/ viernes 11 de febrero de 2022

Plantea Gabriela Brito eliminar la figura de esponsales

Constituye una promesa de matrimonio realizada por dos personas con mayoría de edad

Con el objetivo de hacer eficiente la práctica del derecho civil en Tlaxcala, la diputada del Partido del Trabajo, Gabriela Brito Jiménez, propuso derogar del Código Civil para el Estado de Tlaxcala la figura de esponsales, que constituye una promesa de matrimonio realizada por dos personas con mayoría de edad.

Dicho planteamiento -señaló la legisladora- busca eliminar cualquier responsabilidad para quienes incumplan con una promesa de matrimonio, por lo que no puede estipularse pena alguna pues la ley no los obliga a contraer matrimonio, ni a ejecutar lo que se hubiese convenido entre las partes.

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La legisladora planteó derogar los artículos 39,40 y 41 del Código Civil para el Estado de Tlaxcala, para eliminar dicha figura al manifestar es obsoleta e inadecuada a la vida jurídica actual, pues desde el año 2013 fue eliminada del Código Civil Federal.

Refirió que debido a que la ley no obliga a los esponsales a contraer matrimonio, pese a que exista la promesa, por lo tanto no se produce ningún derecho u obligación, por lo que la figura se puede considerar ineficiente en la práctica del derecho civil.

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La propuesta fue turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales, Gobernación y Justicia y Asuntos Políticos, con lo que en caso de rehusarse a cumplir un compromiso de matrimonio, un juez ya no podría establecer el pago de gastos que la otra parte hubiere hecho con motivo del matrimonio proyectado.

Tampoco sería aplicable una indemnización a título de reparación moral, cuando por la duración del noviazgo, o la intimidad establecida entre los prometidos, pudiera causar un grave daño a la reputación de la persona con la que sostuviera una relación.

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Dicho planteamiento -señaló la legisladora- busca eliminar cualquier responsabilidad para quienes incumplan con una promesa de matrimonio, por lo que no puede estipularse pena alguna pues la ley no los obliga a contraer matrimonio, ni a ejecutar lo que se hubiese convenido entre las partes.

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Refirió que debido a que la ley no obliga a los esponsales a contraer matrimonio, pese a que exista la promesa, por lo tanto no se produce ningún derecho u obligación, por lo que la figura se puede considerar ineficiente en la práctica del derecho civil.

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