/ jueves 26 de abril de 2018

Fiscalistas aconsejan a contribuyentes revisar con lupa su información con el SAT

Patrones y personas físicas deberán cotejar datos en su declaración anual

Ante el reconocimiento de la autoridad de que existen “inconsistencias” en la información electrónica precargada para la presentación de la declaración anual, patrones y personas físicas (obligadas a cumplir con el trámite) deben cotejar los datos y hacerlo con la información que ellos dispongan, pues de lo contario podrían ser objeto de impuestos injustificados y hasta multas.

En este sentido, especialistas, como Rafael Lores, director general de CPA Visión, proveedora de soluciones tecnológicas para asuntos fiscales, advierte que este problema derivó del nuevo programa para facturación electrónica, en donde los proveedores del software tienen responsabilidad.

Ante la prórroga de 15 días que anunció el Servicio de Administración Tributaria (SAT) para cumplir con la declaración anual del ejercicio fiscal 2017, las personas obligadas en cumplir con el trámite (incluso aquellas que no, pero que desean devolución de impuestos), deberán aprovechar el tiempo para revisar la información y no dar “aceptar en automático” a la información precargada que se les ofrece, toda vez que se han detectado casos de duplicidad o carencia de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) en el sistema.

“Es importante que los contribuyentes se metan al portal del SAT y vean toda su integración de CFDI, tanto de los que emitió como de los que recibió por cuestiones de la nómina, entonces si tienen que hacer una labor de verificar; eso se lo estamos recomendando, de que no sólo lo dejen a terceros, sino que se meta, porque si debe de tener 24 recibos fiscales porque su nómina es quincenal, entonces esos 24 reportes deben estar ahí”, dijo el fundador de director general CPA Visión.

“Pero si no están -agregó el contador-, lo primero es notificarle a la empresa, porque el único que puede emitir un CDI de la nómina es la propia empresa, la persona física por sí sola no puede hacer otra cosa más que verificar y complementar su declaración, pero lo mejor es que vayan con la empresa y le notifiquen”.

Lo que sucede es que el SAT reconoció que ha identificado que información reportada por patrones presenta diversas inconsistencias, como captura errónea de conceptos como primas vacacionales, primas de antigüedad, ingresos por jubilación, separación e indemnización, diferencias entre lo reflejado en comprobantes y lo pagado, incongruencia entre los totales de los comprobantes y sus subtotales.

Por ello, dijo que desde julio del año pasado, trabaja junto con los patrones sobre estas inconsistencias, a fin de que los contribuyentes puedan declarar, lo que permitió que miles corrigieran a tiempo.

“Sin embargo, existen todavía patrones que inclusive en abril están ajustando los comprobantes de nómina que debieron corregir a más tardar en los primeros días de enero”, indicó el órgano recaudador de la Secretaría de Hacienda.

Por ello, el SAT determinó aplazar del 30 de abril al 15 de mayo la fecha límite para que las personas físicas obligadas (con ingresos superiores a 400 mil pesos o con percepciones de dos o más patrones de manera simultánea, por ejemplo), cumplan con la presentación de la declaración anual correspondiente al 2017.

Mario Morales, vicepresidente fiscal del Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP), recomendó a los contribuyentes aprovechar esos 15 días para revisar la información y notificar a su patrón las inconsistencias y no esperar al final del plazo para cumplir.

En este sentido, el especialista alertó que las consecuencias de no identificar los errores y avalarlos puede derivar desde requerimientos por parte de la autoridad hasta en la imposición de créditos fiscales (impuestos), al contribuyente como en multas.

“Hay que aprovechar el tiempo, recordemos que viene un puente (el 1 de mayo), y las empresas no trabajan”, apuntó el representante del IMCP.

Ante el reconocimiento de la autoridad de que existen “inconsistencias” en la información electrónica precargada para la presentación de la declaración anual, patrones y personas físicas (obligadas a cumplir con el trámite) deben cotejar los datos y hacerlo con la información que ellos dispongan, pues de lo contario podrían ser objeto de impuestos injustificados y hasta multas.

En este sentido, especialistas, como Rafael Lores, director general de CPA Visión, proveedora de soluciones tecnológicas para asuntos fiscales, advierte que este problema derivó del nuevo programa para facturación electrónica, en donde los proveedores del software tienen responsabilidad.

Ante la prórroga de 15 días que anunció el Servicio de Administración Tributaria (SAT) para cumplir con la declaración anual del ejercicio fiscal 2017, las personas obligadas en cumplir con el trámite (incluso aquellas que no, pero que desean devolución de impuestos), deberán aprovechar el tiempo para revisar la información y no dar “aceptar en automático” a la información precargada que se les ofrece, toda vez que se han detectado casos de duplicidad o carencia de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) en el sistema.

“Es importante que los contribuyentes se metan al portal del SAT y vean toda su integración de CFDI, tanto de los que emitió como de los que recibió por cuestiones de la nómina, entonces si tienen que hacer una labor de verificar; eso se lo estamos recomendando, de que no sólo lo dejen a terceros, sino que se meta, porque si debe de tener 24 recibos fiscales porque su nómina es quincenal, entonces esos 24 reportes deben estar ahí”, dijo el fundador de director general CPA Visión.

“Pero si no están -agregó el contador-, lo primero es notificarle a la empresa, porque el único que puede emitir un CDI de la nómina es la propia empresa, la persona física por sí sola no puede hacer otra cosa más que verificar y complementar su declaración, pero lo mejor es que vayan con la empresa y le notifiquen”.

Lo que sucede es que el SAT reconoció que ha identificado que información reportada por patrones presenta diversas inconsistencias, como captura errónea de conceptos como primas vacacionales, primas de antigüedad, ingresos por jubilación, separación e indemnización, diferencias entre lo reflejado en comprobantes y lo pagado, incongruencia entre los totales de los comprobantes y sus subtotales.

Por ello, dijo que desde julio del año pasado, trabaja junto con los patrones sobre estas inconsistencias, a fin de que los contribuyentes puedan declarar, lo que permitió que miles corrigieran a tiempo.

“Sin embargo, existen todavía patrones que inclusive en abril están ajustando los comprobantes de nómina que debieron corregir a más tardar en los primeros días de enero”, indicó el órgano recaudador de la Secretaría de Hacienda.

Por ello, el SAT determinó aplazar del 30 de abril al 15 de mayo la fecha límite para que las personas físicas obligadas (con ingresos superiores a 400 mil pesos o con percepciones de dos o más patrones de manera simultánea, por ejemplo), cumplan con la presentación de la declaración anual correspondiente al 2017.

Mario Morales, vicepresidente fiscal del Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP), recomendó a los contribuyentes aprovechar esos 15 días para revisar la información y notificar a su patrón las inconsistencias y no esperar al final del plazo para cumplir.

En este sentido, el especialista alertó que las consecuencias de no identificar los errores y avalarlos puede derivar desde requerimientos por parte de la autoridad hasta en la imposición de créditos fiscales (impuestos), al contribuyente como en multas.

“Hay que aprovechar el tiempo, recordemos que viene un puente (el 1 de mayo), y las empresas no trabajan”, apuntó el representante del IMCP.

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