspensión de derechos para conducir vehículos por hasta un año, a quien, por conducir un vehículo de motor de manera temeraria e irresponsable cause daños a la salud o bienes de terceros.

Puntualiza que si quien comete este delito es conductor de transporte público, se le impondrá de uno a tres años de prisión, multa de 200 a 300 Umas, además de la suspensión de derechos para conducir vehículos por hasta dos años y la suspensión de la concesión de transporte público para el vehículo empleado.

Más información: ➡️ Plantea José Gilberto Temoltzin una mesa conjunta

Asimismo, menciona la imposición de seis meses a dos años de prisión, multa de 50 a 150 Umas y la suspensión de uno a dos años del derecho de conducir en vías públicas, a quien en estado de ebriedad, mayor al previsto en la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, o bajo el influjo de medicamentos, estupefacientes, psicotrópicos u otras substancias que produzcan efectos similares, conduzca un vehículo de motor.

 

 

También, contempla la sanción de seis meses a dos años de prisión y multa de 50 a 200 Umas y la suspensión de derechos para conducir vehículos por hasta un año, a quien, por conducir un vehículo de motor de manera temeraria e irresponsable, cause daños a la salud o bienes de terceros.

Asimismo, subraya que, en caso de reincidencia de alguno de los delitos, la inhabilitación para conducir podrá ser definitiva y el juez lo comunicará a las autoridades competentes.

Lee más: ➡️ Plantea Gilberto Temoltzin crear sistemas anticorrupción

“MONTACHOQUES”

Por otro lado, el legislador también contempla imponer de dos a seis años de prisión, multa de 400 a mil Umas a quien, de forma premeditada y dolosa, ocasione un siniestro vial, simulando ser víctima del hecho de tránsito generado, con la finalidad de obtener un lucro, aprovechando con alevosía y ventaja de las disposiciones reglamentarias de tránsito, entre otros factores haciendo uso de amenazas de intimidación o conductas violentas por sí o por terceros, que faciliten realizar la extorsión de forma directa o, en su caso, impidan que aquellas personas que cuenten con seguro vehicular puedan realizar el reporte o comunicarse con las autoridades.

De acuerdo con el Inegi, en 2022 en el estado el número de personas que perdieron la vida a causa de accidentes de tránsito fue de 91 y de 431 personas heridas.


 

 

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